Derecho Penal
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Febrero 19, 2013 0 Comentarios
PRIMERA INICIATIVA
Presentada por: El entonces senador Pablo Gómez Álvarez del PRD (LX Legislatura).
Fecha de presentación: 6-marzo-2007.
Cámara de Origen: Senado de la República.
Documento íntegro de la iniciativa: consúltalo aquí.
DEL SEN. PABLO GÓMEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, LA QUE CONTIENE PROYECTO DE DECRETO PARA REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. INICIATIVA PARA REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ENMATERIA DE INMUNIDAD DE SERVIDORES PÚBLICOS QUE PRESENTA EL SENADOR PABLO GOMEZ ALVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD
SEGUNDA INICIATIVA
Presentada por: Los entonces senadores del PAN Guillermo Tamborrel Suárez y Sebastián Calderón Centeno (LXI Legislatura) y el diputado del PAN Javier Corral Jurado (LXI Legislatura).
Fecha de presentación primera iniciativa: 27-enero-2010.
Documento íntegro de la primera iniciativa: consúltalo aquí.
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 61 Y 111 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR LOS SENADORES GUILLERMO TAMBORREL SUÁREZ Y SEBASTIÁN CALDERÓN CENTENO, Y EL DIPUTADO JAVIER CORRAL JURADO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN.
Cámara de Origen: Senado de la República.
MINUTA
Fecha de envío a Cámara Revisora: 6-diciembre-2011.
Documento íntegro de la minuta aprobada por la Cámara de Origen: consúltalo aquí.
CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 61, 111 Y 112 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
DICTAMEN
Documento íntegro del dictamen sometido a discusión por el Pleno de la Cámara Revisora: consúltalo aquí.
¿Qué es?
Una reforma que adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 61, 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con lo que se busca acotar la inmunidad de los servidores públicos.
Se propone que los funcionarios puedan ser sujetos de proceso penal pero que conserven su libertad durante el proceso siempre y cuando sigan ejerciendo el cargo público.
En caso de que sean encontrados culpables, el juez solicitará a la Cámara de Diputados el retiro de la inmunidad para que cesen sus funciones y cumplan su condena; si el órgano legislativo no retira la inmunidad por una mayoría absoluta, el inculpado cumplirá la sentencia una vez concluido el ejercicio del cargo público.
En este proyecto se considera que los servidores públicos sujetos de este tipo inmunidad a los diputados y senadores del Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior
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