VALORES JURIDICOS
mchan11 de Junio de 2013
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INTRODUCCION
El siguiente trabajo que se expondrá tienen como objetivo conocer más a fondo los valores que nos va formando como personas, estos valores son irrenunciables en el Estado de Derecho, debido a que son aquellos que hacen que se cumplan los derechos de cada persona
Los valores que vamos a desarrollar en este trabajo son superiores o fundamentales como son la Justicia, la Igualdad, la Seguridad, la Paz, Libertad y el Bien Común, que servirán de base para la creación y/o enjuiciamiento del derecho positivo los cuales se identifican en la Rama del Derecho y cuyos significados se explicaran y se analizaran.
Los Valores Jurídicos, pueden ser definidos como una especie de valores éticos o morales, los cuales son usados como criterio para enjuiciar al derecho positivo, a su vez permiten realizar las reformas necesarias para lograr el progreso social. Resultan del pensamiento consciente.
Pero si el derecho no es un valor y si no hay valores jurídicos qué es el derecho.
Haesaert responde que el derecho es una manera de realizar valores. El derecho es una técnica y particularmente unas técnicas de las relaciones sociales. Los hombres persiguen sus fines de tres maneras: por medios exclusivamente naturales. por el empleo de cosas y por el empleo de hombres. La manera más común es la última. Cada vez que los individuos realizan una obra colectiva. se sirven unos de otros en alguna forma. Siendo así respectivamente medios de determinados fines.
CLASIFICACION DE LOS VALORES JURIDICOS:
1- Fundamentales: Son los valores esenciales que no pueden faltar al momento de conformar un ordenamiento jurídico genuino, constituyen requisitos fundamentales, debido a que en su ausencia reinaría el caos social, la arbitrariedad, el irrespeto a la dignidad humana. Se consideran valores fundamentales la justicia, la seguridad jurídica y el bien común.
2- Consecutivos: Con aquellos cuya realización se logra mediante la aplicación de los valores fundamentales: la libertad, la igualdad y la paz social.
VALORES FUNDAMENTALES
LA JUSTICIA
Hay muchas definiciones de justicia; para Platón , era una virtud superior y ordenadora de las demás virtudes (que mantendrían una relación armónica), indicaba que la justicia como virtud suprema se encontraba por encima de la sabiduría, la valentía y el dominio de sí mismo; Platón proponía que los puestos de mando lo lleven los mejores de la sociedad, a su entender, los más sabios. Aristóteles señalaba que lo justo es lo igual y puesto que lo igual es un medio, la justicia sería el justo medio; proponía una justicia como igualdad proporcional, es decir, dar a cada uno lo que es suyo, lo que le corresponde, en proporción con su rango social y sus méritos personales; señalaba además que la justicia es una virtud por la cual cada uno recibe lo suyo conforme a la ley (norma vigente) y que la injusticia, en cambio, era aquello por lo cual uno recibe un bien ajeno y no de acuerdo con la ley . Ulpiano expresó que la justicia era la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo. Para San Ambrosio la justicia era la madre fecunda de las demás virtudes. Según San Agustín, Dios era la fuente de toda justicia, expresada en los mandamientos. Santo Tomás de Aquino manifestó que la justicia es el hábito por el cual, con perpetua y constante
voluntad, es dado a cada cual su derecho, y que los ciudadanos han de tener los derechos naturales que son los que Dios les da.
En el criterio de Stammler la justicia es una idea de armonía permanente y absoluta de la conducta social. Radbruch sostiene que la justicia al igual que lo bueno, lo verdadero y lo bello, es un valor absoluto, determina la relación de igualdad o desigualdad en el trato humano. Carlos Cossio concibe a la justicia como una virtud totalizadora armonizadora de todas las demás virtudes. Werner Goldschmidt expresa que el principio supremo de la justicia consiste en asegurar a cada cual un espacio de libertad dentro del cual pueda desenvolver su personalidad y transformarse de hombre a persona; agrega este autor que la justicia es el reparto de todos los bienes y males entre todos los hombres, y de acuerdo con reglas derivadas de la razón, es la más expresiva e impresionante, la más grandiosa y específica manifestación de la moral sobre la tierra.
La justicia también se entiende como el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones. Sin justicia no podemos definir ni hablar del Derecho.
Puede decirse que en la historia de la teoría de justicia se desdoblan tres tendencias fundamentales: En un primer momento, se vio a la justicia como una cualidad subjetiva: como una virtud o un hábitomoral, la expresión del bien absoluto, la santidad, la perfección individual del ser humano.
