Contabilidad Intermedia
Enviado por dennis007 • 10 de Junio de 2013 • 321 Palabras (2 Páginas) • 516 Visitas
Mi pequeño contribuyente
A partir de la vigencia de las reformas contenidas en el Decreto Número 04-2012 los pequeños contribuyentes inscritos en los anteriores regímenes, serán inscritos de oficio al NUEVO REGIMEN DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE, siempre que sus ingresos no hayan superado la suma de Q. 150,000.00 durante el año 2011.
Asimismo los contribuyentes que estén inscritos en el Régimen General del Impuesto al Valor Agregado, pero que sus ingresos no superen la suma de Q.150,000.00, podrán solicitar su inscripción en el Régimen de Pequeño Contribuyente, la SAT lo inscribirá y la notificará sus nuevas obligaciones.
Los contribuyentes inscritos en el Régimen único de Pequeños Contribuyentes del Impuesto al valor Agregado, en tanto gestionen la autorización de facturas de pequeño contribuyente, podrán seguir emitiendo las facturas que les fueron autorizadas por la Administración Tributaria durante el plazo de (3) meses a partir de la vigencia del presente decreto, siempre que se consignen en forma visible, en las mismas la siguiente leyenda: “Factura de Pequeño Contribuyente, no genera derecho a crédito fiscal” agotados estos tres (3) meses, estas facturas dejaran de tener validez para efectos tributarios.
Los agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado, autorizados por la SAT actuarán como agentes de retención del IVA de pequeños contribuyentes cuando acrediten en cuanta o pongan a disposición ingresos a los contribuyentes calificados en ese régimen. La retención será un pago definitivo y se calculará aplicando al total de los ingresos consignados en la factura del Pequeño Contribuyente, la tarifa del 5%, debiendo entregar la constancia respectiva.
De no efectuarse la Retención el Pequeño Contribuyente debe pagar el impuesto dentro del mes calendario siguiente al vencimiento de cada periodo mensual, a través de una declaración jurada simplificada. Esta declaración la debe presentar realice o no actividades afectas o aunque le hayan retenido la totalidad del impuesto.
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