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TALLER NORMAS INTERNACIONALES Y LEGISLACIÓN COLOMBIANA


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2014  •  1.831 Palabras (8 Páginas)  •  316 Visitas

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TALLER NORMAS INTERNACIONALES Y LEGISLACIÓN COLOMBIANA

1. Efectué una breve reseña histórica de la OIT.

R/ OIT es La Organización Internacional del Trabajo donde su constitución fue creada en 1919. Con parte del tratado de Versalles, La OIT fue creada como una organización autónoma vinculada a la Sociedad de Naciones, lo que se tradujo en que muchos países que se retiraron en su momento de la Sociedad de Naciones mantuvieron su afiliación en la OIT. Esta constitución ya tenía ideas experimentadas en la asociación internacional para la protección internacional de los trabajadores, fundada en Basilea en 1901: esta creación de OIT fue provocada para la seguridad y la paz de las naciones.

La sociedad de naciones fue remplazada por la asociación de naciones unidas donde en 1945 está regida en el acta constituida y en esa misma fecha ingresa ha ser parte de la OIT chile, mas adelante la OIT y ONU se unieron para mantener su jurisdicción en materia social y del trabajo y siendo formal esta unión de estas dos organizaciones en el año 1946 y desde ese entonces la OIT se define como Un Organismo especializado asociado a Naciones Unidas que elabora normas internacionales para los problemas del trabajo y de la mano de obra. A partir de ese momento empezó a obtener caracteres universales ya que se unen a ella una gran cantidad de países y se aprueban numerosos convenios que han mejorado la situación laboral de los trabajadores en el mundo. En 1969 se le otorga el premio nobel de la PAZ.

2. Cuáles son los órganos fundamentales que componen la OIT y sus funciones.

R/ CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO: reúne todos los años a representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores de los países miembros, establece normas laborales internacionales y constituye un foro para el debate de cuestiones sociales y laborales de gran trascendencia para el mundo.

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: es el órgano ejecutivo de la OIT y se reúne dos veces al año en Ginebra. Dirige el funcionamiento de la OIT, establece el programa y el presupuesto y examina el incumplimiento de las normas internacionales del trabajo.

OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO: es la secretaría permanente de la OIT

La OIT cuenta con 2,250 funcionarios que trabajan en la sede y en 40 oficinas exteriores repartidas en todo el mundo. Su presupuesto para 2000-2001 fue de 467 millones de dólares. Por su labor y en el cincuentenario de su fundación, recibió el Premio Nobel de la Paz en 1969.

3. Defina cuales son las funciones de la OIT y en que consisten los convenios de la OIT, las recomendaciones y las resoluciones.

R/ FUNCIONES: Se ha designado una función específica a cada uno de los órganos que componen la OIT para el control y verificación del cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los Estados Miembros. La Conferencia Internacional del Trabajo adopta dos tipos de normas. Por un lado, los convenios internacionales que pueden ser ratificados por los Estados Miembros de la organización y que establecen las obligaciones de este frente a los trabajadores y las trabajadoras. Dichos convenios tienen un carácter vinculante cuando son ratificados por los Estados y, en virtud de ello, la población trabajadora se encuentra facultada para reclamar su cumplimiento. Por otro lado, las recomendaciones buscan asegurar que se adopten las medidas que garanticen la aplicación y efectividad de los derechos reconocidos en dichos convenios.

La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones se encarga de supervisar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los Estados Miembros. Es el organismo asesor de la Conferencia Internacional del Trabajo y se encuentra integrado por juristas especialistas en Derecho Internacional del Trabajo, cuya función es examinar las memorias que todos los países deben presentar cada año, detallando el estado en que se encuentra la aplicación de los convenios internacionales en cada país. Asimismo, cada año elabora un examen temático que se traduce en los estudios generales. Finalmente, el Comité de Libertad Sindical recibe las quejas que presentan las organizaciones de trabajadores y trabajadoras o de empresarios y empresarias sobre el incumplimiento de las obligaciones que provienen de la libertad sindical, con independencia de que hayan sido ratificados los convenios sobre la materia.

CONVENIO: Los Convenios Internacionales de Trabajo son tratados internacionales adoptados por una mayoría de dos tercios de los delegados a la Conferencia Internacional del Trabajo. Deben ser sometidos en el término de un año, a partir de la clausura de las Conferencias por el Gobierno de cada país miembro de la OIT. Al órgano legislativo para su ratificación. Al ser ratificado constituye un instrumento internacional de cumplimiento obligatorio.

RECOMENDACIONES: Son otro grupo de instrumentos internacionales adoptados por una mayoría de dos tercios de los delegados a la OIT generalmente, complementan los convenios, contienen disposiciones detalladas y contribuyen a la formulación de políticas sociales. Aunque no se someten a ratificación cada gobierno debe enviarlas a su órgano legislativo para que se le dé forma de ley o adopte otras medidas, son sugerencias.

RESOLUCIONES: Son instrumentos referidos a los órganos internos de la OIT (Consejo de la Administración) y puede convertirse en el orden del día de la Conferencia y generar normas de mayor alcance y trascendencia por tratar temas de gran interés. Generalmente son los trabajadores los que presentan proyectos de resoluciones sobre puntos de especial interés que deben ser materia del orden del día de la Conferencia internacional del trabajo por ejemplo problemas específicos de una región o necesidades urgentes de algún sector de la industria.

4. Cuáles son los principales convenios de la OIT, sobre salud ocupacional.

R/

Convenio N° 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores.

Protocolo de 2002 relativo al Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores.

Convenio N° 161 sobre los servicios de salud en el trabajo.

Convenio N° 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo.

Convenio N° 139 sobre el cáncer profesional.

Convenio N° 120 sobre higiene en los establecimientos

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