Historia Universal Del Derecho
Enviado por Mechitas2014 • 28 de Julio de 2014 • 16.125 Palabras (65 Páginas) • 269 Visitas
TEMA I
INTRODUCCIÓN
1.1. - DERECHO E HISTORIA.
1.2.- LOS GRANDES SISTEMAS JURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS COMO
PRODUCTO DE LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA.
INSTRUCCIONES: CONTESTE CORRECTAMENTE LAS SIGUIENTES PREGUNTAS.
1.- ¿Cuáles eran las fases y formas en el proceso de romanización?
El concepto de romanización: integración plena de una sociedad determinada, (economía, sociedad, cultura, religión). Por este proceso, los pueblos indígenas (iberos, celtíberos…) fueron asumiendo la cultura romana.
La romanización es un momento clave de la historia cultural de los pueblos de la península. En ella podemos distinguir varios aspectos:
-El latín se impuso como lengua común
- El derecho romano (leyes, concepción del estado...)
-La religión politeísta romana (Júpiter, Saturno…) y, posteriormente, en el siglo I el cristianismo se difundió por el imperio romano y también por Hispania.
2.- ¿Cuál era la cultura Social y Política de los visigodos?
Se trata de una sociedad que se ha considerado pre feudal o de transición al feudalismo, por concurrir en la misma una serie de características que serían propias de etapas posteriores de la Edad Media y que la diferencian de la Hispania romana. En primer lugar, se produce una paulatina ruralización social, abandonándose las grandes ciudades en algunos puntos y creándose en torno a las villas romanas núcleos de población más reducidos. Por otro lado, se tiende al autoconsumo y se desarrollan lazos de dependencia personal que anticipan el feudalismo. Así, de los reyes dependían como clientes los gardingos. Los nobles, a su vez, tenían a los bucelarios. Y de los grandes propietarios de la tierra dependían los colonos.
Se produjo en esta época una sustitución de la esclavitud por el colonato, como forma de relación en cuanto a la explotación de la tierra, lo cual se había iniciado ya en el Bajo Imperio. Los colonos formaban la amplia masa social. Los humildes, pequeños propietarios libres, eran una clase social en decadencia. La clase alta estaba formada por los potentados, los grandes terratenientes nobles, tanto godos como hispanorromanos. La dureza de las condiciones de vida de las clases bajas acabaron produciendo en alguna ocasión revueltas campesinas, las cuales a veces eran confundidas con herejías, como el priscilianismo.
Se diferencia dentro de la sociedad entre los visigodos y los hispanorromanos, cada uno de ellos regido por sus propias leyes. No obstante, con el paso de los siglos se tendió a la fusión de ambos grupos sociales, permitiéndose los matrimonios mixtos. Un intento de acabar con la diversidad jurídica fue el Liber Iudiciorum (publicado en 654), en el que se trata de recoger el derecho romano junto a las prácticas, ya señoriales, que se habían ido imponiendo en la península en torno al derecho de propiedad.
Política: La monarquía
El rey era el jefe supremo de la comunidad. La institución monárquica llevaba largo tiempo afianzada en el pueblo visigodo cuando éste llegó a la Península. Los reyes debían ser de condición noble y accedían al trono mediante un sistema electivo en el que intervenían los obispos y los magnates palatinos. Pero con ese sistema sólo fueron entronizados tres reyes (Chintila, Wamba y Rodrigo). La asociación al trono era, en la práctica, la forma más común, junto con las usurpaciones, de tomar el poder. El monarca estaba ungido por Dios y a éste debía su legitimidad; la realeza poseía así un carácter sagrado, que se supone debía de disuadir cualquier intento de atentar contra el rey. Pero eso no bastaba y los asesinatos de monarcas, rebeliones, conjuras y usurpaciones eran moneda de cambio en el reino visigodo.
Junto al rey estaba el Aula Regia, consejo asesor que estaba formado por nobles.
3.- ¿Quiénes eran los facultados para regirse dentro del Derecho de romanización?
1) Ciudadanos romanos se rigen por el derecho romano, 2) los peregrinos eran extranjeros que viven dentro de las fronteras del imperio, se rigen por su propio derecho, 3) los latinos eran unos estatus intermedio por concesión de Roma, facultados para regirse por el derecho romano.
4.- ¿Qué es el Liber Iudiciorum?
Un cuerpo de leyes visigodo, de carácter territorial es la última y la más representativa de las obras de la fecunda obra visigoda de derecho. Promulgada el año 654 por Recesvinto, concretando el deseo que había comenzado su padre Chindasvinto. Esta obra está profundamente romanizada, pero no tanto como el Código de Eurico y el Breviario de Alarico.
El contenido del Liber Iudiciorum esta dividido en doce libros y estos a su vez en leyes, que suman en total más de quinientas
5.- ¿Como nace el Derecho Canónico?
Derecho Canónico: se llamó ius divinum, ius sacrum, ius pontificium y hasta la Reforma ius ecclesiasticum. Esta denominación ofrece hoy diversas acepciones y matices (Derecho Público Eclesiástico) y nace de la influencia producida por el derecho de la Iglesia católica en la evolución del derecho occidental. El derecho canónico es ese conjunto de normas jurídicas que regulan la estructura de la iglesia católica, la conducta del clero y de los fieles. Estas normas son dictadas por los concilios y por el Papa.
Este es un elemento formativo del derecho occidental como consecuencia de la expansión del cristianismo dentro del mundo romano desde los primeros años de su aparición. Mediante el Edicto de Tolerancia dictado el año 311 el cristianismo se constituye en una religión permitida dentro del imperio Romano.
El Derecho canónico constituye un ordenamiento jurídico. Cuenta con sus propios tribunales, abogados, jurisprudencia, dos códigos completamente articulados e incluso con principios generales del derecho.
6.- ¿cual es el objeto de la historia interna del Derecho?
El objeto de la Historia Interna del Derecho es el de ocuparse de la Historia de la formulación, aplicación y comentarios del Derecho, y la historia de las instituciones sociales reguladas por él. [3] De esta manera, se integra la historia del mundo del derecho, obtenida de los textos jurídicos, y la historia de las instituciones, bien sean públicas o privadas. Josy, Tamy y Maxy!! Jesus loves U!
Se entienden por historia interna o antigüedades del derecho romano, la exposición de cada institución de ese mismo derecho; la exposición de la patria potestad, de la posesión. etc
7.- ¿Qué es la historia externa del Derecho?
Los estudiosos
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