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Las Clases De Normas: Moral, Religiosa, Social Y Jurídica, Y Sus Características


Enviado por   •  28 de Octubre de 2014  •  620 Palabras (3 Páginas)  •  801 Visitas

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Para comenzar con este resumen, debo comenzar por definir qué es una norma y partir de ahí para clasificar los tipos de normas y sus características.

Una norma es básicamente una regla de comportamiento y, de acuerdo con Eduardo García Maynez, estas normas pueden ser o no ser obligatorias y establecen derechos obligaciones.

A partir de este concepto, ubicamos a las normas como las herramientas de las que se vale el derecho para regular la conducta del hombre en sociedad y, dado ésta tiene diferentes perspectivas, las normas se clasifican según de su objetivo, pueden ser: jurídicas, morales, sociales y religiosas.

Se dice de las normas jurídicas que son las reglas de conducta: bilaterales, exteriores, coercibles y heterónomas. ¿Por qué tienen estas características?

 Bilateralidad: Porque estas normas establecen relaciones entre un sujeto pasivo y un sujeto activo, el primero es aquél que obligado a cumplir la norma y el segundo es el facultado para exigir el cumplimiento de la norma.

 Exterioridad: Porque principalmente estas normas están creadas para regular la conducta externa del hombre, sin considerar si la voluntad particular de éste concuerda con la norma jurídica. Lo importante para las normas jurídicas es el impacto de la conducta del hombre en la sociedad, por lo que estas normas favorecen el bienestar general de la sociedad, no el bienestar individual de las personas.

 Coercibilidad: Se refiere al carácter de obligatoriedad de la ley, porque el individuo está obligado al cumplimiento de las leyes, sin importar su opinión. De hecho el derecho prescribe el uso de la fuerza por parte de la autoridad pública para hacer cumplir las normas jurídicas sobre aquellos que las desacaten e incluso se vale de sanciones para los infractores de la ley.

 Heteronomía: Quiere decir que las normas jurídicas son establecidas por alguien diferente al ente obligado, es decir, el sujeto pasivo y el sujeto activo no son la misma persona y, en consecuencia, la voluntad de los obligados no está contemplada dentro de las leyes jurídicas, aún cuando los súbditos no estén de acuerdo con ellas, sí están obligados a acatar dichas normas.

Se dice de las normas morales que son las reglas de conducta: unilaterales, interiores, incoercibles y autónomas. Definamos estas características:

 Unilateralidad: Porque el sujeto obligado al cumplimiento de la norma moral es el mismo sujeto facultado para exigir su cumplimiento. Por lo anterior, estas normas sólo imponen deberes pero no otorgan derechos, ya que establecen obligaciones desde la conciencia del individuo hacia sí mismo, y mediante la conciencia de éste se regula el cumplimiento de la norma.

 Interioridad: El objetivo de las normas morales es validar si la conducta externa del hombre concuerda con su pensamiento, sus intenciones y su voluntad, de manera que si el individuo

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