Derecho Penal
Enviado por clau191181 • 25 de Septiembre de 2013 • 813 Palabras (4 Páginas) • 217 Visitas
PLAZOS
El plazo procesal lapso de tiempo o la oportunidad puede ser ejecutada o cumplida una actuación judicial.
Clasificación de los plazos.
Según su origen puede ser lega (termino del emplazamiento), judicial (el plazo que el tribunal otorga para la ratificación del interesado en el caso de la fianza de rato) o convencional( los plazos que establezcan las partes en los juicios ante arbitradores).
Según los efectos que siguen a su vencimiento, Fatales: son aquellos que solo con el vencimiento el derecho o facultad se extingue si no ha sido ejercido. En consecuencia, los plazos judiciales y los convencionales no son fatales. Si el derecho o facultad no se ha ejercido a su vencimiento, no se extingue de por sí.
Según la unidad de tiempo que se establezca los plazos pueden ser de horas (en el CPC no los hay), de días (la mayoría de los plazos del CPC), de meses (por ej. art. 152) y de años (por ej. art. 811).
Según la manera de computarse los plazos de días pueden ser de días corridos o continuos, vale decir, que contabilizan los feriados, domingos y festivos o bien, de días hábiles, esto es, que no los contabilizan.
Esta modalidad sólo se da en los plazos de días, pues en los plazos de meses o de años, no se distingue entre días hábiles y corridos.
Según sí admiten o no prórroga, los plazos pueden ser prorrogables (Para que puedan prorrogarse es necesario que la prórroga se solicite antes del vencimiento y se alegue justa causa o sea, motivo fundado) o improrrogables (Los plazos legales del código de procedimiento, además de fatales son improrrogables, ya que sólo pueden prorrogarse los plazos judiciales y desde luego, los convencionales).
Según si deban empezar a regir para cada parte individualmente o si para todas a la vez, los plazos se clasifican en individuales o comunes. Los individuales rigen para cada parte desde el día de la notificación. Los comunes rigen desde la última notificación. La mayoría de los plazos son individuales. Oportunidad desde la que se contabilizan los plazos. Los plazos para ejercer o cumplir un derecho o una carga procesal, corren desde la respectiva notificación.
ACTUACIONES JUDICIALES EN VIRTUD DE LA COMPETENCIA DELEGADA. LOS EXHORTOS.
Concepto. Los exhortos son comunicaciones dirigidas por un tribunal a otro de distinto territorio jurisdiccional, mediante las cuales le encarga la realización de una determinada diligencia o actuación judicial dentro de este último.
El que formula el encargo, recibe la denominación de tribunal exhortante y el tribunal requerido, el de tribunal exhortado.
Obligatoriedad del encargo materia del exhorto. El encargo materia del exhorto es obligatorio para el tribunal exhortado, cualquiera sea la jerarquía del tribunal exhortante y la del exhortado.
Contenido del exhorto. Los exhortos deben ser firmados por
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