LAS CONFERENCIAS DE FLETES
Enviado por Mc Dinero • 14 de Junio de 2018 • Trabajo • 4.174 Palabras (17 Páginas) • 242 Visitas
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GRUPO 3
INTRODUCCIÓN[pic 13]
En este trabajo acerca de las conferencias de fletes está basado acerca de la historia y ventajas e inconvenientes que muchas veces se presentan en las conferencias de fletes también en las diferentes clases de conferencia que son abiertas y cerradas, y mencionando las competencias que tienen estas conferencias de fletes y como se maneja estructura organizativa de acuerdo a conferencia en sí tomando en cuenta los estatutos de dichas conferencias
LAS CONFERENCIAS DE FLETES[pic 14][pic 15]
DEFINICIÓN
El Código UNCTAD las define como "un grupo constituido por dos o más empresas porteadoras navieras que prestan servicios regulares de transporte internacional de carga en una ruta particular o unas rutas particulares dentro de determinados límites geográficos y que han concertado un acuerdo o arreglo
,cualquiera que sea su naturaleza, dentro de cuyo marco actúan ateniéndose a unos fletes uniformes o comunes y a cualquiera otras condiciones convenidas en lo que respecta a la prestación de los servicios regulares" Una definición muy similar, incluyendo navegaciones de cabotaje, exterior y extra nacional, se da en España en la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
El término omnímodo maritime conference o conference incluye también en la terminología inglesa una variada gama de denominaciones (rate agreement, freight agreement, freight association), cuya utilización depende del tipo de los acuerdos e incluso de la preferencia de quienes los establecen. Así, pues, los acuerdos de conferencia pueden incluir desde consultas periódicas entre líneas (la mayoría de las veces para regular algunos niveles de fletes o áreas de servicios), sin la existencia de ningún secretariado permanente, hasta complejas estructuras que en torno a los estatutos de una conferencia pueden llegar a comprender programas conjuntos de flota y de servicios, derechos de tráfico y cuotas de mercado, etc. Salvo en las pocas ocasiones en que cubren tráficos de cabotaje nacional, las conferencias de flete son multinacionales en cuanto a ámbito de cobertura y líneas asociadas, y en todo caso instituciones de carácter privado. En España, desde 1952 aparecen referencias a las conferencias en varios textos legales: O.M. 29.02.52 y O.M. 17-11-66, ambas del Ministerio de Comercio; RD 720/84 y O.M. 16.05.85 del Ministerio de Transportes. Hay además dos importantes decisiones del Tribunal de la Competencia en 1983 y 1985 sobre conflictos suscitados entre líneas conferenciadas y no conferenciadas. Desde la incorporación al Mercado Común son de aplicación los reglamentos CEE 954/79 y 4055-57/86. Pero la primera definición oficial de conferencia y su reconocimiento expreso aparece en el artículo 84 de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
VENTAJAS/INCONVENIENTES ATRIBUIDOS A LAS CONFERENCIAS
Desde su origen las conferencias han tenido defensores y detractores. He aquí un resumen de los argumentos más comúnmente esgrimidos en pro y en contra de las conferencias:
- El sistema conferencial es la mejor fórmula para que las líneas consigan en los tráficos servidos un alto grado de eficacia, por cuanto facilita su coordinación y racionalización.
- Las conferencias contribuyen a la estabilidad de fletes y servicios y ambas condiciones facilitan el desarrollo del comercio y, consecuentemente, benefician también a los usuarios. El usuario tiene la seguridad de que el flete será el mismo para cargas y orígenes/destinos idénticos y la estabilidad de los fletes le permite evitar riesgos en operaciones de futuro.
Son numerosos los ejemplos en que una colaboración entre conferencias y consejos de usuarios ha permitido a éstos desarrollar, con carácter permanente, sus exportaciones e importaciones, contando con el compromiso de la conferencia de servir el tráfico con buques y frecuencias adecuados a las necesidades de los usuarios.
- Las conferencias cubren una amplia gama de puertos en su tráfico y brindan, por lo tanto, la posibilidad de carga/descarga tanto en puertos "atractivos" como en' los menos atractivos.
Por supuesto que uno de los objetivos de las conferencias es limitar o al menos "civilizar" la competencia, pero hay que rechazar como infundadas las acusaciones de que las conferencias tienen un Marcado carácter oligopólico, por cuanto, aun con tarifas uniformes, las conferencias no excluyen la competencia interna en términos de calidad de servicio, y tampoco excluyen la existencia de servicios independientes (outsiders) paralelos, ni tampoco en la era del intermodalismo la competencia entre distintas conferencias. Desde que nacieron las conferencias los usuarios han tenido la oportunidad de asociarse de forma similar a las conferencias.
El riesgo de abuso del poder conferencial que pueda darse en un determinado tráfico, más que de la existencia de una conferencia en el mismo, depende de que alguno o ambos países de origen/destino del tráfico tengan una política de reserva de cargas que impida el libre juego del mercado.
Siempre ha predominado la conclusión de que las ventajas de las conferencias superan al peligró de abuso de poder que entrañan, y por esa razón desde su origen las conferencias han sido reconocidas como beneficiosas para el comercio y, en consecuencia, no solo permitidas por los gobiernos de todo tipo de todos los países, sino incluso por las propias Naciones Unidas en su Código de Conducta para las Conferencias de fletes de 1974. Normas tan meditadas como el reglamento CEE 4056/86 y en Estados Unidos la Ley de Navegación de 1984 coincide en reconocer que las conferencias son beneficiosas para el
comercio y también en exigir el cumplimiento de determinadas condiciones encaminadas a evitar abusos de posición dominante. Todavía en tiempos tan recientes como 1991, cuando a la conferencia de revisión del Código UNCTAD asistieron 76 países y observadores de organizaciones tales como GATT, CEE, OUA, CCI, ESC, FIATA, etc., lo que se debatió fueron algunos detalles de la aplicación del modelo de conferencias previsto en el Código, no la existencia del sistema conferencia'.
CLASES DE CONFERENCIAS
La distinción más común es entre conferencias cerradas y conferencias abiertas.
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