“EVOLUCIÓN HISTÓRICA QUE HAN TENIDO LOS DERECHOS HUMANOS”
Enviado por joqsan1929 • 5 de Marzo de 2017 • Ensayo • 2.037 Palabras (9 Páginas) • 469 Visitas
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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLAN
DIVISION DE CIENCIAS JURIDICAS
LIC. EN DERECHO
“EVOLUCIÓN HISTÓRICA QUE HAN TENIDO LOS DERECHOS HUMANOS”
ALUMNO: CARLOS JOQSAN CAMACHO GONZALEZ
PROFESORA: CAROLINA CAMPOS SERRANO
GRUPO: 2601
INDICE
Introducción
Antecedentes Internacionales
Inglaterra
España
Francia
Estados Unidos de América
Antecedentes Nacionales
Época Prehispánica
Época Colonial (Leyes de Indias)
Época Independiente
Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano del 18 de diciembre de 1822
Congreso Constituyente de 1842
Voto particular de la minoría
Acta de Constitución y de Reformas de 1847
Estatuto Orgánico del Gobierno Provisional de la República de 1856
Constitución Política de la República Mexicana de 1857
Estatuto Provisional del Imperio Mexicano de 1865
Texto original de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la de 5 de febrero de 1857
Texto reformado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de junio de 2011
Introducción
El termino garantías Empecemos con la definición de Garantías, proviene de la palabra etimológica francés “garant “protege contra lo aleatorio y lo riesgoso. Las nociones de aseguramiento y protección son indisociables del concepto de garantías individuales. Garantías significa afianzar, o proteger, en este caso los derechos de los individuos que radiquen en un estado. En el momento en que toda persona nace goza de derechos que se encuentran establecidos en la constitución de un Estado, la cual es el fundamento del orden jurídico en que ella se encuentra plasmado cuales son los derechos de la persona y a su vez que los mismos deben ser garantizados y se asocian con la dignidad humana. El concepto Garantías Individuales son medidas protectoras de los derechos fundamentales del individuo. Se crearon como imperativos y deberes para los gobernantes. Así, el legislador tiene que darnos leyes ajustadas a los principios y límites contenidas en ellas, para su realidad a través de su ejecución o aplicación. Las garantías individuales se pueden clasificar en, garantías de libertad, igualdad, propiedad y seguridad jurídica. La garantía de libertad indica que toda persona tiene derecho a ser libre de elegir sobre cualquier aspecto de su vida. La garantía de igualdad se refiere a que todos somos iguales, no debe haber distinción alguna ni privilegios hacia alguien en particular y debe existir la misma posibilidad de progreso y desarrollo para todos.
Para que las garantías tuvieran su importancia como la de hoy, tuvieron que pasar muchas antecedentes históricos, en el medio oriente se presentaron en Babilonia con el documento el Código Hammurabi que eran reglas que tipificaban delitos y establecían sanciones en contra de quienes incurrían en ellas, en la India su antecedente fue con las Leyes de Manu en el que se incluían normas de índole religiosa, el pueblo Hebrero con los diez mandamientos en el que se consignan obligaciones tanto como particulares como para las autoridades. En Roma se las garantías tienen sus antecedentes en Roma se alude a la Tribuna Plebis órgano que se velaba y respetasen los derechos de la plebe. En nuestro país también se ha presentado, no solo desde que México se deslindó de España si no desde la época Prehispánica que más adelante se comentara con detalle.
Nos damos cuenta que las garantías no solo es idea de un estado o país si no que el hombre se percata que debe resguardar su vida con esta herramienta (garantías), es así que la plasma en la ley interna del estado que pertenece, haciéndolas valer, y respetar.
2.1 Antecedentes Internacionales
Inglaterra
Los antecedentes de las garantías individuales en Inglaterra se presenta con la Carta Magna de 1215 que le fue arrancada a Rey Juan sin Tierra, se expidieron documentos como la Ley del Herbeas Corpus y el Bil of Rights, contiene la obligación de la autoridad para respetar los elementales derechos del hombre. Con la carta Magna se otorgaban garantías favor de los gobernados, previéndose disposiciones de Derecho Civil en temas de sucesiones y matrimonios, libertad humana corriendo al cargo del rey, la obligación de espetarla.
- Artículo 39. Ningún hombre libre podrá ser detenido, ni preso, ni desposeído de sus bienes, ni declarado fuera de la ley, ni desterrado ni perjudicado en cual quier otra forma, ni procederemos, ni ordenaremos proceder contra él, sino en virtud de un juicio legal por sus pares o por la ley del país.
Este artículo es de los más interesantes de esta Carta Magna se aglutinan varios bienes jurídicos al patrimonio del gobernado, además suena como el artículo 7 de la declaración de los Derechos Humanos. La Carta Magna se reconocieron libertades humanas se garantizó respeto por parte de las autoridades estatales.
España
España nos proporcionan diversos documentos se pueden encontrar garantías del gobernado como la Castilla, Navarra, León y Aragón que abordaba temas como el Recurso de la manifestación de las personas que protegía la libertad deambulatorìa frente a actos despóticos del rey. La aprehensión resguardaban los bienes inmuebles de todo acto de violencia. El documento Castilla por medios jurídicos anulaba actos del rey, protegía el ámbito foral, que mantenía la competencia entre los jueces. Otro documento era El Fuero de Juzgo que establecía las bases relativas a la función judicial, sus funciones era proteger los derechos del gobernado, como garantías individúales, garantías del jugador y garantía de jueces imparciales. Con la constitución de Cádiz, constitución de la Monarquía Española en sus diversos artículos establece garantías para la administración de justicia, garantía de audiencia, garantía de libramiento y garantías de la información sobre el nombre del acusado.
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