ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Trabaji Derecho


Enviado por   •  16 de Octubre de 2014  •  623 Palabras (3 Páginas)  •  293 Visitas

Página 1 de 3

UEVO CODIGO PROCESAL PENAL DECRETO LEGISLATIVO Nº 957

Promulgado : 22-07-2004 Publicado : 29-07-2004

Nota de Editor.- De conformidad con los Numerales 1 y 2 de la Primera Disposición Complementaria - Disposición Final del Decreto Legislativo N° 957, publicado el 29-07-2004, el presente Código Proceso Penal entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según un Calendario Oficial, aprobado por Decreto Supremo, dictado de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo que establecerá las normas complementarias y de implementación del Código Procesal Penal, precisándose además que, el día 1 de Julio de 2006 se pondrá en vigencia este Código en el Distrito Judicial designado por la Comisión Especial de Implementación creada por el Decreto Legislativo Nº 958, de conformidad con la modificación introducida por el Artículo 1 de la Ley N° 28671, publicada el 31 enero 2006. El Distrito Judicial de Lima será el Distrito Judicial que culminará la aplicación progresiva de este Código. De otro lado, no obstante lo dispuesto en el citado numeral 2, a los noventa días de la publicación de este código entrarán en vigencia en todo el país los artículos 205-210 (*). El día 1 de febrero de 2006, asimismo, entrarán en vigencia en todo el país los artículos 468 - 471, y el libro Libro Séptimo “La Cooperación Judicial Internacional” y las disposiciones modificatorias contenidas en este Código, excepto las contenidas en los numerales 5, 6 y 7 de la Segunda Disposición Modificatoria, que entrarán en vigencia el 1 de julio de 2006, según lo dispuesto el Numeral 4 de la Primera Disposición Complementaria - Disposición Final del mencionado Decreto Legislativo N° 957, modificado sucesivamente por el Artículo único de la Ley N° 28460, publicada el 11-01-2005, y el Artículo Primero de la Ley N° 28671, publicada el 31 enero 2006.

(*) De conformidad con el Artículo Único de la Ley N° 28366, publicada el 26-10-2004, se suspende hasta el 1 de enero de 2005, la entrada en vigencia de los artículos 205 al 210 del presente Código Procesal Penal.

(*) De conformidad con la Segunda Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 961, publicado el 11 enero 2006, en todo lo que no esté previsto en el Libro III Parte Procesal del Código de Justicia Militar Policial, los Jueces, Tribunales y Fiscales Militares Policiales, aplicarán las disposiciones del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957. El Código Procesal Penal se entenderá vigente sólo para los efectos supletorios previstos en el Artículo XIV del Título Preliminar, sin considerar el período del vacatio legis del referido cuerpo legal.

(*) De conformidad con la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 28950, publicada el 16 enero 2007, el artículo 341 del presente Código Procesal Penal entrará en vigencia desde el día siguiente de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com