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Derecho Penal


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2013  •  1.064 Palabras (5 Páginas)  •  185 Visitas

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1- Como se Realiza en Venezuela el Cálculo de la Pena

1.1- cómo se calcula la rebaja y el aumento de las penas:

La aplicación de la pena en nuestro sistema penal venezolano se lleva a cabo básicamente en función de la magnitud del daño social causado, puede ser un daño menor o mayor, con una medida que permite establecer la agravación y la atenuación de las circunstancias que rodean el hecho ilícito. De ésta forma y siguiendo para ello lo dispuesto textualmente en el Código Penal, en nuestro sistema se adoptan las siguientes reglas:

• Cuando la ley Castiga un delito o falta con una pena comprendida entre dos límites, se entiende que la normalmente aplicable es el término medio que se obtiene sumando los dos números y tomando la mitad. Ejemplo: en el delito de homicidio el artículo 405, se señala la pena de presidio de doce a dieciocho años: el término medio seria 15.

• El término medio se reducirá hasta el límite inferior o se aumentará hasta el superior, según el mérito de las respectivas circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el caso concreto. Ejemplo si en el homicidio se da la circunstancia de la premeditación, el juez puede imponer, por ejemplo, una pena de dieciséis años. Pero no concurriendo ninguna agravante, si el reo fue victima de injurias (artículo 74, num. 3), puede imponer una pena de trece años.

• Si concurren agravantes y atenuantes, el juez deberá compensarlas, por supuesto, no en forma matemática, si no según su prudente arbitrio. Una sola agravante, por Ejemplo: la de ensañamiento, puede inclinar la balanza hacia el extremo superior, aunque se den dos atenuantes.

• La pena se aplicará, sin embargo, en el límite superior o inferior, cuando así lo disponga expresamente la ley.

• Y asimismo se traspasará uno u otro limite cuando así sea menester, en virtud de disposición legal que ordene aumentar o rebajar la pena correspondiente al delito, en una cuota parte que entonces se calculará en proporción a la cantidad de pena que el juez habría aplicado al reo si no concurriere el motivo del aumento o rebaja mismas se fijaren también dos límites, el tribunal hará dentro de éstos el aumento o rebajas respectivos, según la mayor o menor gravedad del hecho.

Existen otras reglas fijadas por el legislador para la aplicación y cómputo de las penas, éstas son:

a- El caso de las penas de destitución y amonestación o apercibimiento: tales penas como lo establece en el Código Penal en el artículo 38, se aplican como indivisibles a quien las merezca, sin que se tomen en cuenta circunstancias agravantes ni atenuantes, sin distinguir si se trata de delito consumado o no, y sin atender al grado de participación mayor o menor en el hecho.

b- Modo de Contar los Lapsos: según el artículo 39, los lapsos señalados se cuentan en la forma que establece el Código Civil, el cual, de manera precisa, consigna en el artículo 12 las reglas siguientes:

• los Lapsos de años o meses se contarán desde el día siguiente al de la fecha del acto que da lugar al lapso, y concluirán el día de fecha igual a la del acto, del año o mes que corresponda para completar el número de lapsos.

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