Derechos Humanos Y Garantías Individuales
Enviado por MdroLover • 21 de Noviembre de 2012 • 3.282 Palabras (14 Páginas) • 706 Visitas
DERECHOS HUMANOS
Los Derechos Humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Para autores iusnaturalistas estos derechos no dependen del ordenamiento jurídico vigente exclusivamente, por ello son considerados fuente del Derecho, sin embargo desde el positivismo jurídico la realidad es que solamente los países que suscriben los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus Protocolos -Carta Internacional de Derechos Humanos- están obligados jurídicamente a su cumplimiento.
Desde éste punto de vista los Derechos Humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre persona y sociedad que permita a los individuos ser personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con las demás personas.
Habitualmente sin embargo desde el positivismo jurídico la realidad es que solamente los países que suscriben los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus Protocolos -Carta Internacional de Derechos Humanos- están obligados jurídicamente a su cumplimiento. El concepto de Derechos Humano es universal e igualitario, es decir, todos los poseemos sin importar como ya se mencionó, raza, sexo, clase social o ideología; son atemporales y no dependen de los contextos sociales e históricos.
Los Derechos Humanos son una idea de gran fuerza moral y respaldo creciente. Para muchos, la doctrina de los Derecho Humanos se extiende más allá del Derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo.
Ésta doctrina ha realizado un importante esfuerzo por clasificar y sistematizar los derechos humanos. Normalmente se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente –aunque ya no de manera exclusiva– el Estado, la realización de determinadas actividades positivas. Otra clasificación muy extendida es la que ordena los derechos humanos en tres o más generaciones, atendiendo por lo general al momento histórico en que se produjo o produce su reivindicación.
Entre los antecedentes de los Derechos Humanos está la promulgación establecida en Virginia en 1776, con motivo de la independencia de los Estados Unidos.
Estos derechos se incluyen en la Declaración Francesa de 1789 y posteriormente se proclamó el 10 de diciembre de 1948 en la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), la Declaración Universal de los Derechos Humanos ésta se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades. Dicha declaración se integra de 30 artículos y plantean lo siguiente:
La presente Declaración tiene como ideal común que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos.
• Art. 1º.- Todos los seres humanos nacen libres en igualdad y derechos.
• Art. 2º.- Toda persona tiene los derechos y libertades de esta Declaración. Sin distinción de raza, sexo, religión, idioma o política.
• Art. 3º.- Todo individuo tiene derecho a la vida, la seguridad y la libertad personal.
• Art. 4º.- Nadie estará sometido a la esclavitud y la servidumbre.
• Art. 5º.- Nadie será sometido a tortura, trato cruel, inhumano o denigrante.
• Art. 6º.- Todo humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
• Art. 7º.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
• Art. 8º.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo que le ampare contra actos que violen sus derechos.
• Art. 9º.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, arrestado ni apresado.
• Art. 10º.- Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para determinar sus derechos y obligaciones.
• Art. 11º.- Todo acusado de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe su culpabilidad.
• Art. 12º.- Nadie será objeto de acciones arbitrarias en su familia, su vida privada, su persona, ataques a su honra o reputación.
• Art. 13º.- Todos tienen derecho a circular libremente y elegir su residencia en un Estado determinado.
• Art. 14º.- En caso de persecución tiene derecho a buscar asilo en cualquier país.
• Art. 15º.- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
• Art. 16º.- Hombres y mujeres en edad núbil tiene derecho a casarse, formar una familia con igualdad de derechos y en caso de divorcio compartir responsabilidades con los hijos.
• Art. 17º.- Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectiva.
• Art. 18º.- Toda persona tiene libertad de pensamiento, religión y conciencia.
• Art. 19º.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión.
• Art. 20º.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacífica.
• Art. 21º.- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
• Art. 22º.- Toda persona tiene derecho a la seguridad personal.
• Art. 23º.- Toda persona tiene derecho a un trabajo, a elegirlo y a percibir a trabajo igual, salario igual.
• Art. 24º.- Toda persona tiene derecho al descanso al disfrute de su tiempo libre y a vacaciones periódicas y pagadas.
• Art. 25º.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, a la salud, y al bienestar, al vestido, vivienda, asistencia médica, servicios sociales, seguros de (desempleo, invalidez, viudez, enfermedad, etc.)
• Art. 26º.- Toda persona tiene derecho a la educación.
• Art. 27º.- Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y del progreso científico.
• Art. 28º.- Toda persona tiene derecho a gozar del orden nacional e internacional para que sus derechos sean
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