DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD PERSONAL
Enviado por 07071985 • 23 de Abril de 2015 • 457 Palabras (2 Páginas) • 536 Visitas
DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD PERSONAL
ART. 136 AL QUE DOLOSAMENTE PRIVE DE LA VIDA A OTRO
ART. 136 SE LE IMPONDRA DE 10 A 30 AÑOS DE PRISION Y MULTA DE 100 A 300 DIAS .
ART. 302 COMETE EL DELITO DE HOMICIDIO , EL QUE PRIVA DE LA VIDA A OTRO
ART.307 AL RESPONSABLE DE CUALQUIER HOMICIDIO SIMPLE INTENCIONAL QUE NO TENGA PREVISTO UNA SANCION.
FEMINICIDIO
139 BIS- COMETE EL DELITO DE FEMINICIDIO QUIEN POR RAZONES DE GENERO PRIVE DE LA VIDA A UNA MUJER Y SE LE IMPONDRA SANCION DE 25 A 50 AÑOS DE PRISION Y DE 300 A 500 DIAS DE MULTA. SE ENTIENDE QUE EXISTEN RAZON DE GENERO CUANDO ESTEMOS EN PRESENCIA DE CUALQUIARA DE LAS SIGUIENTES SIRCUNSTANCIAS.
I.- LA VICTIMA PRESENTE SIGNOS DE VILENCIA SEXUAL DE CUALQUIER TIPO;
II.- A LA VICTIMA SE LE HAYAN INFLINJIDO LECIONES INFAMANTES, DEGRADANTES O MUTILACIONES, PREVIAMENTE A LA PRIVACION DE LA VIDA O SE REALICEN MARCAS INFAMANTES O DEGRADANTES SOBRE EL CADAVER O ESTÉ SEA MUTILADO;
III.- EXISTEN DATOS QUE ESTABLEZCAN QUE SE HAN COMETIDO AMENAZAS HOSTIGAMIENTO O APROVECHAMIENTO SEXUAL, VIOLENCIA O LESIONES DEL SUJETO ACTIOVO EN CONTRA DE LA VICTIMA;
IV.- EL CUEPO DE LA VICTIMA SEA EXPUESTO O ARROJADO EN UN LUGAR PUBLICO;
V.- LA VICTIMA HAYA SIDO INCOMUNICADA, CUALQUIERA QUE SEA EL TIEMPO PREVIO A SU FALLECIMIENTO;
VI.- HABIENDO EXISTIDO ENTRE EL ACTIVO Y LA VICTIMA ALGUNAS DE LAS SIGUIENTES RELACIONES: SENTIMANTAL, AFECTIVA, DE CONFIANZA, DE PARENTEZCO O DE HECHO: O
VII.- HABIENDO EXISTIDO ENTRE EL ACTIVO Y LA VICTIMA UNA RELACION LABORAL O DOCENTE QUE IMPLICA SUBORDINACION O SUPERIORIDAD.
EN CASO DE QUE NO SE ACREDITE EL FEMINICIDIO SE OBSERVARAN LAS DISPOSICIONES PREVISTAS PARA EL DELITO DE HOMICIDIO.
SECUESTRO
ART. 166 COMETER SECUESTRO EXPRES AL QUE PRIVE DE LA LIBERTAD A OTRO POR EL TIEMPO EXTRICTAMENTE INDISPENSABLE PARA COMETER LOS DELITOS DE ROBO O EXTORCION O PARA OBTENER ALGUN BENEFICICIO ECONOMICO.
ART.166._CUANDO LA PRIVACION ILEGAL DE LA LOBERTAD TENGA EL CARCTER DEL SECUESTRO ,SE APLICARA PRISION DE 10 A 40 AÑOS Y MULTA DE 200 A 500 DIAS .HABRA SECUESTRO SI EL HECHO SE REALIZA CON EL PROPOSITO DE :
I._OBTENER UN RESCATE;
II._QUE LA AUTORIDAD REALIZE O DEJE DE HACER UN ACTO DE CUALQUIER INDOLE;
III._CAUSAR DAÑO O PERJUCIO AL SECUESTRADO O A PERSONA DISTINTA RELACIONADA CON EL ;
IV._OBLIGATORIO HACER O DEJAR DE HACERUNA CTO DE CUALQUIER INDOLE O PARA QUE UN TERCERO LO HAGA O LO OMITA ; Y
V._COMETER SECIESTRO EXPRES, ENTENDIENDOSE POR ESTE ,EL QUE PRIVE DE LA LIBERTAD U OTRO PRO EL TIEMPO ESTRICTAMENTE INDISPENSABLE PARA COMETER LOS DELITOS DE ROBO O EXTORCION O PARA OBTENER ALGUN BENEFIO ECONOMICO. LO ANTERIOR , CON INDEPENDENCIA DE LAS DEMAS SANCIONES QUE CONFORMAN A ESTE CODIGO LE CORRESPONDAN POR OTROS DELITOS QUE DE SU CONDUCTA RESULTEN.
...