En 1519 Hernán cortes fundo en el litoral mexicano
Enviado por Abril Ríos • 14 de Junio de 2018 • Documentos de Investigación • 2.012 Palabras (9 Páginas) • 255 Visitas
Cuando Cristóbal Colon arribo a la España en 1492 construyo con los restos de la “Santa María” una primitiva fortaleza llamada “La Navidad”, la aldea “Isabel”, la primera ciudad española en el nuevo mundo, que rápidamente es abandonada, finalmente en el año 1496 fue fundada la ciudad de santo domingo por Bartolomé colon.
Más tarde en tierra firme san Sebastián de Uraba funda la antigua panamá, siendo en tanto la primera fundación urbana seria en América desde que en 1513 recibiese las instrucciones Pedrerías Dávila de construir ciudades, este plano cumplía con todos los requerimientos expuestos en las instrucciones.
En 1519 Hernán cortes fundo en el litoral mexicano la ciudad de villa rica de la vera cruz, hecho que da comienzo a la colonización y urbanización de México, aunque Veracruz no se pudiese definir como ciudad en el verdadero sentido de la palabra fue u punto de apoyo en la gran empresa de la conquista, por lo que se considera un acontecimiento político no económico. Organizando todo esto cortes, la autoridades nombradas en Veracruz de acuerdo al derecho español pudieron legalmente nombrar a cortes capitán y gobernador de toda la provincia, es entonces cuando comienza la toma de Tenochtitlán y al triunfar se crea la ciudad de México en el sitio de la destruida capital Moctezuma en el año 1522, los trabajos son iniciados sin plan alguno , pero finalmente en 1524 Alonso García bravo pudo trazar la red de vías y cuyo resultado fue un plano de una ciudad bastante regular, cuyo centro estaba constituido por una plaza mayor en forma rectangular, que colinda por un lado con la catedral (construida en los años 1563-1565), en el lado opuesto con el palacio de los cortes y en los dos restantes con unos edificios sombríos dedicados al comercio.
¿De qué forma surgió la concepción especial de esta ciudad? Una suposición seria que haya surgido por influjo de la tradición local de construcción.
Sin embargo no fue necesario ir muy lejos para hallar patrones urbanos regulares, puesto que en la península ibérica había ya bastantes de ellos, que al parecer se convirtió en el prototipo de las ciudades coloniales de América. El primer propagador de la urbanística española haya sido precisamente Alonso García Bravo, que trazo el plano de México, es la realización de los conceptos ideales de Vitrubio un ejemplar de la edición de las obras de Vitrubio hecha en 1550 y se hallaba en poder de uno de los arquitectos en México.
Lo que puede ser sin embargo solamente una referencia del erudito renacentista a la autoridad clásica. G. Guarda llamo la atención a propósito de esto, sosteniendo que no solo Vitrubio y los urbanistas italianos del renacimiento formularon conceptos acerca de ciudades basadas en un plano rectangular, sino que tales conceptos fueron también formulados en el Medioevo por autores españoles.
Las experiencias españolas de construcción de ciudades con un plano rectangular durante el Medioevo tardío y las lecturas de los tratados de la antigüedad, medioevales españoles y renacentistas italianos, influyeron necesariamente y con la seguridad, el principio de construcción utilizados en la edificación de las ciudades coloniales en el continente americano.
En la época en que se inicio la construcción de la ciudad de México, estas eran muy generales, pero los constructores pudieron obrar bajo su orientación.
El papel de estas disipaciones en la conformación de la fisonomía de las ciudades coloniales en América fue indudablemente enorme, lo que es característico en la práctica de construcción de ciudades coloniales en esta época y en estas latitudes. Las condiciones locales construyeron un factor muy importante.
La posibilidad de levantar una ciudad en un lugar no poblado no utilizado económicamente y llano, en el que traza un plano geométrico regular es no solo fácil, sino que construye la solución más sencilla y practica posible.
A la necesidad de fundar nuevas ciudades en la española y recomendó situarlas en lugares apropiados para tal fin, dejo sin embargo al gobernador la libertad de acción y la decisión acerca de la localización de las nuevas aldeas, no limitándolo con normas particulares algunas.
El Rey se preocupo, por que las ciudades fueran construidas en las costas, en lugares apropiados para la navegación, donde las naves pudieran abastecerse de agua y alimento, cargar y descargar mercancías; recomendó que tales ciudades estuviesen localizadas en sitios salubres y no húmedos, con agua potable y buen aire, en cercanía de boques y de tierras cultivables.
Cuando se funda una ciudad: había que medir la plaza, indicar un sitio para construir la iglesia, trazar las calles, distribuir parcelas para la construcción de casa.
En la urbanización del nuevo mundo, participaron también los monjes quienes trabajaban estrechamente con la corona, y por encargo del Rey.
En 1518 recibieron una instrucción real se refería ella a la fundación de aldeas para los indígenas, situadas en la cercanía de las minas de oro.
Con cerca de 300 familias y tener para cada una de ellas una casa independiente. Era menester trazar en ellas plaza, calles, construir para el cacique una casa mejor que las otras.
Construyeron ello centros urbanos especialmente destinados a los aborígenes. Teniendo como finalidad la estabilización de esta población y su cristianización.
Primero hay que conocer el numero de los pobladores que habitaran la nueva aldea y solo después, se procede al trazo de las calles, y las vías y de tantas parcelas y lotes para construcción como a de haber habitantes, dejando en el centro de la aldea un lugar destinado a la construcción de la iglesia, al lado de la cual a de localizarse la plaza central.
La construcción de las ciudades se debe iniciar con el levantamiento de las casa de habitación, para después construir la iglesia y al final los edificio comunales.
La ordenanza de Felipe II del 13 de julio de 1573 construye el hecho culminante de la legislación española en materia de urbanística colonial, la ordenanza consta de 148 parágrafos, de los que más de 20 se refieren exclusivamente al trazado de planos y a la construcción de nuevas ciudades, los restantes regulan los asuntos políticos, sociales y económicos de las ciudades fundadas por los españoles en América. Construye ella también, una síntesis de las instrucciones y de las disposiciones reales.
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