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Soluciones alternas y forma de terminación anticipada Derecho Penal.


Enviado por   •  8 de Marzo de 2016  •  Trabajo  •  455 Palabras (2 Páginas)  •  433 Visitas

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Soluciones alternas y forma de terminación anticipada

Formas de terminación anticipada

Por formas de terminación anticipada entendemos, de acuerdo al CNPP, el procedimiento abreviado, el cual es una facultad discrecional del Ministerio Publico que conlleva una negociación de la pena, realizada por parte de éste por un lado y por el otro, del imputado acompañado de su defensor. En este sentido el procedimiento abreviado debe ser entendido no como un derecho o prerrogativa del imputado para acceder a una reducción de la pena, sino como una medida de política criminal a cargo del Estado toda vez que la Minuta establece que solo será procedente en el caso en que lo solicite el Ministerio Publico y que el imputado o la victima u ofendido no se opongan a su aplicación y dejando la posibilidad de que sea aplicable para cualquier delito, y evitar la saturación de juicios orales que impidan su correcta aplicación.

En este sentido el procedimiento abreviado debe ser entendido no como un derecho o prerrogativa del imputado para acceder a una reducción de la pena, sino como una medida de política criminal a cargo del Estado toda vez que la Minuta establece que solo será procedente en el caso en que lo solicite el Ministerio Publico y que el imputado o la victima u ofendido no se opongan a su aplicación y dejando la posibilidad de que sea aplicable para cualquier delito, y evitar la saturación de juicios orales que impidan su correcta aplicación.

Para que exista un procedimiento abreviado requerimos la voluntad del Ministerio Publico para otorgarlo, la cual dependerá de una gran cantidad de factores al caso particular como por ejemplo, la fortaleza o debilidad de la carpeta de investigación, la relevancia del caso, la política criminal en ese tiempo y espacio determinado, las condiciones especificas del caso y del imputado, entre otras.

En cuanto a los parámetros para la negociación de la pena, observamos que el CNPP considera que deben tomar en cuanta tres elementos:

1.- Si el termino medio aritmético del delito por el cual se acusa es mayor o menor a cinco años.

2.- Si la persona ha sido previamente sentenciada por delito doloso.

3.- Si el delito por el cual se acusa, es doloso o culposo.

El imputado podrá ir a un procedimiento abreviado una vez que ha sido dictado el auto de vinculación a proceso, hasta antes de que se dicte el auto de apertura a Juicio Oral, por parte del Juez de Control, en la etapa intermedia.

El procedimiento abreviado esta regulado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el numeral 20, apartado A, fracción VII.

Art. 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad contradicción, concentración, continuidad e inmediación.

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