Constitucion politica y civil
Enviado por 12114273 • 10 de Septiembre de 2015 • Apuntes • 1.278 Palabras (6 Páginas) • 194 Visitas
CONSTITUCION POLITICA Y CIVILIDAD
MULTICULTURALISMO E INTERCULTURALISMO
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El multiculturalismo es un término que nace en la cultura anglo, para explicar un fenómeno creciente de finales del siglo XX y del siglo XXI, la coexistencia de diversas culturales en el mismo espacio territorial y nacional.
El multiculturalismo es muy común de nuestra época ya que gracias a los importantes avances tecnológicos, al desarrollo de las comunicaciones y a la interconexión de diferentes partes del mundo, todas las sociedades pueden recibir información sobre otras. Al mismo tiempo, el crecimiento de las migraciones y del traspaso legal de las fronteras colabora con la mixtura de culturas y sociedades (tomado de http://www.definicionabc.com/general/multiculturalismo.php#ixzz2eKZfNwYh).
Algunos consideran que la simple coexistencia no garantiza la participación igualitaria de todas las culturas en la sociedad, por eso se habla que en el multiculturalismo supervive una visión etnocéntrica imperante, en la que se entiende que una de las culturas prepondera sobre la otra, desde esta perspectiva es necesario mencionar que se ha planteado en oposición a este rasgo el interculturalismo, para referirse al dialogo respetuoso entre las culturas que coexisten, que valora los componentes de cada cultura, sin que se encuentre una sobre la otra. El pluralismo, es la respuesta jurídica para que del hecho (representado en el multiculturalismo) se llegue a un ideal social en la que ninguna etnia o raza sea segregada (interculturalismo).
Lo cierto es que los conceptos de multiculturalismo, pluriculturalismo, etnocentrismo, androcentrismo[1], e interculturalismo, se encuentran fuertemente ligados al concepto de igualdad. Como se mencionó en el capítulo anterior, el derecho a la igualdad es uno fundamental, que se concreta en las siguientes actuaciones: trato idéntico a destinatarios que se encuentren en circunstancias idénticas; trato enteramente diferenciado a destinatarios cuyas situaciones no compartan ningún elemento común; (3) trato paritario a destinatarios cuyas situaciones presenten similitudes y diferencias, pero las similitudes sean más relevantes que las diferencias (trato igual a pesar de la diferencia); y (4) trato diferenciado a destinatarios que se encuentren también en una posición en parte similar y en parte diversa, pero en cuyo caso, las diferencias sean más relevantes que las similitudes (trato diferente a pesar de la similitud).
Es decir que la idea de trato a todos por igual no es absoluta, porque de serlo sería un mandato injusto, por ejemplo si María tiene un problema de discapacidad física, razón por la cual debe usar muletas, no es procedente que ella haga una fila en un banco en las mismas condiciones que aquellos que no tienen tal discapacidad, razón por la cual en los bancos existe una fila específica para estas personas. En este mismo sentido, la población indígena es culturalmente muy diferente a la nuestra, razón por la cual tienen un reconocimiento especial en la Constitución a sus normas y forma de vida, así como lo tienen as comunidades ancestrales y afrocolombianas.
Es en razón también de este concepto extendido de igualdad que hablamos de grupos vulnerables, y se constituyen medidas para favorecer a estos grupos en relación con el resto de la población. Es común que escuches hablar de igualdad formal e igualdad material, para identificar que la igualdad debe ir más allá de establecer en la Ley que todos somos iguales (formal), hasta que a través de la implementación de medidas se materialice la igualdad en la realidad social.
GRUPOS VULNERABLES
Una persona vulnerable es aquella que se encuentra en riesgo, en ese sentido todos somos vulnerables; no obstante cuando se habla de grupos vulnerables a nivel de políticas nacionales, no referimos a aquellos grupos o sectores de la población que por su condición de edad, sexo, estado civil u origen étnico se encuentran en unas especiales condiciones de riesgo que les impiden incorporarse al desarrollo y acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y beneficios de los que goza el resto de la población.
Uno de los principales indicadores de vulnerabilidad es la pobreza, aunque no es la única condición que hace a las personas vulnerables, sino que normalmente viene acompañada de otras carencias que necesariamente conducen a la vulnerabilidad, por otro lado, no siempre una persona que no es pobre no se encuentra exenta de la vulnerabilidad. Entre los grupos vulnerables se encuentran: la mujer pobre jefe de hogar con niños a su cargo; niños/as y adolescentes en situación de riesgo social; los adultos mayores; las personas discapacitadas marginadas del mercado laboral; las personas infectadas de VIH – SIDA; desplazados y migrantes. También algunas minorías, como por ejemplo las población LGBTI, las poblaciones y comunidades indígenas, afros y raizales se encuentran en condiciones de vulnerabilidad.
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