SOCIOLOGIA JURIDICA
Enviado por indi3108 • 13 de Abril de 2015 • 3.896 Palabras (16 Páginas) • 176 Visitas
TEMA NÚMERO 4: ESTABILIDAD Y CAMBIO SOCIAL: LA FUNCION INTEGRATIVA DEL DERECHO
INTRODUCCION
Las sociedades humanas, desde las más primitivas, hasta las más desarrolladas, se han visto precisadas, en forma deliberada o inconsciente, a contar con mecanismos de control respecto de sus integrantes para asegurar la cohesión del propio grupo.
Primitivamente las ideas de origen divino y mágico acerca del mundo y de las relaciones del hombre con la naturaleza, propició prácticas sociales que se suponían gratas a los dioses o bien tabús que debían respetarse para que no acarrearan desgracias colectivas o personales, mecanismos que se traducían en controles sociales, administrados por la clase teocrática gobernante y por la propia comunidad.
Las normas religiosas, éticas, jurídicas, los prejuicios, las prácticas de carácter mágico o de índole empírico, constituían controles sociales formales e informales para esos grupos sociales.
El desarrollo de grupos primitivos a sociedades más complejas a lo largo de los períodos históricos que se conocen como Edad Antigua y Media que finaliza en el año 1452 con la caída del Imperio Romano de Oriente, abarca multiplicidad de formas de ejercer el poder en esas sociedades, donde el componente teocrático fue fuente importante del mecanismo de control social, amén de otros factores, como el político, el económico, el social, el cultural, que contribuyeron a la permanencia o al cambio en cada sociedad.
El período denominado Edad Moderna se caracterizó, entre otros sucesos en la Europa de esos tiempos, por el nacimiento de los Estados que se consolidan en la edad Contemporánea, donde es el Estado el que concentra las medidas formales del control social.
4.1 El control social.
I.- Es una extensión del proceso de socialización. Se refiere a los medios y métodos utilizados para inducir a una persona actuar de conformidad con las expectaciones de un grupo particular o de la sociedad total.
El control es la presión que la sociedad ejerce sobre sus miembros para que interioricen y asuman reglas de convivencia, mientras que la sanción es la toma de conocimiento que la sociedad hace sobre si se han cumplido las normas de convivencia social o no y en qué grado.
II.- Revista Criminología y Sociedad
Dr. Octavio Alberto Orellana Wiarco
El concepto de control social no es unívoco, por el contrario se plantea con diferentes contenidos. En lo que convienen los tratadistas que abordan este tema, es que este concepto se maneja como un conjunto de elementos sociales identificables a la llamada modernidad, como una variable esencial del orden social.
El control social puede entenderse por un lado como una estrategia de administración del orden, y por otro, como un instrumento de dominación legitimado por la base social.
El desarrollo teórico del concepto de control social lo encontramos como una característica del Estado, de ahí su consideración de modernidad, pues aparece en esta etapa cuando surge el Estado.
Por lo menos desde finales del siglo pasado, la irrupción de diversos saberes científicos en el campo del Derecho Penal (la medicina, la antropología, la genética, la psicología y la propia criminología) transformó la exigencia que al estado liberal clásico le plantearan su función de guardián del orden. Si en la formulación clásica de dicha función, la exigencia estaba referida a una condición del Estado como garante dado el carácter interventor del Estado la acepción que se desarrolló construyó exigencia al revés; como un “deber” (concreto) de intervención directa mediante la aplicación de medidas preventivas, sustentando la realización del derecho a la seguridad pública.
El concepto de control social aparece en las teorías contractualistas de Hobbes, Locke y Rousseau que señalaban que la constitución del Estado tenía entre otros fundamentales objetivos asegurar el orden social y la subordinación del gobernador, así el asunto fue girando en torno al control de la sociedad, para asegurar por el poder político, su prevalencia real, aún cuando se predicara que el poder se encontraba en el pueblo.
El desarrollo del concepto de “control social” se presenta con los sociólogos (criminólogos) norteamericanos y se atribuye a Edward Ross el creador de este término si bien, Roberto Bergalli considera ser el primero en haber empleado la expresión sociología del control penal, al menos en castellano.
Queda claro que la política criminal forma parte de la política general o social del Estado, y que una y otra responden al tipo de Estado y son el resultado de la actuación y responsabilidad de los tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, partes integrantes del Estado y que son las que definen tanto las políticas sociales y las criminales, como las instituciones y acciones que de ellas se desprenden.
No resulta casual que el concepto moderno de Estado, que se consolidó a partir de la Revolución Francesa, nazca de las teorías contractualistas”, de Hobbes, de Locke y sobre todo de Rousseau, como subtracto político, pero con base económica en el empuje de la burguesía capitalista, que desembocan en la revolución del mundo penal y procesal penal del antiguo régimen, plasmada en las obras de Beccaria en 1776, de Lardizabal en 1779, y de otros distinguidos pensadores
III.- El control social y la desviación social, este artículo es parte del libro fundamentos socioculturales de la educación, editorial universidad "Arturo Prat".
El Control Social se refiere a los esfuerzos de un grupo o de una sociedad por la autorregulación (o por regularse a sí misma). La forma más poderosa de control social es la interiorización de las normas. Cuando la interiorización falla, intervienen los controles sociales informales y, especialmente en las sociedades modernas complejas, las sanciones formales
El control social es uno de los sujetos fundamentales de la discusión sociológica y surge en todas las discusiones acerca de la naturaleza y causas de la estabilidad y el cambio social. Entre los antropólogos sociales la discusión se ha centrado este último tiempo alrededor de la comparación de las sociedades simples, algunas de las cuales despliegan medios formales de control social, mientras que otras indican una casi completa ausencia de ellos
Para Horton y Hunt, el control social, (o los controles sociales), son los medios por los cuales se hace que las personas desempeñen sus roles como se espera
Para Ernesto Moreno B. el control social, “es el conjunto de mecanismo e instancia de los cuales toda sociedad, de una u otra forma, induce a sus miembros a comportarse acorde con las normas, valores y pautas culturales predominantes”
Comparativamente,
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