Civil Law Y Common Law
Enviado por Anonimous90210 • 1 de Octubre de 2013 • 1.272 Palabras (6 Páginas) • 739 Visitas
Se denomina sistema de Civil Law (o sistema de Derecho continental o familia romano-germánica) al Derecho propio de la Europa continental, aunque numerosos países extraeuropeos se han sumado a este sistema. Estos países recibieron el Derecho romano-bizantino en los siglos XII y XIII, y más tarde se constituirían como Estados nacionales durante los siglos XVI y XVII. En ellos se produjo el fenómeno de la codificación, que tuvo lugar en Europa a finales del siglo XVIII y se extendió hasta principios del siglo XX.
Como características del sistema de Civil Law suelen señalarse las siguientes:
1) Es un sistema jurídico que agrupa a aquellos en los que la ciencia del Derecho se ha formado sobre la base del Derecho romano.
2) Las normas jurídicas son reglas de conducta estrechamente ligadas a preocupaciones de justicia y moral.
3) Los diferentes derechos, pertenecientes a esta familia, se elaboraron por razones históricas a fin de regular las relaciones entre los ciudadanos y las demás ramas del Derecho se desarrollan más tardíamente y con menos perfección partiendo de los principios del Derecho civil.
5) Por lo que a la aplicación del Derecho se refiere, los principios del Civil Law son los siguientes: a) la solución de cada caso debe encontrarse en el Derecho escrito, b) los precedentes, a pesar de tener autoridad no son obligatorios, c) el tribunal debe mostrar que su decisión está basada en el Derecho escrito y no únicamente en el precedente.
De otra parte, el término Common Law se emplea en diferentes sentidos. Así, suele emplearse para designar[7]:
a) El Derecho angloamericano en su totalidad, distinto del sistema jurídico romano.
b) El elemento casuístico del Derecho angloamericano constituido por los precedentes judiciales, es decir, la jurisprudencia de los tribunales angloamericanos, a distinción de las leyes promulgadas formalmente por el legislador.
c) El Derecho formado por las decisiones y precedentes judiciales aplicados por los clásicos tribunales ingleses llamados common law courts y los modernos tribunales de igual categoría tanto en Inglaterra como en Estados Unidos, en contraposición con el Derecho constituido por la jurisprudencia de los tribunales de equity (Derecho-equidad, almirantazgo, Derecho marítimo, Derecho canónico, etc.)
d) El antiguo Derecho en Inglaterra y en los Estados Unidos, a distinción de los preceptos introducidos en épocas recientes por la legislación o la jurisprudencia. En adelante escribiremos Common Law cuando nos refiramos al sentido
a) common law para designar el sentido
b) La familia del Common Law comprende «el Derecho de Inglaterra y todos aquellos sistemas que han tomado como modelo el Derecho Inglés y se han configurado inspirándose en éste, cuya estructura jurídica es fundamentalmente jurisprudencial”[8].
Las características tradicionales del Common Law son las siguientes[9]:
3) El Common Law es preponderantemente práctico, no teórico. En su centro está el“adversary proceeding” en los tribunales (una confrontación entre dos partes contendientes, cada una haciendo alegaciones y peticiones en el contexto específico de la controversia).
4) Es un Derecho formado por los jueces.
5) Las reglas de derecho del Common Law, menos abstractas que las del Civil Law, son reglas dirigidas a dar la solución a un proceso; no se trata de la formulación de reglas generales para el futuro. Y los principios jurídicos, tal y como son desarrollados por los tribunales, se conforman a una serie limitada de reglas emanadas de decisiones anteriores.
6) Los tribunales inferiores están obligados a seguir las decisiones de los tribunales jerárquicamente superiores.
La principal diferencia entre el sistema de derecho continental europeo y el sistema anglosajón radica en la distinta jerarquía existente entre las diversas "fuentes" de esos derechos. El Derecho anglosajón
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