CONCEPTO DE DERECHO Y DE LAS NORMAS JURÍDICAS
Enviado por Draugr • 26 de Septiembre de 2012 • 409 Palabras (2 Páginas) • 2.456 Visitas
CONCEPTO DE DERECHO Y DE LAS NORMAS JURÍDICAS
la amenaza de la coacción no es, por tanto, una norma jurídica. Según el profesor Robert Walter del Instituto Hans Kelsen de Viena, el Derecho se designa por diferentes pueblos y en diferentes épocas como fenómenos sociales considerados como órdenes del comportamiento humano. El comportamiento humano se regula solo en tanto se relacione directa o indirectamente con otros individuos. Esta relación puede ser individual o colectiva. En ambos casos, se regula aquello que se considera valioso para la comunidad.
Según la teoría pura del Derecho, debe considerarse como “Derecho” un sistema de normas, las cuales prescriben la aplicación de actos de coacción socialmente organizados para un determinado comportamiento considerado como no deseado.
Cuando se habla de normas jurídicas en el lenguaje cotidiano, pensamos en las normas que permiten o prohíben un comportamiento determinado, estas son las normas coactivas o sancionadoras. Son normas de comportamiento.
La norma individual de comportamiento se formula de la siguiente manera:
Si
1. Un órgano competente, en virtud del Derecho constitucional, ha establecido una norma coactiva mediante un procedimiento previsto por el Derecho Constitucional y
Si
2. Existe un estado de cosas en el que esta norma coactiva está asociada a una sanción,
Entonces:
Ese órgano debe prescribir la aplicación de la sanción de conformidad con el procedimiento de ejecución previsto por el Derecho procesal.
Es posible dividir la formulación de la norma coactiva y separarla de las reglas de creación jurídica. De manera que se califique dicha norma facultativa:
a) Para facultar la creación de la norma coactiva o
b) Para facultar el cumplimiento de la norma coactiva o
c) Para facultar la creación de normas facultativas.
El concepto de norma facultativa, se divide a su vez, en los conceptos de normas de creación y norma de ejecución.
El contenido de la norma derogativa no consiste en crear nuevas obligaciones o facultades, sino en suprimir la validez de normas anteriores, es decir, derogar. Cuando se suprime la validez de una norma anterior y no se crea una nueva, el comportamiento regulado anterior está ahora libre o permitido.
Tenemos entonces tres tipos de normas jurídicas: Normas de comportamiento, normas de facultamiento y normas derogatorias, las que, se encuentran articuladas en un orden jurídico, no sólo aclaran la estructura del orden jurídico que a veces aparece oculto tras las formulaciones del lenguaje, sino que permite observar la relación que vincula a los diferentes tipos de normas. Todas se vinculan a la norma coactiva y por tanto, deben considerarse como partes de un “orden coactivo norminativo”. Una norma sin
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