ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Romano


Enviado por   •  31 de Agosto de 2013  •  646 Palabras (3 Páginas)  •  450 Visitas

Página 1 de 3

ADROGATIO: Interrogaciones que hacían los comicios a quienes pretendían adoptar.

La adopción es una institución de derecho civil, cuyo efecto es establecer entre dos persona relaciones análogas a las que crean las justae nuptiae entre el hijo y el jefe de familia.

Existían dos clases de adopciones:

La adopción de una persona sui juris que es la adrogación.

La adopción de una persona alieni juris, es que la adopción propiamente dicha.

La adrogatio es el género de adopción más antiguo. Sus formas y caracteres primitivos permiten considerarla como contemporánea del mismo origen de Roma.

La adrogación sólo podía tener lugar después de una información hecha por los pontífices,y en virtud de una decisión de los comicios por curias, populi auctoritate.

Es un acto grave que hacía pasar a un ciudadano sui juris, acaso jefe de familia, bajo la autoridad de otro jefe.

El Estado y la religión estaban interesados, puesto que podía resultar la desaparición de una familia y la extinción de un culto privado. Por eso era necesaria la información de los pontífices sobre la oportunidad de la adrogación. Si la opinión era favorable, la adrogación se sometía al voto de los comicios y sancionada por su aprobación.

DETESTATIO SACRORUM: Acto por el cual el futuro adrogado debía renunciar a su culto privado para tomar el culto del adrogante.

El adrogado pasa bajo la autoridad paterna del adrogante y entra como agnado (parentesco civil) en su familia civil, no siendo más que el cognado (parentesco natural) de sus antiguos agnados. Los descendientes sometidos a su autoridad antes de la adrogación, y la mujer que tenía in manu, siguen también la misma suerte. Y el adrogado participa desde entonces del culto privado del adrogante. Este cambio en su estado se modifica en su nombre tomando el hombre de la gens y el de la familia donde entra.

CURSUS HONORUM: Las magistraturas de esta época se ejercen gratuitamente se desempeñan por honor, de ahí el nombre de cursus honorum que se da a la carrera de las magistraturas.

Magistraturas ordinarias: La carrera política “cursus honorum” de un romano debía pasar por diferentes magistraturas, en un orden determinado, hasta alcanzar el consulado, que era la magistratura suprema. Este “cursus honorum” se iniciaba a los 27 años, después de haber cumplido el servicio militar. Tenían que pasar 3 años entre el ejercicio de una magistratura y al inmediatamente superior. Eran las que habían normalmente.

SACROSANTICTAS: Aseguraba la persona del tribuno, quien le hiciese violencia aunque fuese magistrado supremo podía ser muerto impunemente por cualquier actividad política o administrativo de los magistrados supremos.

El

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com