Iglesia y estado durante la colonizacion española
michell-banegasEnsayo3 de Marzo de 2016
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HISTORIA DEL DERECHO HONDUREÑO[pic 1]
Abogada Ada María Fúnez Perez
TEMAS VARIOS
Alumna:
Breisy Michell Banegas Funes
No de Cuenta:
201210060538
TEGUCIGALPA M.D.C, 11 de febrero de 2016
Campus Tegucigalpa
INDICE
- Portada……………………………………………………….(1)
- Índice………………………………………………………..(2-3)
- Objetivos…………………………………………………….(4)
- Introducción………………………………………………..(5-6)
- PARTE I
- Unión iglesia-estado en la historia mundial………….(7-13)
- Iglesia-estado en américa……………………………….(14-17)
- Iglesia-estado en Honduras…………………………….(17-18)
- Derecho canónico………………………………………..(18-20)
- Argumentos del derecho canónico invocados por la iglesia para actuar en nombre del estado…………………………………….(20)
- PARTE II
LEY MAYA
- Ciudad-estado……………………………………………..(20-22)
- Autoridades mayas desde el punto de vista del derecho…..(22-24)
- Existencia de sistemas legales en la cultura maya…………….(24)
- Principales practicas legales de los mayas………………………(24-25)
- Delitos y penas de la cultura maya…………………………….(25-29)
- El matrimonio entre los mayas…………………………………(29-31)
- PARTE III
EVOLUCION DEL DERECHO DE FAMILIA EN HONDURAS
- Primera legislación de familia………………………………….(31-32)
- Historia del código de familia……………………………………(32-33)
- Evolución de las figuras del derecho de familia………………..(33-37)
- CONCLUSIONES………………………………………………….(38)
- BIBLIOGRAFIA…………………………………………………….(39)
OBJETIOS
El objetivo primordial de este trabajo, es poder conocer la historia del derecho hondureño especialmente en materia de familia (matrimonio, patria potestad, etc), desde las prácticas ¨legislativas¨ que ejercían los mayas, luego conoceremos el derecho que nos heredo España en la etapa de la conquista y colonización, hasta llegar a la actualidad, tal y como hoy tenemos codificado nuestro derecho.
Otro objetivo importante que nos trazamos al realizar este trabajo, es poder entender la evolución que hemos tenido legislativamente hablando, desde cambios moderados hasta grandes cambios significativos, a medida avanzamos en el paso del tiempo las necesidades legislativas son diferentes, es por eso que se avanza en el tiempo y tenemos que avanzar en nuestras normativas.
INTRODUCCION
PARTE I
VINCULACION JURIDICA DE IGLESIA-ESTADO DURANTE LA COLONIA EN AMERICA
En esta primera sección estaremos hablando de como históricamente la iglesia gobernó el estado, o ejerció funciones mandatarias, administrativas, políticas en nombre del estado; asimismo como fue el proceso cuando se desligo, hasta que el estado se olio laico.
Las relaciones entre I. y E. están determinadas siempre por una dialéctica que proviene de la diferencia esencial entre ambos; pues las dos instituciones dirigen sus pretensiones a los mismos seres humanos, aunque con diversos fines. Deber del -> Estado es procurar asegurar el bien natural de sus ciudadanos en la tierra, mientras que la -> Iglesia está llamada a proseguir en la tierra la obra salvífica de su fundador y conducir a los hombres a la salvación eterna mediante la palabra y los sacramentos. Ambos, I. y E., se encuentran en sus miembros, y se requiere una ordenación de sus mutuas relaciones que corresponda al desarrollo histórico y a la situación concreta de cada caso. Todas las tentativas por regular de modo abstracto las relaciones entre I. y E. están condenadas prácticamente al fracaso, pues pasan por alto la historicidad de dichas instituciones. Para la regulación de sus relaciones se han dado en la historia de —> occidente diversos modelos de solución, que no sólo llevaban el sello de las formas políticas propias de cada tiempo, sino también, y sobre todo, el de la idea que entonces se tenía de la Iglesia y del Estado.
PARTE II
LEY MAYA
Por mucho tiempo la ley maya fue una base para formar nuestra legislación, en esta sección, de los principales practicas legales, sus sistemas jurídicos, de los contratos, matrimonio, etc, comparando la ley maya con nuestro punto de vista del derecho.
