Derecho Exanii
Enviado por edubenav • 26 de Abril de 2014 • 11.027 Palabras (45 Páginas) • 298 Visitas
Fundamentos del Derecho, Ramas del Derecho y Aspectos socio-políticos-económicos del Estado.
Universidad Autónoma de Quintana Roo, Plantel Playa del Carmen
Por: Eduardo Benavidez Bolaños
Fundamentos del Derecho
Tipos de normas: Social, Religiosa, Moral y Jurídica.
Toda nuestra convivencia social se sustenta en normas. Las relaciones que se establecen entre personas son reguladas por distintas normas. Ellas definen y determinan los derechos, deberes y permiten al individuo saber cómo actuar correctamente.
Podríamos definir el concepto de norma como toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social a la cual se pertenece.
En nuestra vida cotidiana nos encontramos con diversas situaciones que nos contactan con el Derecho, simples acciones como subirse a un micro generan consecuencias jurídicas como la obligación de pagar el pasaje y el derecho a que el micro haga su recorrido.
El Derecho surge como una manifestación de la necesidad de establecer normas que nos permitan convivir en forma organizada y pacífica, evitando que las personas resuelvan los conflictos por sus propios medios.
Normas de trato social
Son prescripciones de conducta de carácter general aprobadas por el grupo social mediante usos y costumbres. De su mismo concepto se desprende que ellas evidencien un respeto por la tradición. Están constituidas por las normas de urbanidad, de cortesía, de etiqueta, por tradiciones folclóricas.
Características de las normas de trato social
• Son propias de la vida social.
• Son normas externas; lo que importa en su cumplimiento es el acto exterior, careciendo de relevancia el móvil de sujeto.
• Son sociónomas, es decir, creadas por la misma sociedad.
• Son unilaterales: regulan una conducta frente a otro, pero éste no tiene facultad para exigir el cumplimiento de esa conducta. O sea, establecen solo deberes.
• La sanción por el incumplimiento es la reprobación social, la cual es ejercida por el grupo (en algunos casos fuerte sanción psicológica de repudio o rechazo al sujeto infracción).
• La sanción por su incumplimiento se dirige al infractor, no persigue la ejecución de la obligación impuesta por la norma.
• Son relativas y cambiantes. No tienen el mismo valor para todos los tiempos y lugares
Normas religiosas
La norma religiosa es aquella prescripción de conducta humana cuya finalidad última es posibilitar la santidad del hombre. En otras palabras ella plantea las exigencias que el hombre ha de cumplir para agradar a Dios (hacer su voluntad) así alcanzar la eterna bienaventuranza
Características
• La finalidad de la norma religiosa es la santidad, lo que persigue el sujeto es acercarse a Dios, logrando así la vida eterna.
• El origen de la norma religiosa es la razón de Dios que las impone al hombre, tiene un carácter heterónomo, en lo que ha su origen se refiere, estas tienen que ser conocidas, reconocida he internalizadas. Las normas religiosas tienen un carácter unilateral puesto que imponen deberes pero no facultan el cumplimiento de estos.
• Las normas religiosas presentan un carácter marcadamente interno, puesto que a la religión lo que le interesa es la intención con la cual el sujeto ejecuta el acto. No basta, pues, para que se alcance la santidad que se cumpla exteriormente con ciertas ritualidades o practicas si no que es indispensable que el individuo las acepte en conciencia.
• Las normas religiosas son incoercibles, esto es, no admiten legítimamente le aplicación de la fuerza física en caso de incumplimiento. En efecto para que el acto tenga valor religioso debe ser realizado libremente por el sujeto.
• El tipo de sanción es interno y sobrenatural: el dolor o aflicción por haber ofendido a Dios y, en último término, como se digo, la pérdida de la posibilidad de alcanzar la santidad, esto es, la condenación eterna. La sanción es aplicada también, en la definitiva por Dios.
Es importante hacer una referencia al derecho canónico, este consiste en el derecho corporativo que regula la estructura temporal de la Iglesia Católica. Sus preceptos se preocupan de fijar la jerarquía de la iglesia, su organización interna, la relación de ésta con los fieles y ellos entre sí. Las normas que integran el Derecho Canónico tienen más bien un carácter jurídico - eclesiástico religioso.
Normas morales
-La Moral.
La moral es una noción analógica, es posible referirla a distintas realidades: la ley, las costumbres, las personas, los actos humanos.
En sentido estricto sólo la conducta puede ser calificada de moralmente buena o mala.
Desde este punto de vista normativo se puede definir la Moral como un sistema de normas cuya finalidad es lograr la bondad del sujeto.
• Origen o fundamento del orden moral.
Es que en definitiva, la moral no tiene fundamento subjetivo, ni tampoco social sino metafísico. Fue Aristóteles quien precisó que lo que especifica un
Acto es su fin propio (haber ingerido líquido; comer, dibujar, trazar rasgos simbólicos). El acto es moralmente bueno si su fin lo es y éste puede ser calificado de tal si se conforma a la naturaleza de las cosas.-
Para la concepción aristotélica la naturaleza del hombre consiste en ser un “animal racional”.-
• Conocimiento de la moral.
El conocimiento de las normas morales, según Aristóteles y Santo Tomás siguen el orden del conocimiento de las inclinaciones o tendencias naturales del hombre, de la tendencia social innata en el hombre se colige que el engaño, fraude o mentira es inmoral porque impide la vida social.
Para Kant, tal conocimiento se confunde con el de la buena intención de la voluntad.-
Para el empirismo lógico, finalmente, el problema carece de relevancia siendo la ética irracional.-
• Los actos humanos y su calificación moral.
Este punto guarda también estricta relación con los anteriores. ¿A qué se debe atender para calificar un acto de moral o inmoral, o, de bueno o malo?-
A continuación se sintetiza el pensamiento aristotélico, tomista en los siguientes principios:
1.- Un acto indiferente en abstracto (caminar) será moralmente bueno o malo según con la finalidad que lo realice el sujeto. La que podrá verse modificada según las circunstancias.
2.- Un acto bueno se puede perjudicar por la mala intención del sujeto.
3.- Un acto malo por su objeto no se puede transformar en bueno por la buena intención con que el sujeto lo realiza.
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