TP Procedimientos
Enviado por Analia Belen Escudero • 25 de Enero de 2021 • Trabajo • 1.455 Palabras (6 Páginas) • 292 Visitas
Juan, después de una vida de esfuerzo, decide vender unos de sus departamentos para costear un tratamiento médico, para ello acuerda con el vendedor el precio en la suma de $20.000.000.-Pese a la entrega de la propiedad conforme con lo pactado, el comprador no le paga el precio de lo estipulado en el plazo de 10 años. Afortunadamente, la escritura de la compraventa fue pactada a través de una escritura pública.
Preguntas:
- Explique porque Juan al haber celebrado el contrato de compraventa a través de una escritura pública es una gran ventaja en términos procesales a fin de lograr su cumplimiento .Explique además, que gran diferencia tiene la compraventa celebrada por escritura pública con una celebrada con escritura privada.
- ¿Qué defensas podría interponer en un juicio ordinario el comprador del inmueble? ¿esas defensas son las mismas si el juicio fuera ejecutivo? Fundamente.
- Realice un cuadro comparativo entre las excepciones en el juicio ordinario comparándolo con el juicio ejecutivo, considerando especialmente la taxatividad de excepciones, plazos y requisitos.
- En el caso que el demandante gane el juicio ¿Qué bienes podría embargar? ¿Cómo se procederá al remate de los bienes? Explique.
Desarrollo
De acuerdo a la primera de las preguntas debemos tener presente que una escritura pública es aquel documento público el cual es otorgado ante un notario y asimismo este es incorporado en un protocolo o en un registro público, asimismo una escritura pública es de los títulos ejecutivos utilizados con mayor frecuencia en nuestro sistema, ya que con estos se otorgan algún tipo de garantía hipotecaria que son realizados mediante contratos complejos, siendo asimismo una gran ventaja esta, ya que esta consiste en una tramitación de manera rápida, asimismo ofrece una gran cantidad específica y limitada respecto al demandado, además de hacer presente que ante un juicio ante un juicio ejecutivo este tendrá más barreras elevadas respecto al juicio en sí, haciendo mención que en nuestro juicio hay momentos en que se podrán mostrar documentos. También podemos mencionar que un juicio ejecutivo funciona de una manera más rápida, además permite reducir la complejidad de la controversia que deberá resolver una situación ante un tribunal.
Refriéndonos entre las diferencias de una escritura pública y una escritura privada, podemos mencionar que la escritura pública es un documento que debe ser firmado ante un notario público, el cual certificara una firma y la aceptación de las partes ante un contrato antes realizado , siendo el original guardado en dicha notaria , documento que quedara registrado y anotado en sus registros, posteriormente a eso será enviado a un archivero judicial el cual lo pondrá a disposición del público, dada la circunstancia cualquier persona o entidad podrá consultar sobre este documento, en cambio la escritura privada también asistirá ante un notario pero este será una tramitación de forma especial, una vez firmada la escritura esta deberá ser protocolizada de oficio dentro de 30 días corridos desde que sea suscrita , esta será de manera publica una vez que ya sea haya protocolizada, asimismo la escritura original será guardad en dicha notaria, y podrá ser autorizada la copia de las originales. Asimismo debemos hacer presente que la escritura pública debe ser firmada ante un notario, no siendo el caso de una escritura privada, además de que la segunda de las mencionadas tiene un valor inferior a la primera.
Refiriéndonos a la defensa entre un juicio ordinario y uno ejecutivo, podemos decir que el primero de los mencionados es una tramitación más lenta, en este juicio podemos acompañar documentos en cualquier etapa del juicio, asimismo en un juicio ordinario estamos sujetos ciertos plazos, asimismo existe una controversia principal, al cual se desarrolla mediante el libro principal, en el que el deudor podrá controvertir el mérito de la acción ejecutoria, siendo está a través de excepciones que sean resueltas por un juez, este siendo un procedimiento especial y de breve tramitación. En cuanto al juicio ejecutivo hablamos de una tramitación de manera más rápida, está ofreciendo una cantidad específica y limitada de defensas del demandado, además el mismo demandante debe acreditar requisitos específicos que no sean necesario para el juicio ordinario, este también tiene barreras de accesos más elevados, solo podrán demandar ejecutivamente una vez que sea extinguido el plazo.
Asimismo debemos hacer presente que en un proceso ordinario una vez que se declare la demanda a favor de demandante, en muchos casos loa procesos ejecutivos no buscan la declaración de derecho, ya que este contenido se encuentra en jun documento que preste merito ejecutivo, en otras palabras el juicio ordinario es discutible, en cuanto al ejecutivo no lo es, este tiene por finalidad de que la sentencia entre el deudor sea una obligación estipulada en un documento que sea clara, expresa y exigible.
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