Derecho Romano.
Enviado por globaltravelslp • 8 de Marzo de 2014 • Tesis • 2.436 Palabras (10 Páginas) • 404 Visitas
Derecho Romano
La mayor aportación del mundo romano a las ciencias sociales es: el Derecho.
David, René.
I. CONCEPTO DE DERECHO ROMANO
Sistema jurídico por el cual se regio la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia desde su origen hasta la muerte del Emperador Justiniano, al conjunto de soluciones a los conflictos patrimoniales y al conjunto de escritos en el cual vienen consignadas las soluciones a los conflictos patrimoniales de los ciudadanos romanos.
Siendo el más importante a destacar la gran compilación legislativa,” Corpus Iuris Civilis” (Cuerpo Jurídico Civil) hecha por el emperador Justiniano hacia la primera mitad del siglo VI d.C.
I.2 Su importancia en el estudio de la ciencia jurídica
La importancia del derecho romano estriba por el hecho de que los romanos fueron los creadores del ius. Destacan ciertas características de este Derecho, principalmente la del papel que en las fuentes productoras del ius, este aparece diferenciado de la lex. Esta última cumple solamente un papel muy limitado en el ius privatum. Por el contrario la esencia del Derecho romano aparece fundada en el ius, que es la “ciencia de lo justo”. El ius resulto la labor de los iurisprudentes romanos, quienes con un método propio produjeron la inventio de las “soluciones de justicia” la importancia del derecho romano no quedo limitado a la vida política de lo que fue la entidad Romana, sino que se prolongó a Occidente, sobre todo a partir del siglo XII d. de C. hasta convertirse en el “derecho común” de toda la Cristiandad, sirviendo de fuente directa en los distintos códigos no solo europeos sino latinoamericanos.
En Iberoamérica es importante resaltar como el Derecho Romano renace mediante los estudios y tratados de los glosadores y posglosadores, primero en España se hizo sentir también esta nueva influencia y como demostración de ella se expidieron las famosas leyes conocidas como las Siete Partidas, cuerpo legal eminentemente romanista. Las Siete Partidas dejaron sentir la influencia del Derecho Romano no sólo en la jurisprudencia, sino en la confección de nuevas leyes, como la Nueva y Novísima Recopilación. Algunos preceptos que aparecen en las Leyes de Indias acusan también la inspiración del origen romano.
En México, después de la Independencia se siguieron aplicando las leyes españolas y las Siete Partidas mismas, que fueron el texto principal de las leyes en vigor, hasta la promulgación del Código Civil de 1870. La influencia del Derecho Romano en la legislación mexicana a través de la francesa, debe tenerse en cuanta que el Código Civil francés o Código de Napoleón, fue el modelo de todas las codificaciones del derecho civil a través del siglo XIX y que nuestro Código de 1870 no fue una excepción. El Código de Napoleón, aun cuando tuvo por origen diversas fuentes tales como las costumbres francesas, las ordenanzas reales de donde fueron tomados todos los preceptos que el citado código encierra, son netamente romanos. Nuestro Código civil de 1884 siguió los mismos lineamientos que el anterior, inspirado en fuentes romanas y el Código Civil vigente a pesar de las diversas modificaciones introducidas a los que le precedieron, predomina en él Derecho Romano.
El primer estado de la República Mexicana que publico sobre primer Código Civil, fue el estado de Oaxaca.
II. FONDO POLÍTICO-SOCIAL DEL DERECHO ROMANO
II.1 La Monarquía
II.2 La República
II.3 El Imperio
Etapas históricas de Roma.
La historia de Roma se divide en tres momentos principales: Monarquía, República e Imperio. Cada uno de estos momentos tiene unas características especiales, en cuanto a organización social, estamentos administrativos, funcionamiento del Estado y funcionamiento del derecho.
1.- La Monarquía: Desde la fundación de la ciudad de Roma el 21 de abril del año 753 a. C. hasta la caída del último de sus siete reyes en el año 509 a. C. (Rómulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio, Anco Marcio, Tarquino el Antiguo, Servio Tulio y Tarquino el Soberbio). Si bien el rey tenía poderes amplísimos, lo acompañaban como autoridades políticas, el Senado (con función consultiva) y los comicios o Asamblea de ciudadanos, que votaban las leyes. En esta etapa, poco separada la política de la religión tuvieron mucha importancia también los colegios sacerdotales (el de los Pontífices, formado por 15 miembros presididos por el Pontífice máximo, con gran importancia en materia jurídica, ya que eran custodios de las fórmulas sacramentales con los que celebraban bajo pena de nulidad los actos jurídicos; el de los augures, que consultaban la voluntad de los dioses; y el de los feciales que tenían a su cargo la relación de Roma con los pueblos extranjeros). El Derecho estaba regido por las mores maiorum o costumbres de los antepasados y solo pocas leyes comiciales (algunos autores sostienen que en este período no las hubo).
2.- La República: En esta etapa (509 a. C. al 27 a. C.) se atenúa el poder ilimitado de los gobernantes, a través de una mayor división de poderes, ejercidos por magistraturas en su casi totalidad colegiadas (salvo la dictadura por razones excepcionales), y temporales. Los magistrados (cónsules, pretores, ediles y cuestores) ejercían sus cargos ad honorem (gratuitamente) y debían responder al finalizar su mandato por sus acciones durante el desempeño del cargo. Continúan también como poderes políticos, el Senado y los Comicios. En el año 450 a. C. se dictó la primera ley escrita: La Ley de las XII Tablas. También surge la potestad del Senado de dictar senadoconsultos, pero que no serán obligatorios. Otras fuentes de derecho de esta época fueron los edictos de los magistrados, que hicieron surgir el Derecho Honorario.
3.- El Imperio: Que suele dividirse en tres etapas: El Alto Imperio o Diarquía, donde a la autoridad imperial con potestad legislativa a través del dictado de constituciones imperiales, se le une el gran poder del Senado, cuyos senadoconsultos adquieren carácter obligatorio, y que comprende desde el año 27 a. C. cuando asume como emperador Octavio con el título de Augusto hasta el año 235 en que muere el emperador Alejandro de la dinastía de los Severos, en que comienza un segundo período, de anarquía, donde se sucedieron muchos emperadores en un contexto violento. El tercer momento es a partir del reinado de Diocleciano, en el año 284, donde se conocerá esta parte de la historia de Roma como Dominado, en la que el emperador será considerado un Dios. El imperio se dividió en dos: el de Occidente que cayó en poder de los pueblos bárbaros en el año 476, y el de Oriente, que subsistió hasta el año 1453 en que Constantinopla cayó en poder de los turcos.
III. DESARROLLO DE LAS FUENTES FORMALES DEL DERECHO
...