De filosofa del derecho
Enviado por JISSELA • 4 de Diciembre de 2012 • Ensayo • 2.082 Palabras (9 Páginas) • 333 Visitas
TRABAJO DE FILOSOFA DEL DERECHO
NOMBRE: JISSELA FLORES
NIVEL: 7MO/NOCTURNO.
LAS NORMAS
Se las pueden definir como patrones de comportamiento, podemos hablar de normas universales, generales o personales las cuales son en función de diferentes circunstancias.
Las normas en función del ámbito en el que tienen vigencia o han merecido un reconocimiento son:
• Normas universales.
• Normas regionales
• Normas nacionales
• Normas internacionales
Desde los primeros tiempos de la humanidad debió haberse manifestado, al tiempo de evaluar los resultados de su aplicación las divide en:
• Eficaces e Ineficaces
• Adecuadas e Inadecuadas
• Oportunas e inoportunas
Según el factor tiempo se dividen en:
• Vigentes o derogadas.
• Extintivas
• Nuevas o viejas
• Caducas o en desuso
• Tempranas o tardías.
En lo referente a los valores:
Justas o Injustas
Útiles o inútiles
Equitativas o discriminatorias
Según el tipo de expresión:
Escritas
Consuetudinarias: orales o verbales
Legales: nacen de la ley
Consuetudinarias: de la costumbre.
Jurisprudenciales: de la práctica judicial.
Autónomas: desde la conciencia de un propio individuo.
Heterónomas: Moral.
Según la disposición:
Positivas
Prohibitivas
Permisivas: a la voluntad
GRUPOS PRINCIPALES DE NORMAS
Reglas definitorias (o determinativas)
. El paradigma de las mismas lo constituyen las reglas de un juego, las que poseen las siguientes características: (a)determinan los movimientos del juego y, de esta manera, también el juego mismo la actividad de jugarlo; (b) desde el punto de vista del juego determinan los movimientos correctos y desde el punto de vista de la actividad las jugadas permitidas; (c) determinan que los movimientos incorrectos están prohibidos y que el único movimiento posible en una situación del juego constituye una movida obligatoria. Se pueden asimilar a este tipo las reglas de la gramática. Son ejemplos de este tipo de reglas las siguientes: “Todas las palabras agudas terminadas en n, so vocal llevan tilde” y “Se entenderá por estupefaciente toda sustancia capaz de producir reacciones psicoactivas”.
Prescripciones.
Las leyes del estado son los ejemplos más claros de este tipo de normas, que se caracterizan por lo siguiente: (a) son dadas o dictadas por alguien, tienen su origen en la voluntad de una autoridad normativa; (b) son destinadas o dirigidas a algún agente, sujeto normativo; (c) manifiestan la voluntad de la autoridad normativa dirigida a que el sujeto normativo se comporte de una manera determinada; (d) para dar a conocer su voluntad la autoridad normativa promulga la norma; (e) para dar efectividad a su voluntad la autoridad añade una sanción, o amenaza, o castigo a la norma, para que le sea aplicado al sujeto normativo en caso de desobediencia. "En términos generales, las prescripciones son órdenes o permisos dados por alguien desde una posición de autoridad alguien en una posición de sujeto" (von Wright 1979: 27). Son ejemplos de las mismas las órdenes militares, los permisos dados por los padres a sus hijos, las reglas de tránsito, etc. Por ejemplo, si un padre le dice a su hija: “Margarita, no puedes salir esta noche a bailar, si lo haces suspenderé tu viaje al Canadá”, ha emitido una prescripción.
Directrices (o reglas técnicas)
Guardan relación con los medios a emplear para alcanzar determinado fin. Su formulación típica es la de una oración condicional en cuyo antecedente se hace mención de alguna cosa que se desea y en cuyo consecuente se hace mención a lo que hay (o no) que hacer para alcanzarla. Por ejemplo: “Si desea encender la lavadora, presione la tecla de color rojo”
GRUPOS MENORES DE NORMAS
Costumbres
Son especies de hábitos, es decir regularidades en la conducta, de carácter social. A pesar de mostrar cierta semejanza con las regularidades de la naturaleza, la diferencia sustancial radica en la presión normativa que ejercen las costumbres sobre los miembros del grupo, quienes a su vez pueden desobedecer sus dictados. Si lo dicho pareciera acercarlas a las prescripciones, las siguientes diferencias mostraran porque constituyen una categoría separada: (a) las costumbres no necesitan promulgación por medio de símbolos, pueden ser consideradas prescripciones implícitas; (b) determinan las formas de vida características de cierta comunidad, lo que parece asemejarlas a las reglas definitorias o determinativas.
Principios morales.
Muchos filósofos las consideran especies de prescripciones, otros como reglas técnicas sobre cómo conseguir fines de naturaleza peculiar. Hay quienes las consideran normas autónomas, de carácter sui-generis. Von Wright, en cambio, sostiene que el desafío es examinar las complejas afinidades que guardan con los otros tipos de normas. Así no se pueden negar las relaciones que guardan con las prescripciones y las normas técnicas, relacionadas a su vez con las costumbres y las reglas ideales respectivamente.
Reglas ideales.
Establecen patrones de bondad, es decir de aquellas características que deben estar presentes en los miembros de una clase para ser considerados buenos. Por ejemplo, las propiedades de un buen artesano, un buen automovilista, etc. Guardan cierta semejanza con las normas técnicas y las reglas, pero mantienen una posición intermedia entre las mismas
SISTEMAS LEGISLADOS
CLASES DE SISTEMAS JURÍDICOS Y SU IMPORTANCIA
SISTEMAS JURIDICOS
Llamados también familias u ordenamiento jurídico, son el conjunto de normas de carácter obligatorio que rigen la organización de un Estado, actualmente se conocen muchos sistemas jurídicos, los más conocidos son el Sistema Anglosajón y el Sistema Romano-Germano.
Sistema Anglosajón
Este sistema se basa en la jurisprudencia, es decir en el conjunto de fallos emitidos por los tribunales. El Sistema Anglosajón tiene su origen en el derecho Ingles.
Sistema Romano-Germano
Este sistema también es conocido con el nombre de Sistema Continental. Este sistema se basa en la ley y tiene su origen en los países de la Europa occidental que conformaron parte del Imperio Romano.
IMPORTANCIA
EL COMMON LAW
TRASFONDO FILOSÓFICO DE AMBOS SISTEMAS JURÍDICOS.
SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE LOS DOS SISTEMAS JURÍDICOS
La
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