Derecho Notarial
Enviado por fredylarios • 14 de Diciembre de 2012 • 2.421 Palabras (10 Páginas) • 580 Visitas
LICENCIADO: MARIO JAVIER DEL CID
SECCIÓN A-2
30 pts
DERECHO NOTARIAL
DEFINICIÓN: conjunto de doctrina o normas jurídicas que regulan la organización de la función notarial y de la teoría formal del instrumento público
OBJETO DEL D.N.: es la creació del instrumento publico
FUNCION NOTARIAL: es la actividad que ejerce el notario asi como el de las partes que intervienen en la creación del instruento
CARACTERISTICAS:
A) actua dentro de la fase normal del derecho, no existiendo interes en conflicto.
B) confoere certeza y seguridad juridica a los hechos y actos solemnizados en instruetos publicos
C) aplica el derecho objetivo, condiciones a las declaraciones de las partes demodo que puedan crease derechos subjetivos
D) no puede encasillarse dentro de la doctrina del derecho público-derecho pribado
PRINCIPIOS:
PRINCIPIO DE FORMA: debemos de adecuar los actos de la ley al acta
PRINCIPIO DE AUTENTICACIÓN: es la presunta presencia del contenido es decir que lo que allí consta es verdadero
PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN es el contacto directo entre el notario y los contratantes, es decir es ante el notario donde se realiza el instrumento. Es por eso que en cada acta uno firma ante Mí.
PRINCIPIO DE ROGACIÓN: es la intervención del notario debe ser siempre solicitada este no puede actuar de oficio.
CONSENTIMIENTO: la persona que debe de realizar el consentiieto
UNIDAD DE LOS ACTOS: el instrumento público debe perfeccionarse en un solo acto
PROTOCOLO: es donde se quedan pasmados las escrituras matrices actas de protocolación y razones de legalización de firmas necesario por la pedurailidad y seguridad de los instrumentos
SEGURIDAD JURIDICA: se basa en la fe pública notarial los instrumentos autorizados por notario producen fe y hacen plena prueba.
PUBLICIDAD: es por este medio de la autorizacion notarial que se hacen publicas la notarialidad de las partes
FUENTE DEL D.N.:
Unicamente la ley.
RELACIÓN DEL DERECHO NOTARIAL CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO
CON EL DERECHO CIVIL:El contrato son regularmente el contenido de los instrumentos publicos actos como las notificaciones notariales, y los inventarios notariales requieren de la intervención del notario.
DERECHO MERCANTIL: Los contratos merccantiles solemnes deben costar en escritura pública actos como el protesto requieren la intervención notarial.
CON EL DERECHO PROCESAL CIVIL: entre otras referente a la jurisdicción voluntaria a la cual tiene intervención el notario cuando las partes esten deacuerdo con ello.
CON EL DERECHO ADMINISTRATIVO: entre otra como los avisos recaudación de impuestos cuando los clientes le solicitan en relación a los contratos que han autorizado
CON EL DERECHO REGíSTRAL: ambos persiguen con la certeza jurídica muchos documentos autorizados por notario deben inscribirse en el registro mercantil.
NOTARIO: es el profesional del derecho encargado de una función pública que consiste en recibir interpreta y dar forma legal a la voluntad de de las partes.
Redactando los instrumentos adecuados a ese fin y con firiendoles autenticidad conservando los originales de éstos y expide copias dando Fe de su contenido, en su función esta contenida la autenticación de hechos
FUNCIONES DEL NOTARIO
FUNCIÓN RECEPTIVA:Esta actividad la desarrolla el Notario cuando al ser requerido recibe de sus clientes la información de lo que pretenden realizar a través de su intervención.
FUNCIÓN DIRECTIVA O ASESORA: por ser el Notario un jurista puede asesorar o dirigir a sus clientes sobre el negocio que pretenden celebrar aconcejándolos para su conveniencia.
FUNCIÓN LEGITIMADORA: a través de esta función el Notario tiene la obligación de verificar por todos los medios que las partes contratantes sean efectivamente las titulares del Derecho estando obligado a calificar la representación en los casos que se ejerciten.
FUNCIÓN MODERADORA: cuando se desarrolla esta actividad el Notario le esta dando forma legal a la voluntad de las partes encuadrandola a las normas que regulan el negocio jurídico
FUNCIÓN PREVENTIVA:
El Notario al momento de estar redactando el documento debe preveer cualquier circunstancia que pueda surgir en el futuro y debe evitar que surja algun conflicto posterior al faccionamiento del instrumento público, para lo cual se le debe de advertir de tales circunstancias
FUNCIÓN AUTENTICADORA:
Al estampar su firma y sello el Notario esta dando autenticidad a los actos o contratos por lo tanto estos se tendrán como auténticos y ciertos por la fe pública con el que esta investido esta función esta fundamentada en el artículo 186 del C.P.C.Y.M.
Articulo 58, 73,
REQUISITOS HABILITANTES DEL NOTARIO
1- ser guatemalteco natural
2- mayor de edad
3- del Estado seglar
4- domiciliado en la república artículo 132 C.C.
5- haber obtenido el titulo facultativo en la república o la incorporación con arreglo a la ley
6. haber registrado en la corte suprema de Justicia el titulo facultativo o de incorporación y la firma y el sello
7- ser de notoria honradez
CAUSAS DE INHABILITACIÓN: artículo 3 C.N.
1- Los civilmente incapaces
2- Los toxicómanos y ebrios habituales
3- Los ciegos, sordos o mudos, y los que adolezcan de cualquier otro defecto físico o mental que les impida el correcto desempeño de su cometido.
4- los que hubieran sido condenados por alguno de los delitos siguientes: falsedad, robo, hurto, estafa, quiebra o insolvencia fraudulenta, cohecho e infidelidad en la custodia de documentos, y en los casos de prevaricato y malversación que señalan los artículos 240, 241, 242
ARTÍCULO 4 C.N.
2DO PARCIAL ESCUELA
TRABAJO
LETRA ARIAL 12
FOLDER COLOR AZUL
ENTRELINEADO 1.5
LEY DE COLEGIACIÓN PROFECIONAL OBLIGATORIA 71-2001
CÓDIGO DE ETICA PROFECIONA
ASPECTO HISTORICO
DOCTRINARIO
ESTRUCTURA
ANALISIS DE CADA DOCUMENTO
BIBLIOGRAFIA 5 AUTORES
PAGINAS 7
CARATULA
TAMAÑO CARTA
ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES DE DERECHO
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