VALORES JURIDICOS
Enviado por analiux • 23 de Noviembre de 2011 • 2.167 Palabras (9 Páginas) • 1.214 Visitas
TEMA V. VALORES JURIDICOS
5.1. Ética y conducta social
Concepto: Parte de la filosofía que trata de la moral y las obligaciones del hombre en el cual existen dos concepciones fundamentales
a) La que la considera ciencia del fin al que deba dirigirse la conducta del hombre y de los medios para lograr tal fin y derivar tanto el fin como los medios de la naturaleza.
b) La que la considera la ciencia del impulso de la conducta humana e intenta determinarla con vistas a dirigir o a disciplinar dicha conducta.
Para Jellinek, toda norma tiene un contenido moral; en otros términos, es moral sancionada y revestida de fuerza coactiva; por ello, no puede haber derecho sin contenido moral.

Para H. L. A. Hart toma una postura divergente de la anterior:
Los derechos y las obligaciones jurídicas constituyen el punto en el cual el derecho protege, con sus medios coactivos, la libertad individual y la restringe, o confiere a los individuos o les niega la facultad de usar la maquinaria coactiva del derecho.

Para Atienza, la ética aplicada, atiende a problemas ecológicos, económicos, de política internacional, de medicina, etc., y la ética de profesiones, es de los médicos , científicos y de los periodistas.

5.2. Valores (Axiología) y fines (Teleología)
Valor: Grado de utilidad o aptitud de las cosas para satisfacer las necesidades o proporcionar bienes o deleite.
En la filosofía del derecho destacan las siguientes disciplinas con sus respectivos valores fundamentales de las que se ocupan:
Valores fundamentales Disciplina que lo estudia
La bondad o lo bueno Ética
La belleza Estética
La verdad Lógica
Lo santo Filosofía de la religión
Lo útil Economía
Corresponde a la naturaleza deóntica de los deberes la posibilidad de será violados y esta en la misma naturaleza deóntica de los valores la imposibilidad de ser realizados íntegramente.
Con la axiología jurídica podemos tanto revisar los valores fundamentales del derecho, como encontrar las constantes en su configuración y las diferencias de contenido en cuanto a su definición que determinan en parte sus circunstancias, destacando la regional y temporal.
Fin: Objeto o motivo con que se ejecuta una cosa, aquel a cuya consecución se dirigen la intención y los medios del que obra.
5.3. El hombre y los valores
Para Spranger la distinción de seis tipos fundamentales de la individualidad, es: el hombre teorético, el económico, el estético, el social, el religioso y el imperioso, estas categorías dependerán del tipo de valores que prevalezcan en sus decisiones.
5.4. Libre albedrío (libertad y responsabilidad jurídica)
Para determinar la existencia o no del libre albedrío existen dos teorías:
a) Los in deterministas se pronuncian a favor de la existencia del libre albedrío: consideran que el hombre es dueño de su conducta y entienden no solo que puede decidir por sí libremente, sin hallarse sometido a forzosidades ineludibles, la ruta de su comportamiento, sino también que el obrar humano no se halla determinado por un complejo de causas inexorables.
b) Los in deterministas insisten en que, a pesar de las fuerzas externas que actúan sobre nosotros y de los factores íntimos que obran en nuestra interioridad, nos sentimos libres para tomar por cuenta propia una decisión y por tanto nos sentimos responsables de la decisión tomada.
Según Recaséns Siches dice que el hombre es albedrío, expreso simplemente su situación esencial respecto a la circunstancia que lo enmarca y al proceso de su vida: situación que consiste en hallarse siempre ante una pluralidad limitada y concreta de posibilidades, esto es, de caminos aseguir y por tanto, en la necesidad de decidirse por si mismo, por cuenta propia, bajo su responsabilidad, a elegir una de esas vías.
Elementos Comentarios
1. Capacidad En nuestro sistema jurídico consideramos a la capacidad como un grado de aptitud que se puede obtener con la mayoría de edad, a través de emancipación o nunca en función de padecer discapacidad mental o física que haga imposible la comunicación inequívoca de su voluntad.
2. Opción De nada sirve contar con la capacidad para decidir si no existen pociones, lo cual implica que debe haber más de una posibilidad para que se configure.
3. Decisión Para que se tenga el albedrío implica que la decisión es libre, pero incluso aun no siéndolo existe ante la falta de opciones, la opción de no decidir.
4. Información Una decisión sin información no es decisión. Desde hace siglos en Europa se configuró el llamado derecho a saber, en el caso mexicano a partir de 2002 se presentaron las primeras legislaciones en materia de transparencia y derecho de acceso a la información pública gubernamental como un paso decisivo para la consolidación de nuestra incipiente democracia. No hay que olvidar que el fin último del derecho a la información es el mejorar la calidad de vida de las personas.
5.5 La Cultura y los Valores
Cultura: Es un conjunto de las manifestaciones en que se expresa la vida tradicional de un pueblo. Tiene dos significados fundamentales: el primero es más antiguo y significa la formación del hombre, su mejoramiento y su perfeccionamiento, mientras que el segundo indica el producto de esta formación, esto es, el conjunto de los modos de vivir y de pensar cultivados, civilizados, pulimentados a los que se suele dar también el nombre de civilización.
Para Recaséns Siches, cultura es lo que los miembros de determinada sociedad aprenden de sus predecesores y contemporáneos en esa sociedad y lo que le añaden y modifican, es la herencia social utilizada, revivida y modificada.
TEMA VI AXIOLOGIA JURÍDICA
6.1 Proyección de los valores en el mundo de lo jurídico
Dentro de los problemas contemporáneos de la filosofía del derecho uno de los que no se deben postergar es lo referente a los valores y su inmersión en el mundo jurídico, problemas como corrupción, distribución inequitativa de la riqueza, abusos
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