Democracia
Enviado por corrupcion • 14 de Octubre de 2013 • 2.410 Palabras (10 Páginas) • 294 Visitas
ESTADO DEMOCRATICO-Características del régimen político
La definición del Estado colombiano como democrático entraña distintas características del régimen político : por un lado, que los titulares del Poder Público ejercerán esa calidad en virtud de la voluntad de los ciudadanos, la cual se expresa a través de las elecciones; de otro lado, en lo que ha dado en llamarse democracia participativa, que los ciudadanos no están limitados en su relación con el poder político a la concurrencia a elecciones para seleccionar sus representantes, sino que también pueden controlar la labor que ellos realizan e intervenir directamente en la toma de decisiones, a través de mecanismos como los contemplados en el artículo 103 de la Carta; y, finalmente, y de acuerdo con la reformulación del concepto de democracia, que la voluntad de las mayorías no puede llegar al extremo de desconocer los derechos de las minoría ni los derechos fundamentales de los individuoQUE SON ALIMENTOS SEGUN EL DERECHO COLOMBIANO
Tal como lo expresa el código de la infancia y la adolescencia (ley 1098/06) en su artículo 24:
“Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido asistencia médica, recreación, educación o instrucción y, en general, todo lo necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. Los alimentos comprenden la obligación de proporcionar a la madre los gastos de embarazo y parto”.
Concepto jurisprudencial
El derecho de alimentos es aquel que le asiste a una persona para reclamar de quien está obligado legalmente a darlos, lo necesario para su subsistencia cuando no está en capacidad de procurársela por sus propios medios. La obligación alimentaria esta entonces en cabeza de la persona que, por mandato legal, debe sacrificar parte de su propiedad con el fin de garantizar la supervivencia y desarrollo del acreedor de los alimentos. (Sentencia C-156 de 2003 corte constitucional).
2. Clase de alimentos consagra nuestro ordenamiento jurídico.
El articulo 413 C.C expresa:
“los alimentos se dividen en congruos y necesarios. Congruos son los que habilitan al alimentado para subsistir modestamente de un modo correspondiente a su posición social.
Necesarios los que le dan lo que basta para sustentar la vida.
Los alimentos sean congruos o necesarios, comprenden
la obligación de proporcionar al alimentario, menor de veintiún años, la enseñanza primaria y la de alguna profesión u oficio.
3. Quienes están legitimados en Colombia para pedir alimentos?.
A la luz de nuestro ordenamiento jurídico, en lo establecido en el articulo 411 de C.C se deben alimentos a:
a) Al cónyuge
b) Los descendientes
c) A los ascendientes
d) A cargo del cónyuge culpable. Al cónyuge divorciado o separado de cuerpos sin su culpa
e) A los hijos naturales, su posteridad y a los nietos naturales
f) Los ascendiente s naturales
g) A los hijos adoptivos
h) A los padres adoptantes
i) A los hermanos legítimos
j) Al que hizo una donación cuantiosa sino hubiere sido rescindida o revocada, la acción del donante se dirigirá contra el donatario.
No se deben alimentos a las personas aquí designadas en los casos que la ley se los niegue.
4. Requisitos necesarios para tener derecho de reclamar alimentos.
Nuestro código civil no enumera requisitos para obtener o reclamar alimentos, la jurisprudencia establece que:
Los requisitos o condiciones para adquirir el derecho de alimentos son
Ø La necesidad del alimentario
Ø La capacidad económica del alimentante
Ø Y un vinculo jurídico existente
El reconocimiento y concreción de las obligaciones alimentarias y su realización material, se vincula con la necesaria protección que el estado debe dispensar a la familia como institución básica o núcleo fundamental de la sociedad, y con la efectividad y vigencia de derechos fundamentales
reconocidos por la constitución, en la medida que el cumplimiento de aquellas sea necesario para asegurar en ciertos casos la vigencia de los derechos fundamentales de las personas al mínimo vital o los derechos de la misma estirpe a favor de los niños, o de las personas de la tercera edad, o de quienes se encuentren en condiciones de marginación o debilidad manifiesta. (Sentencia C-1033/02).
5. ¿En materia procesal como se establecen los presupuestos para obtener alimentos?
El agente del Ministerio Público o el defensor de familia, en su caso, podrá demandar alimentos en nombre del hijo menor. En el proceso se seguirán las siguientes reglas:
1. El juez ordenará que se den alimentos provisionales desde la admisión de la demanda, siempre que lo solicite el demandante y acompañe prueba siquiera sumaria de la capacidad económica del demandado.
2. Para el cobro de los alimentos provisionales se seguirá ejecución en el mismo expediente, en cuaderno separado, por el trámite del proceso ejecutivo de mínima cuantía.
3. El juez de oficio decretará las pruebas necesarias para establecer la capacidad económica del demandado, si las partes no les hubieren aportado.
4. La sentencia podrá disponer que los alimentos se paguen y aseguren mediante la constitución de un capital cuya renta los satisfaga; en tal caso, si el demandado no cumple la orden en el curso de los diez días siguientes, el demandante podrá pedir al juez, en el mismo expediente y por el trámite del proceso ejecutivo de mínima
cuantía, que decrete el embargo, secuestro, avalúo y remate de bienes del deudor en la cantidad necesaria para la obtención del capital fijado. En este proceso no se admitirá la intervención de terceros acreedores.
5. En las ejecuciones de que trata este artículo sólo podrá proponerse la excepción de cumplimiento de la obligación.
PARAGRAFO. Cuando el demandante ofrezca pagar alimentos y solicite su fijación, se aplicará en lo pertinente lo dispuesto en este artículo.
6. ¿A quienes por la ley se le debe alimentos?
A las personas establecidas en el artículo 416 C.C siempre que la ley no les niegue estos alimentos.
7. ¿En que orden se procede a obligar la entrega de alimentos?
Los créditos por alimentos a favor de los niños, las niñas y los adolescentes gozan de prelación sobre todos los demás.
8. ¿se puede ordenar alimentos con efectos retroactivos cuando el alimentante ha ocultado sus verdaderos ingresos?
La corte resolvió que se deberá también velar para que las cuotas dejadas de pagar luego de la sentencia de tutela de segunda instancia sean percibidas por la niña. Si de la
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