INTERNACIONAL- FORMA EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES
Enviado por Alberto Rodríguez • 23 de Noviembre de 2017 • Apuntes • 618 Palabras (3 Páginas) • 107 Visitas
Tomando en cuenta si el bien ocupa o no un lugar en el espacio, si puede o no ser apreciado por los sentidos; los bienes incorpóreos son los intangibles, que son una creación que tiene una estructura estrictamente jurídica, no física, dentro de los cuales ubica a los derechos tanto reales como de crédito.
Planiol refiere que la palabra “bienes”, comprende además de las cosas materiales cierto número de bienes incorporales que son los mismos derechos; en los que se comprende todo lo que sea un elemento de fortuna o de riqueza susceptible de apropiación en provecho del individuo o de una colectividad tales como los créditos, rentas, derecho s de autor, patentes de invención, etc.
B) Categorías de aportaciones
*obligatorias
*voluntarias: las que el socio voluntariamente aporta a la sociedad al constituir la sociedad o cuando la misma resuelve aumentar
*capital.
FORMA EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES
Según el art. 5 de la Ley de sociedades mercantiles se deben constituir ante notario público y en la misma forma deben de realizarse sus modificaciones.
Es preciso que se constituyan ante fedatario publico, ante escritura publica o póliza de corredor publico que contenga cuanto menos los elementos esenciales exigidos para cada tipo social.
*Permiso ante la secretaria de economía quien autorizara el uso de las denominaciones o razones sociales con las que pretendan constituirse las sociedades.
*Acta constitutiva (escritura o póliza): En esta deben distinguirse los requisitos propios de acta notarial, o sea de los estatutos sociales y dentro de estos las clausulas esenciales, naturales y accidentales.
El acta constitutiva es el documento publico que levanta en firma el fedatario publico ante quien acuden los socios a constituir la sociedad, y contiene tanto las declaraciones y personalidad de los comparecientes y sus generales como los estatutos sociales, es decir el conjunto de normas y reglas que regirán la vida interna (estructural y orgánica) y externa (relaciones con terceros) de la sociedad, desde la denominación o razón social del ente social, su domicilio, la forma de administración, el desarrollo de las asambleas, hasta las causas de disolución y forma de liquidación de la sociedad.
*Inscripción en el RPP: El art. 2 de la LGSM establece:
Loa estatutos: Art. 6, 7, 8, LGSM.
Concepto de estatutos: Los estatutos sociales son el conjunto de normas por las cuales se rige la estructura, la organización y el funcionamiento de la sociedad; las relaciones de esta con los socios, las de estos entre sí, así como la forma de actuar de la sociedad frente a terceros.
Los estatutos forman parte de la escritura constitutiva y son uno de sus requisitos esenciales pero al mismo tiempo conservan su autonomía y regulación porque constituyen el conjunto de reglas necesarias que tienen por fin regular la organización y el funcionamiento de la sociedad durante su vida jurídica.
...