Derechoos Humanos
Enviado por carlos_desvages • 23 de Julio de 2013 • 6.182 Palabras (25 Páginas) • 370 Visitas
Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes
Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos1 que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición».
Los derechos humanos fueron recogidos en las leyes -positivación- a raíz de las revoluciones burguesas de los siglos XVII y XVIII: la Revolución inglesa, la Revolución Americana y la Revolución francesa; ésa última promovió la aprobación, en la Asamblea Nacional de 26 de agosto de 1789, de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. La ONU aprobó, el 10 de diciembre de 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos que recoge en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos.
La Asamblea General es el órgano principal de las Naciones Unidas. En ella están representados todos los Estados Miembros, cada uno con un voto. Las votaciones sobre cuestiones importantes, tales como las de paz y seguridad, ingreso de nuevos Miembros y cuestiones presupuestarias, se deciden por mayoría de dos tercios (mayoría cualificada). Las demás, por mayoría simple.
Objetivos
• Considerar los principios de la cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional.
• Discutir toda cuestión relativa a la paz y la seguridad internacionales y, salvo en casos en que el Consejo de Seguridad esté examinando una controversia o situación, hacer recomendaciones al respecto. (Artículo 12)
• Promover estudios y hacer recomendaciones para fomentar la cooperación política internacional, impulsar el derecho internacional y su codificación, ayudar a hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y fomentar la cooperación internacional en materias de carácter económico, social, cultural, educativo y sanitario;
• Recomendar medidas para el arreglo pacífico de cualquier situación, sea cual fuere su origen, que pueda perjudicar las relaciones amistosas entre naciones;
• Recibir y considerar los informes del Consejo de Seguridad y de los demás órganos de las Naciones Unidas;
• Examinar y aprobar el presupuesto de las Naciones Unidas y fijar las cuotas de los Miembros;
• Elegir a los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, los miembros del Consejo Económico y Social y los del Consejo de Administración Fiduciaria que sean de elección; elegir, con el Consejo de Seguridad, a los magistrados de la Corte Internacional de Justicia y, por recomendación del Consejo de Seguridad, nombra al Secretario General.
• De conformidad con la resolución Unión Pro Paz, adoptada por la Asamblea General en noviembre de 1950, la Asamblea puede tomar medidas si el Consejo de Seguridad, por falta de unanimidad entre sus miembros permanentes, no las toma en un caso en que parece haber amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión. La Asamblea está facultada para considerar el asunto inmediatamente a fin de recomendar a los Miembros la adopción de medidas colectivas, inclusive, en casos de quebrantamiento de la paz o de acto de agresión, el empleo de la fuerza armada si fuera necesario para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.
Organigrama
La asamblea siempre tiene previsto un máximo de siete meses de antelación para la publicación de los temas de importancia en las sesiones de manera provisional, pero este se obtiene de forma definitiva 60 días antes de cada sesión. Una vez en el tiempo de sesión plenaria cada comité expone los documentos e informes, cuando ya son mostrados estos se someten a votación por los estados miembros para su aprobación.
En los últimos años las sesiones plenarias han sido programadas cada tres meses, pero de hecho el exceso de trabajo emergente provoca unos recesos breves por cada sesión. Cada temporada rutinaria se programa para que comience el martes de la tercera semana de septiembre, para contar con la primera semana de trabajo según las normas de procedimiento de la ONU. Las sesiones suelen ser muy intervenidas por la razón del número de estados miembros solicitantes, por ello los temas de prioridad pasan a las seis comisiones principales hasta el final de su periodo a mediados de diciembre.
Las comisiones principales se organizan de la siguiente manera:
• Primera comisión: Temas de desarme y seguridad internacional.
• Segunda comisión: Asuntos económicos y financieros.
• Tercera comisión: Periodo de temas sobre derechos sociales, culturales y humanitarios.
• Cuarta comisión: Trabajo para la descolonización.
• Quinta comisión: Materia administrativa y presupuestaria.
• Sexta comisión: Contenido de derecho de ley.
La Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes es uno de los principales tratados internacionales en materia de derechos humanos. Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1984, y entró en vigor el 26 de junio de 1987, al haber sido alcanzado el número de ratificaciones necesario.
La Convención está antecedida por una serie de considerandos o motivos, e integrada por 33 artículos divididos en tres partes.
La Convención busca impedir absolutamente el uso de las torturas por parte de los Estados, sin admitir ninguna excusa ni situación extraordinaria, como la guerra o cualquier otra emergencia.
El Tratado
Los Estados Partes en la presente Convención, considerando que, de conformidad con los principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas, el reconocimiento de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana es la base de la libertad, la Justicia y la paz en el mundo. Reconociendo que estos derechos emanan de la dignidad inherente de la persona humana. Considerando la obligación que incumbe a los Estados en virtud de la Carta, en particular el Art. 55, de promover el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Teniendo en cuenta el Art. 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Art. 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que proclaman que nadie será sometido a tortura ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes, teniendo encuenta así mismo la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos
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