Derecho Internacional Privado
Enviado por EddyJohana • 6 de Octubre de 2013 • 418 Palabras (2 Páginas) • 278 Visitas
SISTEMA DE SAVIGNY
Savigny estudió el derecho desde un punto de vista supranacional. Sostuvo que los diversos derechos estaban subsumidos en un derecho común y universal y desplazó el interés de los juristas de los efectos territoriales o extraterritoriales de las leyes, a la relación jurídica que puso en el centro de su atención. Plantea los dos axiomas que debe respetar todo sistema jurídico:
• Debe proporcionar a la relación jurídica un derecho adecuado a sus necesidades.
• Debe asegurar que ese derecho regula en todas partes a la relación.
Respecto al primer axioma los sistemas importantes prestan atención a la eficacia extraterritorial o no de las leyes que citaban eran las más adecuadas para regir las diferentes relaciones. Se empeñó en determinar cual ley era adecuada para cada relación y abandonó la averiguación de sí la ley tenía o no efectos extraterritoriales postulando de antemano la extraterritorial idea de todas las leyes, con la sola excepción de que afectan al orden público. El segundo axioma tampoco era cumplido.
Cada estado tenía su Derecho aplicable y otro estado señalaba otro, de modo que la misma relación venía a ser regida por leyes distintas según fuera el estado que las juzgará. Por eso era necesario que, en lugar de tantos derechos privados nacionales hubiera un único Derecho Privado Internacional de aplicación universal y obligatoria para todos los estados, y que la ley señalaba por ese derecho fuera aplicado por el Juez de cualquier estado.
Savigny comenzó por desechar las técnicas estatutarias, y en lugar de tomar como punto de partida las leyes, tomó como punto de partida las relaciones. Para examinar las relaciones y señalarlas el derecho correspondiente, es preciso primero circunscribir cada relación, separándola de cada red jurídica que todas juntas forman, y estudiándola por separado. Para realizar esta tarea, se vale de los modelos del derecho civil romano: personas, bienes, obligaciones, sucesiones, etc. Pero una vez circunscrita una relación es necesario establecer el derecho privado que la regula, Resuelve el problema señalando que toda relación tiene su sede, y que hay que realizar la ley de esta sede, así la ley extranjera. De esta manera la capacidad debe regularse por la ley del domicilio de la persona, los bienes cualesquiera que sean por la ley de la situación, las obligaciones contractuales por la ley elegida por las partes o la ley del lugar donde cada obligación tiene que ejecutarse la sucesión por la ley del domicilio causante al momento del deceso, y la forma de los actos por el principio tradicional de "locus regit actum.
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