DERECHO CIENCIA O ARTE
Enviado por Abiudcita • 9 de Marzo de 2014 • 759 Palabras (4 Páginas) • 663 Visitas
EL DERECHO: ¿ARTE O CIENCIA?
¿Es el Derecho un arte o una ciencia? Desde que Mario Bunge[1] estableció conceptualmente la diferencia entre ciencias formales y ciencias fácticas, quedó cuando menos afianzado en perspectiva que las ciencias formales demuestran o prueban, en tanto que las ciencias fácticas verifican, confirmando o no, hipótesis que en la mayoría de casos son provisionales. La lógica y la matemática, como ciencias formales, no se ocupan de los hechos sino tratan de entes ideales. Sus objetos son formas. Son, por tanto, ciencias deductivas; las ciencias fácticas, a su turno, se refieren a recursos y procesos. El conocimiento fáctico, de esta forma, es esencialmente probable.
A tenor de lo expuesto, podemos esbozar que el Derecho es esencialmente una ciencia fáctica. Su campo de acción está constituido por la interacción de diversas instituciones jurídicas, representadas por las relaciones entre seres humanos. El Derecho regula declarando intereses, unas veces, y otras, imponiendo conductas en forma restitutoria o resarcitoria. Es este último segmento el que nos interesa en razón de que es a través de las decisiones judiciales que se expresa la fuerza coercitiva del Derecho, en la medida que, muchas veces, impone conductas a las partes involucradas en un conflicto de intereses.
Ahora bien, producida una disyuntiva social que conduce a una controversia, ¿Cuál es la respuesta del Estado frente a la misma? Fundamentalmente, el poder público ejerce la coertio, entendida como una imposición de fuerza para que una decisión jurisdiccional firme se materialice y ejecute en sus propios términos.
Sin embargo, retrocedamos en forma puntual al escenario en el cual se suscita la incertidumbre jurídica. Las partes usualmente recurrirán a que un decisor racional- el juez- fije la solución de la controversia. Optarán, de ser el caso y alternativamente, por la conciliación, el arbitraje u otro medio alternativo de resolución de conflictos. Mas, si acuden a la vía judicial, el juez tendrá que emitir una decisión que ponga término a la diferencia producida.
Sin perjuicio de ello, ¿cómo se produce esa decisión judicial? La determinación de la misma es un camino muy complejo, que sigue varias etapas desde la óptica de la Teoría General del Derecho, la Filosofía del Derecho, pasando a anclar en la disciplina del razonamiento jurídico. Inicialmente, el juez determinará un esquema lógico para resolver su caso, luego optará por escoger los argumentos que servirán de base a la solución del problema y en este tramo, se produce ya una íntima interrelación con la actividad interpretativa. Determinadas estas actividades, el juzgador cumplirá su obligación de motivar a fin de que la comunicación de la decisión sea clara, sencilla y no contradictoria.
Ubiquémonos en la etapa interpretativa.
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