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JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE CAMPECHE


Enviado por   •  19 de Mayo de 2017  •  Examen  •  925 Palabras (4 Páginas)  •  299 Visitas

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JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE CAMPECHE

P R E S E N T E

C. JOSÉ ANGEL PÉREZ PEREZ, mexicano por nacimiento y ascendencia, mayor de edad legal, sabiendo leer y escribir; con domicilio particular en Calle Dolores, entre 19 y 21, Colonia Revolución, Campeche, Campeche, México, C. P. 24080, ante usted, comparezco y expongo:

Por mi propio y personal derecho concurro mediante el presente documento, con copias simples de ley a promover una demanda formal en contra de la persona EMPACADORA DE FRUTAS Y VERDURAS “FRUTILLA” S. A. DE C. V. Y DE LA PERSONA FÍSICA C. C. MIGUEL MARTÍNEZ GONZALEZ en su carácter de patrón y/o QUIENES RESULTEN RESPONSABLES Y PROPIETARIOS DE LAS FUENTES DEL EMPLEO, ubicado en Calle 25 número 234 entre 50 y 52 Campeche, Campeche, domicilio donde puede ser notificado y donde personalmente presenté mis servicios personales subordinados, por motivo de falta de período anual de vacaciones, el reparto de utilidades y aguinaldo correspondientes a 20 años de servicio subordinado; de acuerdo con los artículos  76, 117 y 87 de la Ley Federal de Trabajo, respectivamente.

PRESTACIONES

Se demanda la falta del período anual de vacaciones consistente en cuarenta días de vacaciones pagadas, seis días laborales por cada año de servicios prestados, con fundamento en los artículos 76 y 78 de la Ley Federal de Trabajo, en virtud de que el citado patrón no cumplió con brindar la prestación de ley.

Se demanda el porcentaje correspondiente al 7.5% fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas con fundamento en el artículo 117 de la Ley Federal de Trabajo.

Se demanda el pago del aguinaldo correspondiente a 300 días de salario, es decir, 90,000 pesos mexicanos por 20 años de servicio, sin que en algún momento se haya hecho el pago del mismo.

Se demanda el pago de días de descanso obligatorio como son: 1° de Enero, 5 de Febrero, 21 de Marzo, 1° de Mayo, 16 de Septiembre, 20 de Noviembre, 1° de Diciembre, 25 de Diciembre, contados desde el 1° de Enero de 1997, anualidad en que dio inicio mi relación de trabajo, hasta mi despido el 23 de Enero de 2017 y demás que la Ley Federal de Trabajo ha estipulado, mismos que laboré y no me fueron pagados de manera sencilla ni de forma triple como señala la norma laboral.

HECHOS

PRIMERO.- Con fecha del 1° de Enero de 1997 ingresé a prestar mis servicios personales subordinados a favor de la empresa denominada  EMPACADORA DE FRUTAS Y VERDURAS “FRUTILLA” S. A. DE C. V. Y DEL C. C. MIGUEL MARTÍNEZ GONZALEZ, contratándome para que les prestara mis servicios personales y desempeñara el puesto de chofer de un transporte tipo camión, estableciéndome una serie de obligaciones y funciones que consistían en salir de la empresa para trasladar frutas y verduras hasta la Ciudad de Monterrey, siendo originarios de la Ciudad de Campeche, para descargar el producto en una empresa ventera de los mismos, así como revisar todo el producto que entrara, lavarlos, acomodarlos en contenedores, pesarlos, empacarlos y almacenarlos para después subirlos al camión que transportaría el producto a otra entidad. Realizando cualquier otra tarea afín que me fuere asignada, ejecutando esas actividades en el interior del centro de trabajo, conforme lo requerían el patrón y la empresa, para lo cual firmé un contrato de trabajo estableciendo dichas condiciones.

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