Derecho Romano Consutudinario
Enviado por Jesus24 • 30 de Abril de 2013 • 371 Palabras (2 Páginas) • 675 Visitas
Atributo de la personalidad
Los atributos de la personalidad, en Derecho, son aquellas propiedades o características de identidad propias de las personas físicas o jurídicas en tanto que titulares de derechos.
Índice
[ocultar]
• 1 Características
• 2 Atributos de la persona
• 3 Notas y referencias
• 4 Bibliografía
[editar]Características
• Son necesarios: sin ellos no existe la persona.
• Son únicos: solo se puede tener un atributo del mismo orden.
• Son inalienables: están fuera del comercio, no pueden transmitirse por medio de ningún acto ni negocio jurídico.1
• Son imprescriptibles: no se adquieren ni se pierden por el mero transcurso del tiempo.2
• Son irrenunciables: ni los titulares de estos atributos pueden renunciar a ellos unilateralmente ni la autoridad pública puede establecer sanción alguna que implique su eliminación.3
• Son inembargables.
[editar]Atributos de la persona
• Nombre: En las personas físicas corresponde al conjunto de letras y palabras que sirven para identificar e individualizar a una persona. En las personas jurídicas corresponde a la Razón Social o a la Denominación.
• Capacidad: Es la aptitud que tienen las personas físicas para ser sujetos activos y pasivos de relaciones jurídicas. Suele distinguirse entre capacidad jurídica o de goce, imprescriptible, inmutable, irrenunciable, y de orden público; y capacidad de obrar o de ejercicio concreto de los derechos, que puede ser limitada, parcial y variable. Normalmente, las legislaciones establecen supuestos en los que una persona física puede ser incapacitada mediante decisión judicial cuando no puede gobernarse a sí misma debido a enfermedades persistentes de carácter psíquico o físico.
En las personas jurídicas la capacidad para ser sujetos de derechos y obligaciones está determinada por el alcance de su objeto social y necesariamente se ejercita por medio de la representación a través de una persona física, tanto judicial como extrajudicialmente.
• Domicilio: En las personas físicas se refiere al lugar de permanencia del individuo, En las personas jurídicas al lugar físico donde tiene su domicilio fiscal.
• Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que tiene una persona con uno o varios Estados determinados.
• Patrimonio: En las personas físicas son el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valorarse económicamente. En las jurídicas adicionalmente son los medios que les permiten realizar sus fines. El patrimonio puede ser pecuniario o moral
• Estado civil: Atributo exclusivo de las personas físicas consiste en la situación particular de las personas respecto de su familia, la sociedad y el Estado.
...