EVOLUCION HACIENDA PUBLICA
Enviado por wolfangbaez • 21 de Abril de 2014 • 3.966 Palabras (16 Páginas) • 649 Visitas
Evolución de la Hacienda Pública en Colombia
1. LA COLONIA
En la época colonial la Corona española reglamentó el comercio de manera prohibitiva, llegando incluso hasta su supresión. Fue excesivamente reglamentarista -sin que eso significara que la legislación fuera eficaz- buscando como finalidad obstaculizar el desarrollo económico de las colonias americanas no obstante querer España convertirlas en mercado para sus productos. Siguiendo esta estructura lógica nos lleva a la idea de que en la Colonia los impuestos y los monopolios se constituyeron en la regla general, para lo cual es oportuno citar al respecto a Camacho Roldán: "Todo está gravado: el capital y la renta, la industria y el suelo, la vida y la muerte, el pan y el hambre, la alegría y el duelo. Monstruo multiforme, verdadero Proteo, el Fisco lo invade todo, en todas partes se encuentra, y ora toma la forma enruanada del guarda del aguardiente, el rostro colérico del asentista, el tono grosero del cobrador de peaje, la sucia sotana del cura avaro, los anteojos del escribano, la figura impasible del alcalde armado de vara, la insolencia brutal del rematador del diezmo, o la cara aritmética del administrador de aduana" (citado en Nieto Arteta, 1996, pág. 23).
En general puede decirse que el sistema tributario colonial era caótico y no existía la racionalidad que hasta cierto punto caracteriza en la actualidad a este tipo de gravámenes, sino que obedecía a necesidades momentáneas y no existía una estructura organizada para su cobro, lo cual resultaba demasiado costoso para el Fisco, y con ello se beneficiaba era la burocracia criolla, afectando a España económicamente, pues requería cada vez mayores recursos para sostener sus conflictos con otras potencias y hasta la propia seguridad de las colonias americanas.
El sistema tributario tenía un carácter clasista, por lo cual prosperaron los impuestos indirectos, gravando especialmente los consumos y el trabajo (Tirado Mejía, 2000, pág, 85). Este lastre todavía no nos abandona.
Dado el anterior acercamiento introductorio, pasamos a señalar la clasificación en materia de impuestos existentes en la Colonia, eso sí, teniendo en cuenta que obedecen a una importancia relativa, dependiendo del tiempo y hasta del espacio geográfico en que efectivamente se aplicaron, si es que esto llegó a acontecer.
a. Impuestos directos
1. TRIBUTO DE INDIOS.
Este tributo recaía sobre los indígenas, por su calidad de tales, y se tasaba de manera periódica sin importar su patrimonio u otro tipo de renta o ingresos. Lo pagaban los indígenas cuya edad estuviera entre los 18 y 50 años de edad. Al pagar este impuesto a los indígenas se les eximía de otros gravámenes. La tasación de este tributo se realizaba en dinero o en frutos, siendo percibido en un comienzo por los encomenderos, y luego directamente por la Corona. En el año 1821 se declararon a los indígenas en pie de igualdad y, por tanto, el tributo fue abolido, quedando sometidos a los demás tributos.
2. BULA CRUZADA.
Este tributo recaía sobre la comunidad e igualmente debían pagarlo las ciudades más importantes ubicadas en los virreinatos. Este histórico tributo (establecido originariamente en el siglo XI) lo extendió el Papa Gregorio XIII a las Indias Occidentales.
3. MEDIAS ANATAS.
Originariamente los que debían pagar este tributo eran los que ejercían oficios eclesiásticos, quienes contribuían con la mitad de sus ingresos percibidos durante el primer año. Después este impuesto se extendió a los que ejercían cargos civiles y debían contribuir con la mitad de lo que percibieran, esto es, todo lo relacionado con emolumentos, en el primer año. A los primeros se le denominó "media anata eclesiástica" y a los segundos "media anata secular".
4. MESADA ECLESIÁSTICA.
Este gravamen recaía sobre los que ejercían los oficios eclesiásticos, a quienes se les reducía una duodécima parte de la renta de un año, en beneficio de la Corona española.
5. LOS ESPOLIOS.
Se establecieron los espolios para la situación de que una vez muertos los arzobispos y obispos, los bienes muebles e inmuebles que poseían pasaban a la Corona.
6. LAS VACANTES MAYORES.
Constituían los ingresos que la Corona percibía por las rentas adquiridas desde el tiempo en que moría un prelado hasta que la Santa Sede le nombraba su sucesor.
7. ENAJENACIÓN DE OFICIOS O CARGOS PÚBLICOS.
Estableció una importante fuente de ingresos para la Corona. Hacía referencia al remate en pública subasta de los principales cargos y empleos públicos, postulándose para ellos las personas que reunían las condiciones mínimas para ejercerlos.
8. DONATIVOS GRACIOSOS.
Una característica de los donativos graciosos consistió en que tenían un destino particular. Fue una contribución extraordinaria y de carácter obligatorio que se le imponía a los vasallos de las colonias de América por parte de la Corona española. Se trataban de pasar por voluntarios. Buscaba satisfacer necesidades apremiantes de la Corona.
b. Impuestos indirectos
Estos impuestos indirectos recaían particularmente sobre la industria o una determinada actividad, o también sobre el intercambio de mercancías entre la Corona y sus colonias americanas, entre éstas y España, o al interior de las colonias.
1. LOS DIEZMOS.
El impuesto del diezmo recaía sobre el 10 por 100 de los frutos vegetales y de las crías de los animales. Su destino era financiar el culto y los prelados que estaban en tierras coloniales. Para la Corona se destinaban dos novenos del diezmo que ingresaban directamente a su Hacienda.
2. QUINTOS REALES.
El tributo de los quintos reales era el que debían pagar los explotadores de minerales preciosos en las colonias americanas. Fue menester modificarlo para evitar el cada vez más creciente contrabando generado por el alto costo del impuesto. Para adecuarlo a las características peculiares de cada zona de extracción de este tipo de materiales fue preciso tener en cuenta, entre otros factores, la productividad de las minas.
3. VENTA DE TIERRAS REALENGAS.
Técnicamente hablando no fue un impuesto. El papado de Alejandro VI emitió una bula a finales del siglo XV, con la cual otorgaba a la Corona española las tierras descubiertas en América. La metrópoli otorgó estas tierras bien por medio de mercedes
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