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DERECHOS HUMANOS TEMA I. INTRODUCCIÓN Evolución Histórica


Enviado por   •  25 de Agosto de 2015  •  Biografía  •  10.522 Palabras (43 Páginas)  •  263 Visitas

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DERECHOS HUMANOS

TEMA I. INTRODUCCIÓN

Evolución Histórica

Es de suma importancia conocer los la evolución del pensamiento que prevaleció en las diversas etapas sociales, en torno a los derechos fundamentales del hombre.

En los sistemas matriarcal y patriarcal no es posible hablar de la existencia de los derechos del hombre, ni que el individuo tuviera facultades o potestades de que pudiera gozar dentro de la comunidad a la que pertenecía y que contribuyera a favor frente a las actividades del poder público.

Fue en China entre los años 800 y 200 a. C., Confucio menciona la capacidad de reflexión sobre las injusticias sociales, predicando la igualdad entre los hombres argumentando  a la Democracia como forma idónea de gobierno, también se promovió el derecho legítimo del gobernado para revelarse ante tratos déspotas y arbitrarios del gobernante.

En Roma en el siglo V a. C., se expide la Ley de las XII Tablas, la cual contenía derechos referentes a las sucesiones y a la familia. En la tabla IX se consignó el elemento de generalidad como esencial, prohibiendo que cualquier ley se contrajese en contra de un individuo en particular, y se estableció una garantía competencial en el sentido de que los comicios por centurias, eran los únicos que tenían la facultad de dictar decisiones que implicaran pérdida de la vida, la libertad y de los derechos del ciudadano.

En pueblos del oriente, la actividad de los gobernantes se hallaba restringida por normas religiosas, pues se suponía que eran un pacto entre jehová y el pueblo, quedando la limitación de dichas normas a la propia apreciación de los gobernantes, por lo que eran demasiado débiles.

En Grecia, se manifiesta una corriente filosófica tendiente a dignificar la concepción del ser humano la cual es en torno a Zanón de Citio quien se afilió a la cultura griego. El estoicismo surge como una idea dignificadora del hombre, al entender que los hombres como seres racionales somos hermanos independientemente del origen, razas o creencias de cada sociedad; con el estoicismo surge también la idea de la ley natural, al concebir que el orden de la naturaleza es eterno e inmutable; los escritos estoicos también hacen alusión a la razón humana como la base del derecho, por lo que todos los hombres deben disfrutar de los mismos derechos por estar sometidos a las mismas leyes naturales.

La idea estoica que se amplía con el cristianismo, el mensaje de cristo va dirigido a todos los hombres cuya dignidad radica en haber sido creado por dios a su imagen y semejanza, hasta hoy este criterio es decisivo en la vida real y en la fundamentación teórica de los Derechos Humanos. Proclama también la igualdad entre los hombres como hijos y criaturas de Dios, fomentaron ideas del rechazo a la esclavitud y establece nuevos valores a la conducta individual; así se fue creando una amplia corriente de doctrina y ordenamientos jurídicos que transformaron sustantivamente al Derecho Romano.

En la edad media, algunos rasgos característicos clasificándose en tres épocas:

  1. El de las invasiones: Las tribus asentadas en algún lugar, eran invadidas por otras, impidiendo la estabilidad política y económica. Justicia por sí mismos.
  2. El feudal: Amo y señor, dueño de las tierras, dueño de la servidumbre a su cargo, mandaban en todos los órdenes de la vida, por lo que no es posible hablar de derechos oponibles a la autoridad.
  3. El municipal: Reconocimiento de algunos derechos plasmados fundamentalmente.

En Inglaterra, se inicia de manera formal las manifestaciones de lo que son los Derechos Humanos, la constitución Inglesa está compuesta de diversos ordenamientos como la Carta Magna de 1215, siendo está la más importante por contener por primera vez en forma escrita, el conjunto de normas y principios consuetudinarios reconocidos en Inglaterra y en la mayor parte de los países de Europa. En esta Carta el rey se comprometía a respetar las propiedades de los hombres libres, no privarles de la vida ni de la libertad, no despojarlos de sus bienes sino mediante juicio de sus padres.

Posteriormente nace el Bill of Petition, redactado por los lores y los comunes en 1628, en este documento se confirman y amplían las garantías de la Carta magna, llega a la concepción de la libertad civil y la limitación al poder monárquico.

El Habeas Corpus, Inglaterra 1679, propósito de garantizar la libertad corporal, poniendo al alcance de los individuos un mecanismo legal para obtener la protección del Estado contra las detenciones o arrestos arbitrarios. Contiene una significación importante de la libertad del hombre sujeto a proceso judicial, y obligaba a presentar a la persona detenida ante el Juez Ordinario en un plazo no mayor a 20 días, para que el juez determinase la legalidad de la detención, además de que prohibía la reclusión en ultramar, y contenía un principio jurídico que hasta la fecha sigue siendo vigente: “nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito”

 El Bill of Rights de 1689, va a ser una declaración comprendida en diversas leyes, en donde se establece el derecho de libertad de culto, se reconocen las garantías de petición, el derecho de portación de armas, la libertad de expresión, además de que se establece el principio de legalidad suprimiendo al poder real la facultad de suspender o dispensar leyes; se establece la libertad de elección de los miembros del Parlamento, y el derecho del procesado a ser asistido por un abogado y a exigir la declaración de dos testigos; además de que se definían las condiciones de ejercicio del poder real y la estabilidad e independencia de los magistrados.

España también es un antecedente muy importante de las garantías individuales del Derecho Constitucional Moderno, se tenían garantías hacia los humanos fuera de la legislación que se tenía, y se les llamaba Fueros o Privilegios, los cuales eran otorgados cuando se había impedido alguna invasión por parte de los moros. Cuando se otorgaba un fuero, el Rey que lo concedía tenía que respetarlo ya que existía una autoridad que obligaba al Rey y a las autoridades a respetar esa decisión. Los fueros son lo que actualmente se conoce como Derechos Humanos.

Estos Fueros se sintetizan en cinco principios generales:

1. Igualdad ante la Ley

2. La inviolabilidad del domicilio

3. Justicia por sus jueces naturales

4. Participación de los vecinos en los asuntos políticos

5. Responsabilidad de los funcionarios reales

En España con la Constitución de Cádiz de 1812 consagró algunos Derechos del ciudadano frente al poder del monarca: el derecho a la audiencia, la protección del domicilio, el respeto a la propiedad privada y a la libertad de expresión.

Francia también ocupa un lugar muy importante en cuanto a la creación y desarrollo de los Derechos Humanos con la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 178916, en donde se declara que el límite de la libertad individual es la libertad de los demás miembros de la sociedad.

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