ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho romano.


Enviado por   •  12 de Marzo de 2016  •  Examen  •  922 Palabras (4 Páginas)  •  263 Visitas

Página 1 de 4

Derecho real: poder jurídico que tiene una persona sobre una cosa para aprovecharla total o parcialmente y que es oponible a terceros.

Derecho personal/ de crédito: relación jurídica que existe entre una persona llamada acreedor de exigirle a otra llamada deudor un dar, un hacer o no hacer.

El titular de un derecho real puede exigir universal de respeto (hay un deudor universal). El titular del derecho real puede perseguir las cosas de manos de quien la tenga.

Actio in rem: acciones protectoras de las relaciones de propiedad

actio in personam: acciones nacidas de los contratos o acuerdo de voluntades, así como delitos o conductas contrarias al ius.

Bienes fuera del comercio:

Por razones físicas: sol, luna estrellas. Etc.

Por razones de derecho divino:

Res sacre: consagradas a los dioses públicos como son templos, terrenos, etc.

Res religiosae: destinadas al culto de los dioses manes como los sepulcros, monumentos mortuorios, etc.

res sanctae, son las construcciones que limitan la ciudad como las puertas, muros etc. Son cosas destinadas a separar ciudades

por razones del derecho humano:

Res communes: Son cosas cuya propiedad no pertenecía a nadie y su uso era común a todos los hombres, su naturaleza excluía toda apropiación individual, ejemplo, el aire, el mar, las costas.

res plublicae: indican las cosas que son propiedad del pueblo romano: caminos, playas, etc.

res universitatem: ran cosas colectivas que se utilizaban por el estado, las ciudades, los teatros.

Bienes dentro del comercio:

Bienes mancipi y nec mancipi: Son mancipi los terrenos en el suelo itálico, los esclavos, los animales de tiro y carga, las servidumbres, etc, que se transmiten por la mancipatio o la in iure cesio. nec mancipi son el ganado menor y el dinero

Cosas corporales y cosas incorporales: las corporales son las cosas que existen porque tienen un cuerpo material. Incorporales son abstracciones que no afectan nuestros sentidos y que se conciben por la inteligencia por ejemplo las idas.

Bienes muebles y bienes inmuebles: muebles son aquellas cosas que pueden trasladarse fácilmente sin daños para su naturaleza. Inmuebles están en un lugar fijo, no pueden moverse sin dañar su naturaleza.

Bienes genéricos y bienes específicos: genéricos son los que tienen características comunes con otras. Específicos Son cosas únicas que no son iguales a otras.

Bienes simples y bienes compuestos: simples son una sola cosa o un solo elemento. Compuestos La unidad de varias cosas simples forman una cosa compuesta, siempre y cuando sus elementos están materialmente unidos entre sí.

principales y accesorios: principales: principal es la cosa determinante de la función del todo. Ejemplo, una casa. Accesorios La cosa que depende de la principal ya que coopera con ella y le otorga características que la distingue de otras principales y que no es absorbida por esta, ejemplo, los muebles que están dentro de la casa.

Bienes consumibles y no consumibles: Los consumibles son los que se agotan con

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (6 Kb) pdf (62 Kb) docx (11 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com