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No lo reprobamos porque es un crimen, sino que es un crimen porque lo reprobamos


Enviado por   •  8 de Agosto de 2017  •  Ensayo  •  1.509 Palabras (7 Páginas)  •  379 Visitas

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El derecho, el delito y la pena, como hecho social, mecanismo de control e institución.

“No lo reprobamos porque es un crimen,

sino que es un crimen porque lo reprobamos”. Durkheim.

Podemos notar que las sociedades se mantienen en un constante “de venir”, se transforman a gran velocidad, y a medida que estos cambios se van dando la nueva moralidad desarrollada crea diversas formas de conductas delictivas. uno de los aspectos que más preocupa a la sociología del derecho es detectar, mediante investigaciones, los factores criminógenos y las condiciones que las producen, con el objetivo de proponer al Estado las políticas sociales y criminales a seguir para controlarlas y así disminuir la criminalidad.

El presente trabajo pretende demostrar al derecho como un hecho social, debido a que posee “unas características muy especiales” planteadas por Durkheim: que “consisten en modos de pensar, actuar y de sentir, exterior al individuo y está dotado de un poder de coacción en virtud del cual se imponen sobre él”. El derecho como hecho social produce corrientes sociales conformadas por creencias y practicas ya constituidas, manteniendo un balance entre las instituciones moralizadoras para poder definir y fundamentar lo que se cataloga como crimen o delito, y un mecanismo de control como la pena, la cual funciona como defensa en determinados casos para la sociedad.

Se explicará en que consiste la importancia del derecho en la función específica de un hecho social, además de mostrar la diferencia y así mismo la relación que hay entre el crimen o delito como una institución y la pena como un mecanismo de control social. Finalizando con la interpretación de las relaciones existentes encontradas entre el derecho, el crimen o delito, y la pena en la regulación para mantener un status quo.  

El derecho como derecho objetivo tiene como fin regular nuestras conductas sin importar lo que nosotros consideremos en un principio bien o mal y como derecho subjetivo nos reconoce derechos y nos otorga obligaciones. Como se diría coloquialmente “nos da unas reglas de juego,” (un manual) para que podamos vivir en armonía con la sociedad, dejándonos muy en claro que el incumplimiento (crimen) de algunas de las reglas  o en este caso leyes o códigos nos incurrirá en una pena, y es aquí donde podemos identificar un mecanismo de control, creando en nosotros una conciencia colectiva moralista definida como una institución que nos limita, donde finalmente entramos en la corriente social, catalogando al crimen como actos delictivos e inmorales, que como dice Durkheim: “es una inmoralidad particular que la sociedad reprime por medio de penas organizadas y que constituye la criminalidad”. Tener estos conceptos claros, nos ayuda a entender la relación que hay entre el derecho como un hecho social, el crimen o delito como una institución conformada por creencias y una pena coercitiva como mecanismo de control, lo cual es básico para el desarrollo de este ensayo, identificando como actor principal de estos tres conceptos al derecho penal en sí.

El derecho existe desde el momento en que comenzamos a relacionarnos entre nosotros, en el momento en que nacemos, crecemos, cumplimos una determinada edad y vamos adquiriendo diversos derechos y obligaciones, es una forma de educación, imposición de practicas colectivas, tendencias, creencias, etc. donde nos dan limites que debemos cumplir en cuanto a nuestros actos como lo es “no matar”. A medida que las sociedades van cambiando, el derecho va en una lucha constante por mantener reguladas las acciones de los individuos mediante leyes, códigos, costumbres y otros mecanismos que nos muestran una idealización para mantener una “armonía social”. Se presenta como un fenómeno social, ya que “reproduce un modelo colectivo”. Según Durkheim: “un hecho social se reconoce gracias al poder de coacción exterior que ejerce o es susceptible de ejercer sobre los individuos; y la presencia de dicho poder es reconocida a su vez, bien por la resistencia de alguna sanción determinada, o bien por la existencia que le lleva a oponerse a toda empresa individual que tienda a violentarlo” el código penal es un vivo ejemplo, en cuanto te dice las penas que obtendrás si incurres en un delito. En el derecho la coacción es fácil de probar debido a la acción directa de la sociedad. El derecho como hecho social es fundamental en tanto que es un medio para que el hombre consiga su fin (proteger sus intereses).  

Ahora bien, el crimen es presentado como una institución debido a que como dijo Yesid Echeverry: “deben adelantar un proceso pedagógico para difundir valores societales como la solidaridad, la piedad, la bondad, la benevolencia, el respeto, la tolerancia, etc.”. Como dije anteriormente cuando hablamos de crimen nos referimos a los actos aprobados o reprobados por una sociedad, sociedad que ha creado una conciencia colectiva por mucho tiempo atrás. El crimen o delito lo dictan las sociedades por medio de un director establecido, haciendo respetar las creencias, las tradiciones, las practicas colectivas, es decir, defender la conciencia común dentro y fuera. Se convierte en un símbolo, en expresión viviente a los ojos de todos. Se ejerce autoridad sobre las conciencias, y de ahí le viene su fuerza, por medio de los sentimientos colectivos que recibe toda la energía la cual permite crear crímenes y delitos. “toda la criminalidad procede directa o indirectamente de la conciencia colectiva”

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