En un segundo momento, la justicia pasó a ser contemplada de forma objetiva: como realización del orden social justo, resultante de exigencias transpersonales inmanentes al proceso del vivir colectivo, una cualidad por la cual un acto humano es justo (la justicia como valor jurídico).
Con todo, no se puede separar la comprensión subjetiva de la objetiva, de acuerdo con lo que ya advertía Platón. “no puede haber justicia sin hombres justos”.
En un tercer momento, se contemplaba a la justicia desde su aspecto ideal: la justicia es el sentimiento que cada uno lleva consigo en cada lugar y en cada época sobre como deben ser los actos humanos y el Derecho.
El filósofo comunitarista Michael Walzer ha señalado que la justicia no trata de eliminar las diferencias entre las personas, sino del dominio de unos sobre otros en distintas esferas. Walzer entiende que las distribuciones son justas o injustas en relación con los significados sociales de los bienes que estén en juego; y para evitar la injusticia, es decir, la dominación de las esferas de los bienes, propone el principio distributivo abierto: “Ningún bien social x debe ser distribuido a los hombres y mujeres que posean otro bien y, por la mera razón de que posean y, sin más relación con el significado x”; por ejemplo, sería injusto que un hombre se apropie de la tierra por el mero hecho de que es hijo de un ministro o de un industrial exitoso, marginando a los campesinos .
Otra teoría que vale la pena señalar es la de Ronald Dworkin, quien considera que los derechos individuales tienen mayor sentido si los consideramos necesarios. Argumenta que la igualdad económica y los derechos individuales familiares, surgen de la misma concepción de igualdad como independencia, de tal manera que la igualdad es el motor del liberalismo, y toda defensa del liberalismo es también, una defensa de la igualdad (el liberalismo requiere de la igualdad).
La justicia solamente se realiza respecto a otras personas. Un niño puede romper el juguete de otro, y esto será una falta de justicia si no remedia la situación comprando otro o arreglando el que ha roto, por ejemplo; sin embargo, si el niño rompe su propio juguete, no habrá falta de justicia.
La justicia como virtud
En la antigua Grecia se manejó el concepto amplísimo de justicia como virtud personal o rectitud. “En la justicia se halla contenida toda virtud” sentenciaba el poeta arcaico Teognis de Mégara, al que Aristóteles daba la razón comentando que ciertamente la justicia es la virtud más completa, porque quien la posee puede practicarla respecto a los demás y no sólo respecto a sí mismo. En esta práctica o comportamiento hacia los demás es donde se conoce el verdadero valor de las personas. De ahí que la justicia sea la virtud más importante. La justicia no puede ser contemplada solamente desde el punto de vista de la persona que realiza actos justos, sino también desde la perspectiva de sus alcances sociales.
La justicia como virtud consiste en el hábito o voluntad firme, constante, perpetua y libre del ser humano de reconocer y otorgar el derecho de los demás. Persona justa es la que realiza el bien que le impone la virtud de la justicia; el acto virtuoso es por esencia libremente determinado y por tanto voluntario. La persona virtuosa realiza perpetua y constantemente actos justos.
La justicia como virtud es superior al Derecho; abarca otras virtudes conexas: la religión, que da a Dios el culto debido; la piedad, que tributa a los padres y a la patria los homenajes merecidos; el respeto mediante el cual se honra a las personas dignas; la gratitud o reconocimiento por los beneficios recibidos; la veracidad que impide el engaño y la hipocresía; la liberalidad, que permite auxiliar a los demás y dar de sí en beneficio ajeno; la afabilidad, que torna agradable la convivencia y se inspira en el amor al prójimo y en el respeto que le debemos .
El ser humano religioso, piadoso, respetuoso, grato, veraz, liberal y afable que da perpetua y constantemente a los demás lo que le corresponde –culto, piedad, respeto, gratitud, franqueza, ayuda, gentileza- es una persona justa. Pero mientras estas virtudes tienen como término el propio sujeto que las realiza, la justicia tiene un sentido social, se dirige hacia otra persona. De ahí que la justicia se caracteriza por la alteridad, la reciprocidad y el intercambio.
La justicia como virtud se define siempre como el hábito de dar a cada uno lo que es suyo. Más que la letra de la justicia –que a veces es injusta, por ejemplo cuando defiende la propiedad privada
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