Las Leyes
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LEY FEDERAL DE EDUCACION
Ley Nº 24.195
(Versión actualizada)
Ley Federal de Educación. Derechos, Obligaciones y Garantías. Principios Generales. Política Educativa. Sistema Educativo Nacional. Estructura del Sistema Educativo Nacional. Descripción General. Educación Inicial, Educación General Básica. Educación Polimodal. Educación Superior. Educación Cuaternaria. Regímenes Especiales. Educación no Formal. Enseñanza de Gestión Privada. Gratuidad y Asistencialidad. Unidad Escolar y Comunidad Educativa. Derechos y Deberes de los Miembros de la Comunidad Educativa. Calidad de la Educación y su Evolución. Gobierno y Administración. Financiamiento. Disposiciones Transitorias y Complementarias.
Sancionada: Abril 14 de 1993.
Promulgada: Abril 29 de 1993
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sanciona con fuerza de Ley.
LEY FEDERAL DE EDUCACION
TITULO I
DERECHOS, OBLIGACIONES Y GARANTIAS
ARTICULO 1º — El derecho constitucional de enseñar y aprender queda regulado, para su ejercicio en todo el territorio argentino, por la presente ley que, sobre la base de principios, establece los objetivos de la educación en tanto bien social y responsabilidad común, instituye las normas referentes a la organización y unidad del Sistema Nacional de Educación, y señala el inicio y la dirección de su paulatina reconvención para la continua adecuación a las necesidades nacionales dentro de los procesos de integración.
ARTICULO 2º — El Estado nacional tiene la responsabilidad principal e indelegable de fijar y controlar el cumplimiento de la política educativa, tendiente a conformar una sociedad argentina justa y autónoma, a la vez que integrada a la región, al continente y al mundo.
ARTICULO 3º — El Estado nacional, las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, garantizan el acceso a la educación en todos los ciclos, niveles y regímenes especiales, a toda la población, mediante la creación, sostenimiento, autorización y supervisión de los servicios necesarios, con la participación de la familia, la comunidad, sus organizaciones y la iniciativa privada.
ARTICULO 4º — Las acciones educativas son responsabilidad de la familia, como agente natural y primario de la educación, del Estado nacional como responsable principal, de las provincias, los municipios, la Iglesia Católica, las demás confesiones religiosas oficialmente reconocidas y las organizaciones sociales.
TITULO II
PRINCIPIOS GENERALES
CAPITULO I
DE LA POLITICA EDUCATIVA
ARTICULO 5º — El Estado nacional deberá fijar los lineamientos de la política educativa respetando los siguientes derechos, principios y criterios:
a) El fortalecimiento de la identidad nacional atendiendo a las idiosincrasias locales, provinciales y regionales.
b) El afianzamiento de la soberanía de la Nación.
c) La consolidación de la democracia en su forma representativa, republicana y federal.
d) El desarrollo social, cultural, científico, tecnológico y el crecimiento económico del país.
e) La libertad de enseñar y aprender.
f) La concreción de una efectiva igualdad de oportunidades y posibilidades para todos los habitantes y el rechazo a todo tipo de discriminación.
g) La equidad a través de la justa distribución de los servicios educacionales a fin de lograr la mejor calidad posible y resultados equivalentes a partir de la heterogeneidad de la población.
h) La cobertura asistencial y la elaboración de programas especiales para posibilitar el acceso, permanencia y egreso de todos los habitantes al sistema educativo propuesto por la presente ley.
i) La educación concebida como proceso permanente.
j) La valorización del trabajo como realización del hombre y de la sociedad y como eje vertebrador del proceso social y educativo.
k) La integración de las personas con necesidades especiales mediante el pleno desarrollo de sus capacidades.
l) El desarrollo de una conciencia sobre nutrición, salud e higiene, profundizando su conocimiento y cuidado como forma de prevención de las enfermedades y de las dependencias psicofísicas.
ll) El fomento de las actividades físicas y deportivas para posibilitar el desarrollo armónico e integral de las personas.
m) La conservación del medio ambiente, teniendo en cuenta las necesidades del ser humano como integrante del mismo.
n) La superación de todo estereotipo discriminatorio en los materiales didácticos.
ñ) La erradicación del analfabetismo mediante la educación de los jóvenes y adultos que no hubieran completado la escolaridad obligatoria.
o) La armonización de las acciones educativas formales como la actividad no formal ofrecida por los diversos sectores de la sociedad y las modalidades informales que surgen espontáneamente en ella.
p) El estímulo, promoción y apoyo a las innovaciones educativas y a los regímenes alternativos de educación, particularmente los sistemas abiertos y a distancia.
q) El derecho de las comunidades aborígenes a preservar sus pautas culturales y al aprendizaje y enseñanza de su lengua, dando lugar a la participación de sus mayores en el proceso de enseñanza.
r) El establecimiento de las condiciones que posibiliten el aprendizaje de conductas de convivencia social pluralista y participativa.
s) La participación de la familia, la comunidad, las asociaciones docentes legalmente reconocidas y las organizaciones sociales.
t) El derecho de los padres como integrantes de la comunidad educativa a asociarse y a participar en organizaciones de apoyo a la gestión educativa.
u) El derecho de los alumnos a que se respete su integridad, dignidad, libertad de conciencia, de expresión y a recibir orientación.
v) El derecho de los docentes universitarios a la libertad de cátedra y de todos los docentes a la dignificación y jerarquización de su profesión.
w) La participación del Congreso de la Nación según lo establecido en el artículo 53, inciso n).
CAPITULO II
DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
ARTICULO 6º — El sistema educativo posibilitará la formación integral y permanente del hombre y la mujer, con vocación nacional, proyección regional y continental y visión universal, que se realicen como personas en las dimensiones cultural, social, estética, ética y religiosa, acorde con sus capacidades, guiados por los valores de vida, libertad, bien, verdad, paz, solidaridad,
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