Relacion Entre Los Derechos Humanos Y Las Garantias Individuales
Enviado por Jess.Mathers • 16 de Febrero de 2014 • 2.049 Palabras (9 Páginas) • 586 Visitas
DECLARACION DE LOS DERECHOS HUMANOS GARANTIAS INDIVIDUALES DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 4
El varón y la mujer son iguales ante la ley
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. Artículo 1
En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Artículo 14.
Nadie podrá ser privado de la libertad
Artículo 16.
Nadie puede ser molestado en su persona
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, Artículo 2
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por ese solo hecho, su libertad y la protección de las leyes
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Artículo 22
Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los
Azotes, los palos, el tormento de cualquier especie.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación Artículo 1:
En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.
Artículo 17: Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales Artículo 8
Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, Artículo 17: Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. Artículo 18
Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva.
Artículo 23: Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones Artículo 13
Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales
Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad,
Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Artículo 20
En todo juicio del orden criminal tendrá el acusado las siguientes garantías: . A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Artículo 16
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente,
Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. Artículo 11
Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.
Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Artículo 15
No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común, que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos
Artículo 15: Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
(Después de las garantías individuales en la constitución política de los estados unidos mexicanos) Artículo 30:
La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
Artículo 16
Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna a casarse y fundar una familia y en caso de disolución del matrimonio.
• Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
• La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Artículo 4
El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
Artículo 4 Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa.
Artículo 17
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 14: A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades o posesiones.
Artículo 16: Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en
...