Federalismo
Enviado por zuryblanca • 9 de Septiembre de 2014 • 3.917 Palabras (16 Páginas) • 227 Visitas
) Federalismo.- Etimológicamente el origen del vocablo proviene del latín foedus que significa unión, alianza, pacto, acuerdo. En este sentido, se hace referencia a una forma de estructuración y organización de asociaciones humanas; de tal manera que en la cienciapolítica se le da el significado de: unión de diferentes conjuntos políticos que a pesar de su asociación, conservan su carácter individual. Por ello, es conveniente citar algunas de las reflexiones de los principales teóricos y estudiosos sobre el tema, quienes han dedicado buena parte de sus estudios para tratar de definir en forma clara y concreta el término federalismo.
Federalismo en la Constitución de 1857.
Con antelación al Constituyente de 57 y producto de la permanente inestabilidad interna, el "Plan de la Ciudadela", cuyo fin principal era derribar a Paredes Arrillaga, señala la forma de constituir un nuevo Congreso, compuesto por representantes nombrados según la Constitución de 1824 y el 22 de agosto se expide un Decreto prescribiendo: "....mientras se pública la nueva Constitución regirá la de 1824..." por lo cual al suprimir los departamentos y trocarlos en estados, se vuelve al federalismo.
No obstante la situación imperante, el Congreso bajo la dirección de M. C. Rejón, continuó sus trabajos apoyado por Lafragua, Comonfort, G. Farías y otros, logrando que el 21 de mayo fuera jurada el Acta de Reformas que restablecía la Constitución de 24.
La infausta, y de triste memoria, gestión de Santa Ana, la última afortunadamente, provoca la llamada "Revolución de Ayutla"; don Juan Alvarez proclama el Plan del mismo nombre el 1o. de marzo de 1854, proponiéndose fundamentalmente la defenestración de Santa Ana, la definición de soberanía y el federalismo, preludio indubitable de su implantación definitiva en la Constitución de 1857.
Alvarez convocó al nuevo Congreso Constituyente, antes de declinar a favor de Comonfort, el 22 de octubre de 1855, mismo que inauguró este último el 18 de febrero de 1856, quedando dicho Congreso bajo la presidencia de Ponciano Arriaga.
Se crea la Comisión de Constitución a efecto de elaborar el nuevo proyecto, sobresaliendo Ponciano Arriaga, Yáñez, Olvera, Romero Díaz, León Guzmán, Escudero Echánove, Ocampo y Marcelino Carrillo.
Del mismo modo que en años y luchas anteriores, destacan del ala progresista Ocampo, I. Ramírez, G. Farías, Prieto y Zarco. De la contraparte, con tendencias conservadoras Mariano Arizcorreta y Romero Díaz.
Al parecer la idea federalista había mejorado en su aceptación, pues las discusiones se centraron más en las cuestiones religiosas y una prueba de ello es que al tratar sobre el sistema federal como forma de gobierno, su aprobación se logró por casi la totalidad de los congresistas. Es conveniente recordar que el antecedente inmediato era una lucha abierta por retornar a la vigencia de la Constitución de 24, además en las reformas previas ya el pronunciamiento era muy claro a favor del federalismo habiendo sido jurada el Acta de Reformas que restablecía la Constitución de 24, suprimía los departamentos y creaba nuevamente los estados.
Queda establecida en la Constitución de 57 la división del gobierno en 3 poderes, siguiendo la tesis de Montesquieu, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial y por razones históricas muy conocidas, como fueron la aristocratización del Senado, amén de componerse de militares y obispos, fue suprimida dicha Institución de la nueva Carta Magna, restableciéndose en 1875.
Finalmente el Art. 40, de la Constitución de 1857 quedó en los términos siguientes: "Es voluntad del Pueblo Mexicano constituirse en una República representativa, democrática y federal.....".
Federalismo en la Constitución de 1917.
Al hurgar en el "Diario de los Debates del Congreso Constituyente", encontramos el dictamen que la Comisión presentó respecto del régimen federal, consignado en su artículo 40, que es el mismo texto, y en el mismo numeral, que la Constitución del 57. Ya con antelación se señala que en la medida en que fue tomando arraigo en la conciencia de los constituyentes el federalismo, los debates fueron disminuyendo, pues si en el Constituyente de 57 más se discutió sobre religión y soberanía, en el 17 los temas sociales fueron más socorridos, como el derecho del trabajo, la tenencia de la tierra y la educación. Sólo se registra en el Diario citado, cuando el dictamen es sometido a discusión, la petición del diputado López Lira, de que se incluya en el repetido Art. 40, lo relativo al Municipio Libre, a lo que la Comisión da respuesta diciendo que lo que se propone ya está considerado en el Art. 115 de la propia Constitución.
Por las razones expresadas y por su trascendencia, estimamos conveniente transcribir textualmente el dictamen de la Comisión integrada por Paulino Machorro Narváez, Heriberto Jara, Agustín Garza González, Arturo Méndez e Hilario Medina:
Los elementos básicos del federalismo
En primer término, el federalismo puede definirse como una forma de organizar el poder político y de estructurar al Estado, distinguible de otras formas como es el modelo del Estado unitario. precisamente, el contraste entre uno y otro modelo nos permitirá elaborar un primer marco para definir a los sistemas federales. Planteado en términos generales, mientras el federalismo contiene en su organización política y administrativa por lo menos dos niveles u órdenes de gobierno, cada cual con una distribuci6n determinada de atribuciones y de responsabilidades públicas, además de una independencia política recíproca, el Estado unitario condensa el poder político en una sola organizaci6n institucional. La diferencia esencial entre ambos modelos es, entonces, la estructura dual del federalismo, en donde cada una de las partes conserva una capacidad propia de reproducción política (independencia) y atribuciones que tienen una delimitación territorial. La forma común de este formato dual es la presencia de un gobierno general (denominado nacional o federal) y, por otro lado, determinado número de gobiernos de unidades subnacionales (usualmente estados o repúblicas, además de los Länders en Alemania o los cantones suizos), cada uno con determinadas capacidades políticas que en todo momento evitan vínculos de subordinación o de dominación recíprocos.
El federalismo se define así por una estructura dual de organización del poder de un Estado, en donde lo fundamental es la naturaleza política de las relaciones que se establecen entre cada una de las partes (niveles u órdenes de gobierno), caracterizadas por su independencia, no subordinaci6n o, dicho en los términos jurídicos más usados, por la permanencia de su soberanía. Su esencia es la estructura institucional
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