Escuela Penal Tecnico Juridica
Enviado por nigromante_19 • 4 de Noviembre de 2014 • 375 Palabras (2 Páginas) • 1.402 Visitas
Escuela Técnico-Jurídica
A fines del siglo XIX se diseña el movimiento neoclásico que en Italia alcanza su máximo esplendor, fue representado por personalidades como: Vicenzo Manzini, Rocco, Carnellutti, Pannain, Maggiore, entre otros.
Esta escuela depura entre otras cosas, al derecho penal de las infiltraciones filosóficas con que los clásicos lo desvirtuaron, y de las concepciones biosociológicas de los positivistas.
Sostiene que sólo el derecho positivo constituye el objeto de una ciencia jurídica, y no debe pretender la indagación de principios filosóficos, debe reducirse al conocimiento científico de los delitos y de las penas.
Arguye esta escuela que la pena es un instrumento para lograr la prevención general y la readaptación del delincuente, manteniendo así el orden público.
Afirma, Cuello Colón, la dirección Técnico-Jurídica no aspira a la indagación filosófica, ni a la formación del derecho penal de porvenir, su objeto limitase al derecho positivo vigente, a elaborar técnicamente los principios fundamentales de sus instituciones y a aplicar e interpretar el derecho.
El delito es concebido como fenómeno jurídico. Corresponde a otras ciencias (Antropología y sociología criminal) estudiarlo como fenómeno individual y social. No niega las raíces antropológicas y sociológicas del hecho delictivo; pero se empeña en conservar el carácter estrictamente jurídico del derecho penal.
Puntos relevantes de esta escuela:
a) Eleva a primer grado el derecho positivo
b) Destaca que el ordenamiento jurídico debe prevalecer sobre otros criterios
c) Al derecho penal le debe interesar el conocimiento científico de los delitos y las penas
d) La pena funciona para prevenir y readaptar
e) La responsabilidad penal de debe basar en la capacidad para entender y querer
f) Rechaza el planteamiento de problemas filosóficos
El método de la técnica-jurídica se dividió en tres etapas a seguir: interpretación o exégesis; sistemática y crítica.
1° La primera consiste en descubrir el sentido de las proposiciones penales.
2° En la fase sistemática se recogen los resultados de la primera fase y se aplica el método inductivo para crear dogmas que se ordenen lógicamente formando un sistema de análisis; de la creación de los dogmas y de su sistematización se espera poder deducir consecuencias relevantes para la aplicación de la ley (Fase deductiva).
3° En la fase crítica se determina si ese derecho es o no como debiera ser, con lo cual se debe esperar hasta este momento para realizar juicios de valor sobre el derecho vigente.
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