Que Es Una Constitucion
Enviado por cgoezvanegas • 12 de Octubre de 2012 • 2.842 Palabras (12 Páginas) • 535 Visitas
¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?
(Conferencia pronunciada ante una agrupación ciudadana de Berlín, en abril de 1862)
Comienza pues Ferdinand Lassalle con algunas preguntas ¿Qué es una constitución? ¿En qué consiste la verdadera esencia de una constitución? Por todas partes y a todas horas, mañana, tarde y noche, estamos oyendo hablar de CONSTITUCIÓN y de PROBLEMAS CONSTITUCIONALES.
Si hiciéramos este tipo de pregunta en una jurista, contestarían seguramente es términos precisos a estos: La constitución es un pacto jurado entre el rey y el pueblo, que establece los principios básicos de la legislación y del gobierno dentro de un país, en la que echan los cimientos para la organización del Derecho público de esa nación.
Estas contestaciones cuales quiera que ellas sean se limitan a describir exteriormente cómo se forman las constituciones y qué hacen, no nos dicen lo que es una constitución. Nos dan criterios, notas calificativas para reconocer exterior y jurídicamente una Constitución. Pero no nos dicen un mucho menos dónde está el concepto de toda constitución, la esencia constitucional.
Ley y constitución
Aplicando el método de la pregunta: ¿en que se distingue una constitución de una ley? Ambas, la ley y la constitución tienen evidentemente una esencia genérica común. Una constitución para regir necesita la promulgación legislativa, es decir, que tiene que ser también ley. Pero no es una ley como otra cualquiera, una simple ley es algo más. Entre los dos conceptos no hay solo afinidad; hay también desemejanza. Esta desemejanza, que hace que la constitución sea algo más que una simple ley, podría aprobarse con cientos de ejemplo.
A la anterior pregunta se le contestara en la mayoría de los casos así: la constitución no es una ley como otra cualquiera, si no la ley fundamental del país.
Los factores reales del poder
Los factores reales que rigen en el seno de cada sociedad son esa fuerza activa y eficaz que informa todas las leyes e instituciones jurídicas de la sociedad en cuestión, haciendo que no pueda ser en sustancia más que tal y como son.
*LA MONARQUIA
*LA ARISTOCRACIA
*LA GRAN BURGUESIA
*LOS BANQUEROS
*LA CONCIENCIA COLECTIVA Y LA CULTURA GENERAL
*LA PEQUEÑA BURGUESIA Y LA CLASE OBRERA
Los factores de poder y las instituciones jurídicas. La hoja de papel
Se toman los factores reales del poder, se extienden en una hoja de papel, se les da expresión escrita, y a partir de ese momento, incorporados a un papel, ya no son simples factores reales de poder sino que se han erigido en derecho en instituciones jurídicas y quien atente contra ellos atenta contra la ley y es castigado.
*EL SISTEMA ELECTORAL DE LAS TRES CLASES
*EL SENADO O CAMARA SEÑORIAL
*EL REY Y EL EJÉRCITO
ALGO DE HISTORIA CONSTITUCIONAL
Una Constitución real y efectiva la tienen y la han tenido siempre todos los países, como, a poco que paren mientes en ello, ustedes por sí mismos comprenderán, y no hay nada más equivocado ni que conduzca a deducciones más descaminadas que esa idea tan extendida de que las Constituciones son una característica peculiar de los tiempos modernos.
No hay tal cosa. Del mismo modo y por la misma ley de necesidad que todo cuerpo tiene una constitución, su propia constitución, buena o mala estructurada de un modo o de otro, todo país tiene, necesariamente. Una Constitución, real y efectiva, pues no se concibe país alguno en que no imperen determinados factores reales de poder, cualesquiera que ellos sean.
Un ejemplo de constitución a lo largo de la historia es mucho antes de estallar la gran Revolución francesa, bajo la monarquía legítima y absoluta de Luis XVI, el Poder imperante abolió en Francia, por decreto de 3 de febrero de 1776 las prestaciones personales de construcción de vías públicas por las que los labriegos venían obligados a trabajar gratuitamente en la apertura de caminos y carreteras, se creó para afrontar los gastos de estas obras públicas un impuesto que había de gravar también las tierras de la nobleza, el Parlamento francés clamó, oponiéndose a esta medida: El pueblo de Francia, es decir, el pueblo humilde, el que no gozaba de privilegios- se encuentra sujeto a impuestos y prestaciones sin limitaciones y es esta una parte de la Constitución que ni el rey mismo puede cambiar.
Como ven ustedes, señores, ya, entonces se hablaba de una Constitución. Y se le atribuía, tal virtud, que ni el propio rey la podía tocar; ni más ni menos que hoy. Aquello a que los nobles franceses llamaban. Constitución, la norma según la cual el pueblo bajo tenía que soportar todos los tributos y prestaciones que se le quisieran imponer.
Mirando un poco más de la historia encontramos que en la Edad Media el pueblo bajo era, realidad, tan impotente, que se le podía gravar con toda suerte de tributos y gabelas, a gusto y antojo del legislador, la realidad, en aquella distribución de fuerzas efectivas, era ésa, el pueblo venía siendo tratado desde antiguo de ese modo. Estas tradiciones de hecho brindaban los llamados precedentes, que todavía hoy en Inglaterra, siguiendo el ejemplo universal de la Edad Media, tienen una importancia tan señalada en las cuestiones constitucionales. En esta práctica efectiva y tradicional de cargas y gravámenes se invocaba con frecuencia, como no podía ser menos, el hecho de que el pueblo viniera desde antiguo sujeto a esas gabelas, y sobre ese hecho se erigía la norma de que podía seguirlo siendo sin interrupción. La proclamación de esta norma daba ya el principio de Derecho constitucional, al que luego, en casos semejantes, se podía recurrir. Muchas veces se daba expresión y sanción especial sobre un pergamino a una de esas manifestaciones que tenían su raíz en los resortes reales de poder. Y así surgían los fueros, las libertades, los derechos especiales, los privilegios, los estatutos y cartas otorgadas de una clase, de un gremio, de una villa, etc.
Todos estos hechos y precedentes, todos estos principios de Derecho público, estos pergaminos, estos fueros, estatutos y privilegios juntos formaban la Constitución del país, sin que todos ellos, a su vez hicieran otra cosa que dar expresión, de un modo escueto y sincero, a los factores reales de poder que regían en ese país. Así, pues, todo país tiene, y ha tenido siempre, en todos los momentos de su historia, una Constitución real y verdadera. Lo especifico de los tiempos modernos hay que fijarse bien en esto, y no olvidarlo, pues tiene mucha importancia-, no son las Constituciones reales y efectivas, sino las Constituciones escritas, las hojas de papel.
En casi todos los Estados modernos vemos apuntar, en un determinado
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