Historia Radicado Interno
Enviado por Jeffer smith Bedoya Santos • 7 de Mayo de 2018 • Informe • 1.740 Palabras (7 Páginas) • 134 Visitas
Número único de Noticia Criminal | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
8 | 5 | 0 | 0 | 1 | 6 | 0 | 0 | 1 | 1 | 8 | 8 | 2 | 0 | 1 | 7 | 0 | 0 | 5 | 1 | 0 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Entidad | Radicado Interno | Departamento | Municipio | Entidad | Unidad Receptora | Año | Consecutivo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
[pic 1] | INFORME INVESTIGADOR DE CAMPO – FPJ - 11 Este informe será rendido por la Policía Judicial | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Departamento | Casanare | Municipio | Yopal | Fecha | 2018-04-06 | Hora | 1 | 8 | 0 | 0 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Doctor: Fredy Humberto Vanegas Ávila Fiscalia 33 Seccional EDA de Yopal Yopal - Casanare | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Conforme a lo establecido en la normatividad vigente que aplique, me permito rendir el siguiente informe. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Dar cumplimiento a la orden de captura No 35011999, emitida por el juzgado promiscuo municipal en función de control de garantías de Sabanalarga, en contra del ciudadano Carlos Alberto Romero Arango identificado con la cedula de ciudadanía No 1.118.570.164 de Yopal, por el delito de Homicidio. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Zona: Urbana X Rural _____ | Nombre o número de comuna / localidad: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Barrio / Vereda: Yopal Casanare | Otros: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Dirección: Vía publica frente a la nomenclatura carrera 19 No 23-40 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Características: Instalaciones CTI Yopal, se realizaron actividades investigativas de judicialización. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.1.- Materialización orden de captura 35011999. 4.2.- Toma de reseña decadactilar. 4.3.- Toma de reseña fotográfica. 4.4.- Solicitud de valoración Médico Legal. 4.5.- Solicitud de anotaciones Judiciales y o antecedentes. 4.6.- solicitud de verificación de identidad. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Ampliar el cuadro de acuerdo a la cantidad de información plasmada. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
No. de EMP y EF | Sitio de recolección | Descripción de EMP y EF | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
[pic 2] | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
En el evento de existir más registros se debe reproducir la tabla tantas veces sea necesario. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
N/A | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Ampliar el cuadro de acuerdo a la cantidad de información plasmada. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Señor Fiscal 33 Seccional EDA, en cumplimiento a la orden de trabajo OT 21569, consistente en ubicar y materializar la orden de captura No 35011999 de fecha 04 de abril de 2018, en contra del señor Carlos Alberto Romero Arango identificado con la cedula de ciudadanía No 1.118.570.164 de Yopal, orden judicial emitida por el Juzgado Promiscuo Municipal en Función de Control de Garantías de Sabanalarga y requerida por su despacho, por el delito de homicidio, al respecto nos permitimos informar que: El día 06 de abril del año 2018, los suscritos funcionarios de Policía Judicial Jose Oscar Acevedo Suarez y Carlos Antonio Vallejo Mora con apoyo de unidades del Gaula Ejercito Militar Casanare, efectuamos labores investigativas con el fin de ubicar al requerido, procedimos a desplazarnos al conjunto altos de Manare II, donde posiblemente residía el requerido, personal de seguridad nos informó que el ciudadano Carlos David Castro Navarro había salido del Conjunto Residencial a eso de las 09:45 horas, en un vehículo de placas INZ 894 de propiedad de un familiar el cual reside en este mismo conjunto, por tal razón se realizaron labores de vecindario en esta ciudad y a la altura de la calle 21 con 24 más exactamente en vía publica frente a la nomenclatura carrera 19 No 23-40 se ubicó dicho automotor, por tal razón el día 06/04/2018 a las 11:00 horas plenamente identificados con distintivos del CTI y Gaula militar se procedió a parar el vehículo en mención y se les solicito a sus ocupantes descender del automotor, y se le requirió su documento de identidad, el conductor del automotor se identificó como Gregorio José Nuñez Navarro identificado con la cedula de ciudadanía No 72.046.494 y el copiloto presento el documento de identidad a nombre de Carlos Alberto Romero Arango identificado con la cedula de ciudadanía No 1.118.570.164 de Yopal, al constatar que era el requerido el funcionario investigador del CTI Carlos Antonio Mora Valle procedió a materializar la orden de captura No 35011999, para tal fin el funcionario dio lectura a la orden de captura y de igual forma le dio a conocer y materializo los derechos que le asisten como capturado. De igual forma el funcionario captor le pregunto al señor Carlos Alberto Romero Arango si había entendido sus derechos, a lo cual respondió que sí, para certificar lo anterior el señor Castro firmo y plasmo su huella voluntariamente en el acta de derechos de capturado y de buen trato, de inmediato se procedió a trasladar al capturado a las instalaciones de la Fiscalía General de la Nación ubicadas en la calle 7 No 19-35 de esta localidad. El señor Carlos David Castro Navarro, presento su documento de identidad donde registra los siguientes datos biográficos:
Señor Fiscal, el día 06/04/2016 a las 11:08 horas se procedió a entablar comunicación con el numero celular 3204918302 utilizado por la doctora Andrea Graciela González Guerrero Defensora Publica de turno, pero en ese momento se encontraba en diligencia, entonces vía WATSAPP se le comunico lo referente a la captura del señor Carlos Alberto Romero Arango. Una vez en las instalaciones del CTI grupo Eda se realizó las siguientes actividades investigativas: 1.- El día 06/04/2018 a las 12:10 horas, el funcionario investigador del CTI José Oscar Acevedo Suarez efectuó registro decadactilar en sistema lofoscopico Nacional de la Fiscalia General de la Nación, se anexa formato. 2.- El día 06/04/2018 a las 13:00 horas, el funcionario investigador del CTI Carlos Antonio Vallejo Mora realizo el arraigo del señor Carlos David Castro Navarro, se anexa formato.
... Disponible sólo en Clubensayos.com
|