Filosofia del derecho edad media
Enviado por Magaly Hoyos • 11 de Marzo de 2018 • Ensayo • 2.750 Palabras (11 Páginas) • 216 Visitas
PERIODOS Y CORRIENTES DE LA FILOSOFIA DEL DERECHO
EDAD MEDIA
[pic 1]
MAGALY HOYOS DAZA
UNIVERSIDAD DEL CAUCA
FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES
PROGRAMA DE DERECHO
POPAYÁN
2016
PERIODOS Y CORRIENTES DE LA FILOSOFIA DEL DERECHO
EDAD MEDIA
[pic 2]
MAGALY HOYOS DAZA
CUARTO A
Profesor
Arístides Obando Cabezas
UNIVERSIDAD DEL CAUCA
FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES
PROGRAMA DE DERECHO
FILOSOFIA DEL DERECHO
POPAYÁN, 24 DE MARZO
2016
APORTES SOBRE FILOSOFÍA DEL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
En la última etapa de la Edad Antigua predominaron diferentes doctrinas que intentaron encontrar respuesta en el plano del misticismo, y que se caracterizaron por su búsqueda de la trascendencia y el interés por lo espiritual y lo divino, especialmente la salvación; todas estas, expresiones de la necesidad del hombre de encontrarse con Dios, de espiritualizarse y trascender. A esta necesidad llegó como respuesta el mensaje cristiano, que representó un llamado a la transformación de los valores y un profundo cambio en el modo de pensar, que invitaba a las personas a santificarse y restar importancia a las demás cosas del mundo terrenal.
Con el objetivo de hacer un breve recuento cronológico de los aportes referentes a la filosofía del derecho en la Edad Media, he tomado como base el primer tomo del profesor Guido Fassò, titulado Historia de la Filosofía del Derecho[1], el cual abarca las diferentes contribuciones acerca de la filosofía del derecho en la Antigüedad y la Edad Media.
En los orígenes del cristianismo, el viejo legalismo de la sociedad hebrea, máxima expresión de su religiosidad y moralidad es criticado por representar un obstáculo para la realización de la verdadera voluntad de Dios; desde aquí es posible observar el lugar que tiene el Derecho en el cristianismo evangélico, pues como se menciona en el evangelio Jesús (figura principal del cristianismo) anunció que el no habría venido a abolir la ley[2], sino a completarla, a hacerla realidad y ponerla en práctica; sin embargo, es posible observar como la idea de Derecho continúa siendo extraña lo que plantea el evangelio, pues este último hace referencia a un mundo místico, espiritual, donde no se requiere de ningún tipo de normas para la coexistencia, ni tampoco de instituciones jurídicas. El concepto de la realidad metafísica trasciende toda representación social terrena, y por tanto también prescinde de lo jurídico. Solamente más tarde se tendrá en cuenta la necesidad de adoptar una estructura jurídica en respuesta al desarrollo de la sociedad histórica del cristianismo, a lo que se le denomina la “juridificación de cristianismo”[3].
La diferencia entre la vida de los primeros cristianos y la sociedad de su tiempo, acentuó las diferencias entre el Derecho y el cristianismo, que en un principio surgió como una incompatibilidad de tipo moral y posteriormente llegaría una cuestión política, a tal punto que los cristianos (que se consideraban ciudadanos, pero únicamente del reino de los cielos) fueron perseguidos por el Estado romano por no obedecer sus leyes, situación que aumentó el rechazo por parte de los cristianos hacia el Estado y el Derecho. Sin embargo, más adelante con la formación y expansión de la sociedad cristiana, surge la Iglesia como institución, la cual, finalmente acabaría por establecer Derecho (reglas de vida y coexistencia entre los propios miembros, jerarquía, órganos legislativos y administrativos, sanciones)[4] el cual, dadas sus características similares (como Derecho y como institución) acaba finalmente por encontrarse con el Derecho imperial. Este proceso de juridificación de la Iglesia y la sociedad cristiana[5] implicó grandes beneficios para la historia y la sociedad, pues difundió grandes principios entre las personas, sin embargo, al tiempo generaría el desplazamiento de la religiosidad difundida por el cristianismo evangélico, lo generó el rechazo por parte de la Iglesia de algunas manifestaciones, consideradas por ellos como heréticas.
La patrística[6]: a la par con la conformación y progreso de la sociedad cristiana surgió una doctrina cristiana que aun en el marco de una doctrina teológica, encuentra relación con el Derecho. Bajo esta elaboración doctrinal fueron cobrando importancia los argumentos filosóficos, hasta el punto que ya no se pudo prescindir de ellos, dando como resultado la filosofía cristiana. La patrística se ocupó principalmente de la defensa del cristianismo frente a las religiones paganas y de hacerle frente a las interpretaciones heterodoxas que luego darían lugar a las herejías.
Los padres anteriores a San Agustín (a excepción de San Ambrosio) no parecieron darse cuenta de la problemática que representaba la existencia de una ley natural y no repararon en considerar una ley como buena por ser querida por Dios, o pensarla querida por Dios por ser buena por sí misma. Se encontrarían con el dilema planteado por Platón en uno de sus primeros diálogos, el cual había dejado sin resolver, este es: “¿el bien es tal por ser querido por la divinidad o es querido por la divinidad por ser bueno?”[7]. San Agustín descubre el gran problema que se presenta al considerar que los hombres ya poseían una guía para obrar bien y lograr la salvación, lo que puede llegar a poner en duda la redención y por lo tanto la venida de Cristo.
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