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Parcial 1 etica


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2018  •  Apuntes  •  368 Palabras (2 Páginas)  •  151 Visitas

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  1. A través de la carrera de Martillero y corredor publico, Juan José podrá intervenir en todo acto de corretaje, asesorando, promoviendo o ayudando a la conclusión de contratos relacionados con toda clase de bienes de tráfico lícito. También podrá realizar tareas de mandatario o de gestor de negocios en compraventa, permutas etc. Por otro lado, podrá incluso dedicarse a efectuar ventas en remates públicos y practicar tasaciones o avalúos y/o peritajes de cualquier clase de bienes de tráfico lícito por orden Judicial, Oficial o Particular.

  1. En toda denuncia, acción civil o penal iniciada contra un colegiado por su ejercicio profesional, tomará conocimiento el Colegio Profesional a través del Tribunal de Disciplina. Las denuncias pueden ser elevadas tanto por un colegiado como por un tercero perjudicado. También podría ser iniciada de oficio por el Colegio de Profesionales.

  1. Lo que se juzga es la conducta del colegiado, que incurrió en una aparente violación al código de ética del Estatuto del Colegio Profesional, por lo tanto, el Tribunal de Disciplina del mismo es el que interviene en toda denuncia civil o penal iniciada contra un colegiado por su ejercicio de la profesión. (art. 39 del Estatuto de Martilleros y Corredores Públicos de la Prov. De Córdoba)
  1. Para asegurar un embargo, Agustín Hammer debe solicitar al juez (según se desprende del art 14 de la Ley 7191) todas las medidas de seguridad necesarias para la realización de los actos propios del ejercicio de su profesión, cuando actuaren por orden judicial o autorización suficiente del  comitente. En este caso, será necesario el empleo de la fuerza pública, para allanar la morada y proceder al embargo.
  1. Una vez concluida la subasta, Agustín debe verificar la identidad del comprador, percibir el precio y comisión y otorgar recibo. Luego deberá rendir cuentas al comitente y entregarle el producido neto dentro de los cinco días. Hará efectivo el pago de tasas, impuestos y contribuciones, que impongan las leyes con motivo del ejercicio profesional. Suscribira en el instrumento que documenta la venta los derechos y obligaciones de las partes . Por supuesto, deberá conservar, si correspondiere, las muestras, certificados e informes relativos a los bienes que remate hasta el momento de la transmisión definitiva del dominio.

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