Derecho Minero
Enviado por • 11 de Junio de 2014 • 603 Palabras (3 Páginas) • 300 Visitas
UNIDAD DE MEDIDA
La concesión minera está formada por una o más cuadrículas colindantes al menos por un lado, cuya extensión no podrá exceder las 2.500 cuadrículas.
La cuadrícula es la unidad de medida de la concesión minera. Tiene la forma de un volumen piramidal invertido, cuyo vértice inferior es el centro de la tierra y su límite exterior la superficie del suelo correspondiente planimétricamente a un cuadrado de quinientos metros por lado con una extensión total de veinticinco hectáreas. Sus vértices superficiales están determinados mediante coordenadas de la Proyección Universal y Transversal de Mercator (UTM), referidas al Sistema Geodésico Mundial (WGS-84).
Dicha cuadrícula minera está medida y orientada de norte a sur y registrada en el Cuadriculado Minero Nacional, elaborado conjuntamente por el Instituto Geográfico Militar y el Servicio Técnico de Minas.
(Artículos 5º al 9º del Código de Minería)
SUJETOS DE DERECHO MINERO
Son sujetos de derecho minero, para efectos del Código de Minería, todas las personas individuales y colectivas, nacionales o extranjeras, legalmente capaces, quienes podrán solicitar concesiones mineras al Estado a través del Superintendente de Minas de la jurisdicción. Las personas individuales o colectivas extranjeras que realicen actividades mineras quedan sometidas a las leyes bolivianas.
Las personas individuales o colectivas extranjeras no pueden adquirir ni poseer, a ningún título, directa o indirectamente, concesión minera dentro de los cincuenta kilómetros de las fronteras internacionales, excepto el caso de necesidad nacional declarada por ley expresa.
Sin embargo, las personas individuales o colectivas nacionales que posean concesiones en las áreas antes mencionadas pueden suscribir con extranjeros contratos de servicios, de riesgo compartido u otros para el desarrollo y ejecución de actividades mineras, con prohibición expresa de transferirles o arrendarles total o parcialmente las concesiones mineras. (Artículos 2º,3º, 16º, 17º y 18º del Código de Minería)
LA CONCESION MINERA TIENE CARACTER PATRIMONIAL
La concesión minera constituye un derecho real distinto al de la propiedad del predio en que se encuentra, aunque aquella y éste pertenezcan a la misma persona. La concesión minera es un bien inmueble, transferible y transmisible por sucesión hereditaria. Puede constituirse sobre ella hipoteca y ser objeto de cualquier contrato que no contraríe las disposiciones del Código de Minería.
La concesión minera es unica, es decir, otorga a su titular el derecho de realizar por tiempo indefinido actividades de prospección, exploración, explotación, fundición, refinación y comercialización de todas las subtancias minerales que se encuentran en ella.
La concesión minera, sus productos, equipos e instalaciones, son susceptibles de anotación preventiva, de
...