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Corona Hispana


Enviado por   •  27 de Junio de 2013  •  3.764 Palabras (16 Páginas)  •  238 Visitas

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LA POLÍTICA COLONIAL HISPANA

GENERALIDADES. El proceso de conquista se vería proseguido por el de una denominada «pacificación», que de hecho no era más que la sistemática dominación de todo intento indígena por conservar sus formas de vida y creencias originarias.

Ya desde los primeros tiempos de la conquista, la política española estuvo encaminada a producir un cambio en las culturas autóctonas, sustituyendo de sus normas por aquellos aspectos de la cultura española que la Iglesia y la Corona consideraban como los modelos ideales a plasmar en aquellas tierras.

La ordenación colonial de la América española conocería un progresivo desarrollo a lo largo de sus tres siglos de existencia formal, perfeccionando unos sistemas dirigidos abiertamente a la obtención de beneficios para los conquistadores, con el consiguiente detrimento para las poblaciones sometidas. Los modos de dominación se manifestarán en todos los ámbitos, desde el estrictamente político hasta el económico, pasando por el social, el familiar, el religioso, etc.

Los intereses económicos españoles superarían cualquier otra motivación, facilitando la tarea expoliadora, tanto de la fuerza de trabajo de los naturales como de sus riquezas materiales. En este sentido el ejemplo más evidente sería el mostrado por la institución de las encomiendas, de las que hablaremos en otros apartados.

Otro de los fenómenos que con frecuencia se produjo fue el del abandono, por parte de los indios, de sus propias comunidades, de forma temporal o definitiva. En esto influyó la imposición generalizada del pago del tributo tanto en moneda como en especies, ya que los encomenderos, con el fin de obtener mayores beneficios, obligaron a los indios a trasladarse desde sus poblaciones hacia los centros de producción, lo que provocó un continuo movimiento poblacional y un acrecentado desarraigo.

El fenómeno del mestizaje se presenta, por el contrario, como el más destacado logro positivo de la presencia peninsular en suelo americano. El amplísimo conjunto de combinaciones establecidas entre la multitud de razas presentes constituyó un magno hecho, configurador de la actual realidad iberoamericana.

Desde 1534 se va configurando en los territorios que comprenderá el Virreinato del Perú (1542) una sociedad inconexa y muy pronto escindida en soldados sin otro oficio, empujados hacia una constante guerra de ocupación sobre los territorios andinos, y una densa trama de oficiantes y prestamistas, administradores de rentas, clérigos de ocasión y testaferros. La historia de todos ellos, hasta 1569/1570 puede sintetizarse en una sucesión de trágicas acotaciones: guerras civiles, revueltas sociales, etc.

Al Virreinato, imbuido de la necesidad de imponer la autoridad del Emperador, llegó Blasco Núñez de Vela en mayo de 1544. Antes de que pasaran dos años había estallado la rebelión de Gonzalo Pizarro, comenzando la llamada «Guerra de Quito». En uno de sus episodios, la batalla de Iñaquito, D. Blasco pereció degollado, quedando el Virreinato totalmente inoperante. La «Rebelión de los Encomenderos» ha triunfado, y no será sino hasta 1548, con Pedro de Lagasca, quien en la batalla de Jaquijaguana (cerca del Cuzco) derrota a Gonzalo Pizarro, en que se restaura el control de la Corona.

LA ADMINISTRACIÓN COLONIAL. Las Indias quedaron ligadas a Castilla a través de dos organismos peninsulares, el Consejo Real y Supremo de las Indias y la Casa de la Contratación. Fundamentalmente pueden distinguirse tres etapas dentro de la formación del sistema organizativo indiano: una primera, que abarcaría desde el Descubrimiento hasta la creación de las primeras instituciones centrales; una segunda, período en el cual emergen todas las entidades gubernativas; y una tercera, que se desarrolla a partir del siglo XVIII.

En la Casa de Contratación debían guardarse «todas las mercaderías e mantenimientos e todos los otros aparejos que fueren menester para proveer todas las cosas necesarias para la contratación de las Indias e para las otras islas e partes que nos mandaremos, e para enviar allá todo lo que convenga de enviar e para en que se reciban todas las mercaderías e otras cosas que de allá se enviaren a estos nuestros reinos». Asimismo, uno de los aspectos que más interesó y preocupó a la Casa de Contratación fueron los científicos y náuticos de las navegaciones a Indias, interesada en conocer todos los detalles de los viajes y descubrimientos de ultramar.

El cometido más conflictivo de la Casa, sin embargo, fue la intervención en temas judiciales. Hasta la instauración de las Audiencias indianas ejerció jurisdicción sobre las tierras americanas y dispuso en temas administrativos, cuya competencia cedería con posterioridad al Consejo de Indias, creado en 1524. El Consejo de Indias con su nacimiento viene a reconocer la esencial importancia del gobierno de los territorios de ultramar dentro del Imperio. Este tenía funciones meramente consultivas, y los acuerdos adpotados sobre cualquier asunto eran elevados al rey en un documento denominado consulta, en el margen del cual el soberano escribía su decisión final, que no tenía que coincidir con la del Consejo, aunque esto no era lo normal.

Las atribuciones de este organismo eran amplísimas, entendiendo en todas las materias concernientes a gobierno, justicia, guerra y hacienda, disponiendo de una abundante información acerca de la problemática americana de cada momento. En uso de sus facultades gubernativas, el Consejo proponía al monarca las personas elegidas para ocupar los cargos de virreyes, presidentes de Audiencias, gobernadores, oidores, fiscales y, en general, todos los puestos significativos en América. De igual manera, en el terreno eclesiástico, en virtud del Real Patronato otorgado por la Santa Sede a los reyes de Castilla, presentaba ante el soberano a los individuos designados para ocupar las distintas jerarquías eclesiásticas de Ultramar.

En el aspecto judicial, el Consejo era la última instancia que entendía en las apelaciones contra las sentencias emitidas por las Audiencias indianas en material civil, la Casa de Contratación y los consulados de mercaderes de Indias; tenía plena competencia sobre los juicios de residencia, en la organización de las visitas generales y en las causas de fuero eclesiástico.

En el terreno militar, intervenía en todos los temas relacionados con la organización bélica y defensa de las colonias ultramarinas, expediciones de conquista y cualquier aspecto relativo al plano castrense. De la misma manera, hasta 1557 dispuso de jurisdicción en las cuestiones de la Hacienda indiana, fiscalizando las distintas cajas reales y disponiendo de los recursos generados por los nuevos territorios.

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