PARTE III
EVOLUCION DEL DERECHO DE FAMILIA EN HONDURAS
El derecho de familia y su evolución, en este capitel, hablaremos ampliamente del derecho de familia y sus diferentes ramas, desde cual fue su primera legislación hasta la actualidad, como históricamente se ha reformado y como estamos actualmente en esta rama del derecho.-
PARTE I
VINCULACION JURIDICA DE IGLESIA-ESTADO DURANTE LA COLONIA EN AMERICA
UNION IGLESIA-ESTADO EN LA HISTORIA MUNDIAL
Las relaciones entre I. y E. están determinadas siempre por una dialéctica que proviene de la diferencia esencial entre ambos; pues las dos instituciones dirigen sus pretensiones a los mismos seres humanos, aunque con diversos fines. Deber del -> Estado es procurar asegurar el bien natural de sus ciudadanos en la tierra, mientras que la -> Iglesia está llamada a proseguir en la tierra la obra salvífica de su fundador y conducir a los hombres a la salvación eterna mediante la palabra y los sacramentos. Ambos, I. y E., se encuentran en sus miembros, y se requiere una ordenación de sus mutuas relaciones que corresponda al desarrollo histórico y a la situación concreta de cada caso. Todas las tentativas por regular de modo abstracto las relaciones entre I. y E. están condenadas prácticamente al fracaso, pues pasan por alto la historicidad de dichas instituciones. Para la regulación de sus relaciones se han dado en la historia de —> occidente diversos modelos de solución, que no sólo llevaban el sello de las formas políticas propias de cada tiempo, sino también, y sobre todo, el de la idea que entonces se tenía de la Iglesia y del Estado.
Antes del reconocimiento de la religión cristiana por el Estado romano y de su elevación a religión oficial (era de Constantino), la cuestión se centró más bien en torno a las relaciones de los cristianos, y no tanto de la Iglesia, con el Estado. La actitud de la Iglesia primitiva estaba determinada en principio, incluso en tiempo de las persecuciones por una lealtad benevolente hacia el poder estatal, al que se reconocía como el orden dado por Dios y al que, por tanto, se prestaba obediencia, en tanto no se llegara a una oposición entre sus exigencias y las exigencias divinas (cf. Act 5, 29).
Los cristianos estaban obligados a orar por el emperador, pero rechazaban el culto del Estado y los sacrificios ante las imágenes de los dioses y de los césares. Tras la época de las persecuciones la Iglesia alcanzó con la concesión de la plena libertad de religión y de culto no sólo la paridad sino la primacía sobre los demás cultos, gracias a los acuerdos que Licinio y Constantino firmaron en Milán (313). Por razones de unidad política y por la necesidad de armonía entre I. y E., el emperador cristiano gobernó también prolongando en cierto modo la posición sacral de los primitivos emperadores paganos a los obispos y la Iglesia. La idea de que la unidad del cristianismo y la unidad del imperio se condicionaban mutuamente, tuvo su expresión en el hecho de que los obispos asumieran funciones estatales y en la amplia asimilación de la organización eclesiástica diocesana a las unidades administrativas existentes en el imperio romano, así como en los privilegios estatales de la Iglesia y del clero y en la intervención jurisdiccional del emperador cuantas veces veía amenazada la ortodoxia y la unidad de la Iglesia ( arrianismo, concilio de Nicea 325). Frente a la pretensión creciente de soberanía estatal, que representaba de algún modo una vuelta a las funciones del antiguo culto romano del Estado, la Iglesia se vio en la necesidad de determinar la correcta relación entre la competencia eclesiástica y la estatal, persuadida de su propia autonomía y libertad, e igualmente de su vinculación a los diversos órdenes profanos. Estas tentativas condujeron en Bizancio, tras la fundación de Constantinopla como la «segunda Roma», a los principios del dominio oriental sobre la Iglesia (teoría de la identificación), y, en el imperio romano occidental, a la libertad de la Iglesia (teoría de la diferenciación). En el imperio bizantino la unidad de I. y E. quedó asegurada bajo la soberanía del emperador, cuya persona empezó por incorporarse a la jerarquía como sacerdos imperator, apareciendo después como el soberano elevado a la esfera sacra en forma de basileus terrenal. Por lo que respecta a las relaciones entre 1. y E. en occidente, fue decisiva la doctrina de «las dos espadas», expuesta por el papa Gelasio i (492-498) contra Bizancio, la cual iba a ser fundamental para toda la edad media.
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