PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
Enviado por perito23456 • 8 de Marzo de 2013 • Tesis • 2.230 Palabras (9 Páginas) • 716 Visitas
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
El poder judicial es uno de los tres poderes u órganos constituidos del Gobierno Federal, tiene por objeto la impartición de la justicia, esta formado por varios órganos primordiales para que esta administración se lleve adecuadamente y conforme a lo establecido en las leyes de este país.
FACULTADES DEL PODER JUDICIAL
JUSTICIA ELECTORAL: Estos se encuentran al mando de la Cámara Nacional Electoral y de la Secretaría Electoral.
JUSTICIA FEDERAL: Se encarga de las cuestiones ínter jurisdiccionales o internacionales y en estas están al mando la Cámara de Seguridad Social, la Cámara en lo Contencioso Administrativo, la Cámara en lo civil y comercial y la Cámara Criminal y correccional.
JUSTICIA PENAL: Es la encargada de juzgar todos los delitos en materia penal, aquí entran los tribunales Orales, Criminal de la Capital Federal, de menores, Criminal Federal y en lo Penal Económico y el Juzgado Nacional de Ejecución Penal.
JUSTICIA ORDINARIA: En esta se introducen la implicación de leyes en Derecho Común, esta se encuentra integrada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, de Apelaciones en lo Comercial, en lo civil y en los juzgados de cada cámara.
ESTRUCTURA
Está conformado por jueces y tribunales de diferentes instancias en las cuales se deposita el ejercicio del poder judicial de la federación:
• Suprema Corte de Justicia
• Tribunal Federal Electoral
• Tribunal Colegiado de Circuito
• Tribunal Unitario de Circuito
• Juzgados de Distrito
• Consejo de la Judicatura Federal
La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Electoral, está a cargo, del Consejo de la Judicatura Federal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el máximo tribunal de México y cabeza del Poder Judicial de la Federación. No existe órgano ni autoridad que se encuentre por sobre ella o recurso judicial que pueda interponerse en contra de sus decisiones.1
COMO SE INTEGRA:
Según el artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación3 la Suprema Corte de Justicia de la Nación se compone por once Ministros, uno de los cuales es su presidente, y funciona en Pleno o en Salas. El Presidente de la Suprema Corte de Justicia no integra sala, es decir, solo forma parte del pleno en sí, pero no participa en ninguna de las actividades de las salas.
CUANTO TIEMPO DURAN EN SU CARGO
Los ministros son electos para un periodo de 15 años
Ninguna persona que haya sido Ministro podrá ser electo para un nuevo periodo, solo que haya ejercido con carácter de interino o provisional.
COMO SE ELIGEN
El Presidente de la Republica someterá una terna a consideración del senado, el cual, previa comparecencia, de las personas propuestas, designará al ministro que deba cubrir la bacante.
La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes.
REQUISITOS PARA SER ELECTO MINISTRO SON:
(Art. 95 constitucional)
Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
Tener por lo menos 35 años cumplidos al momento de la designación.
Contar con el título de licenciado en Derecho, con por lo menos 10 años de antigüedad.
Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza, o por cualquier otro delito con pena de más de un año de prisión.
No haber sido secretario de Estado, jefe de departamento administrativo, Procurador General de la República o de Justicia del Distrito Federal, senador, diputado federal, ni gobernador de algún Estado o jefe del Distrito Federal, durante el año previo al día de su nombramiento.
Haber residido en el país los dos años anteriores a la designación.
Se le dará preferencia a las personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia.
Los ministros pueden dejar definitivamente el cargo por tres motivos:6
Conclusión del periodo
Renuncia, la cual es sólo procedente en causas graves que deberá calificar el Presidente de la República y aprobar o negar el Senado.
Jubilación voluntaria: Procede cuándo el interesado solicite su retiro, siempre que reúna las condiciones de edad y antigüedad.
FACULTADES:
Defender el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mantener el equilibrio entre los diversos poderes y órganos de gobierno, y solucionar, de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social, a través de las resoluciones jurisdiccionales que dicta.
Tribunal Electoral: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es el órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación especializado en materias electorales, con excepción de las acciones de inconstitucionalidad contra leyes electorales federales o locales (que corresponden a la Suprema Corte).
REQUICITOS PARA SER MAGISTRADO ELECTORAL
Artículos 154. Los requisitos para ser Magistrado Electoral son los mismos que se exigen para Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
I. Además de lo anterior, se requiere:
a) Tener nacionalidad mexicana y ciudadanía en el Distrito Federal;
b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar, cuyo domicilio corresponda al Distrito Federal;
c) Haberse distinguido por contar con conocimientos teóricos y experiencia práctica comprobada en materia político-electoral, preferentemente de cuando menos cinco años en órganos electorales;
d) Exhibir constancia de no inhabilitación expedida por la Contraloría General del Distrito Federal; y
e) Acreditar, mediante constancia oficial, haber residido en el Distrito Federal al menos cinco años anteriores a la designación.
COMO SON ELEGIDOS
Los Magistrados Electorales que integran la Sala Superior y las regionales son elegidos por el Senado, o en sus recesos por la Comisión Permanente, a propuesta de la Suprema Corte.
CUANTO DURAN EN SU CARGO
Los que integran la Sala Superior duran en su cargo un periodo improrrogable de 9 años, mientras los que integran las salas regionales duran en sus cargos 9 años improrrogables (salvo que sean promovidos a cargos superiores).
COMO FUNCIONA
Para el ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal funciona
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