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DERECHO MINERO


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  1.596 Palabras (7 Páginas)  •  301 Visitas

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1. Explique la relación que existe entre el Derecho Minero y el Derecho Administrativo, Civil, Procesal Civil y Comercial.

Señale dos ejemplos para explicar la relación. (3 puntos)

Derecho Administrativo.

El Derecho Minero tiene una estrecha relación con el Derecho Administrativo ya que su objeto de estudio es regular las relaciones entre el Estado y los particulares respecto de la apropiación, uso y goce de las sustancias minerales, hidrocarburos, y demás recursos, que hacen a la estrategia general de un país, puesto que todos los recursos minerales son del Estado, cuya propiedad es inalienable e imprescriptible. Ejemplos: el otorgamiento de licencias de exploración y explotación minera y el otorgamiento de la concesión minera por parte del Estado a los particulares.

Derecho Civil .-

Su relación con el Derecho Minero e muy vasta. El Derecho Minero se nutre de las nociones fundamentales dadas por el Derecho Civil. Es asi que la concesión minera es un inmueble distinto y separado del predio donde se encuentre ubicada, pero se rigen por los mismos principios de la propiedad común, salvo las disposiciones especiales previstas en la Ley de Mineria. Queda demostrado que el Derecho de las minas no sólo se vincula al Derecho Civil, sino que se logra con normas y principios propios de esta disciplina; verbigracia, las nociones de persona, propiedad, posesión, contratos, etcétera, no las suministra el Derecho Minero, sino el común, que es al que hay que recurrir cuando se alude a ellas dentro del campo de la especialidad de éste. Ejemplo: Nuestro Código Civil le otorga la calidad de bienes inmuebles a las minas, canteras y depósitos de hidrocarburos. Y a las concesiones mineras obtenidas por los particulares.

Derecho Procesal Civil

Esta rama del derecho Procesal regula la actuación ante los tribunales para obtener la tutela de los derechos y asuntos de naturaleza civil o mercantil. Por lo tanto su relación se presenta, cuando obtenida la concesión minera por un particular este derecho es atacado por terceros, y se recurre al Derecho Procesal Civil para poder defender esta propiedad. Por ejemplo al procedimiento en caso de desamparo, de constitución de servidumbres, de división física de la propiedad minera, etc.

Derecho Comercial

Siendo este Derecho el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones de éstos. Su relación con el Derecho Minero se puede apreciar en cuanto la Ley de MIneria vigente regula la comercialización de los productos minerales, señalando que la misma es libre, regula a las sociedades legales y contractuales mineras. Ejemplos: la constitución de sociedades contractuales mineras las cuales se rigen por lo dispuesto en la Ley General de Sociedades Ley 26887.

2. Establezca mediante un cuadro comparativo las diferencias y semejanzas entre la pequeña, mediana y gran minería (3 puntos)

Las diferencias son:

• La pequeña minería invierte capitales relativamente pequeños, está orientada a la explotación de canteras o a la extracción de minerales metálicos y extrae menos de 350 toneladas de material al día.

• La mediana minería se limita básicamente a la extracción de minerales y extrae entre 351 y 5000 toneladas de minerales cada día.

• La gran minería se dedica a la extracción de minerales a gran escala, sus montos de inversión son elevados y extraen, procesan y exportan minerales. Extraen más de cinco mil toneladas de material al día.

La semejanzas que hay entre la pequeña, mediana y gran minería:

• Todas cumplen con todos los requisitos establecidos en el Texto Único ordenado de la Ley General de Minería.

• Son supervisados por el Ministerio de Energía y Minas.

• Todos son inscritos en Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP).

• El Estado protege a la pequeña y mediana minería.

• Todas pagan el derecho de vigencia establecido en la Ley General de MInerìa.

3. ¿Cuál es el tratamiento en nuestro ordenamiento jurídico del suelo y del subsuelo en relación con el Derecho Minero? (3 puntos)

La materia de la condición jurídica del subsuelo o dominio minero esta señalado en la Constitución Política del Perú de 1993.

Se ha establecido por su texto el nominalismo como sistema para interpretar y fijar el estatuto de los Recursos Naturales, Renovables y no Renovables.

La carta Magna dice en el Art.66: “Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación.

El Estado es soberano en su aprovechamiento.

Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares.

La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal”. En consecuencia, el ordenamiento peruano establece que las minas son PATRIMONIO DE LA NACION y el estado las aprovecha de manera soberana, pudiendo CONCEDERLO A PARTICULARES.

La CONCESION otorga al concesionario un derecho real; para efectos de solicitar créditos bancarios y/o Hipotecarios ante terceros. Por tanto se presentan dos formalidades al respecto de las minas: el ORIGINARIO ES PODER DEL ESTADO; Y EL DERIVADO EN EL CONCESIONARIO, sujeto al cumplimiento de condiciones irrefragables

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